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¿Cuáles son los elementos materiales de un seguro?

¿Sabes qué elementos materiales conforman tu contrato de seguro? Estate atento, que te los explicamos

En este artículo podrás informarte acerca de

Un seguro, básicamente es un contrato; eso sí, un tipo de contrato con numerosas particularidades pero que, en líneas generales, según la web Finanzas Para Todos del Banco de España y CNMV, consiste en que: “A cambio de cobrar una prima (precio del seguro), la entidad aseguradora se compromete, en caso de que se produzca un siniestro cubierto por dicho contrato, a indemnizar el daño producido o a satisfacer un capital, renta u otra prestación convenida”.

¿Qué elementos componen un seguro?

El contrato asegurador es un terreno amplio; tanto extenso, como productos (ramos) aseguradores se comercializan en el mercado. Pero, se trata de un tipo de contrato, el de seguro, que cuenta con elementos que suelen ser comunes en la inmensa mayoría de los que se formalizan. En particular, en el contrato asegurador suele distinguirse entre elementos de carácter formal, material y personal. 

Por un lado, los elementos de carácter formal que forman parte de un contrato asegurador son: la solicitud de seguro y la póliza, que incluye las condiciones generales y particulares del contrato en sí. Por otro lado, los elementos personales de un seguro, fundamentalmente, hacen referencia a las “figuras” que intervienen, principalmente, en el contrato de seguro -entidad aseguradora, tomador, asegurado y beneficiario-. Mientras que, por último, cuando hablamos de los elementos materiales en un contrato de seguro nos referimos al riesgo, la prima y el interés asegurado. En este “post” son estos últimos, los elementos materiales, los que nos interesan y los que, a continuación, vamos a analizar.

Por otra parte, con un objetivo puramente comparativo, si atendemos a la terminología propia del Derecho, los elementos de un contrato suelen clasificarse como: esenciales, sin los que el contrato no puede celebrarse (por ejemplo, el consentimiento); naturales o derivados de su índole particular (por ejemplo, el carácter bilateral del contrato de seguro), y accidentales, que sólo concurren cuando las partes las añaden en el contrato (es el caso de las cláusulas especiales).

Elementos materiales de un seguro

Tal y como acabamos de citar líneas atrás, los elementos materiales de un contrato de seguro son: el riesgo, la prima y el interés asegurado.

  • Riesgo: su concurrencia en un contrato de seguro es indispensable, ya que sin riesgo, el principal objetivo del seguro, dar cobertura al riesgo, no es posible. En pocas palabras, desde el punto de vista asegurador, el riesgo es la posibilidad de que se produzca un hecho que ocasione daños, una circunstancia que haga surgir la necesidad de, a través de un seguro, estar cubiertos frente a la probabilidad de que suceda, así como ante sus diferentes consecuencias. Un elemento material, el riesgo, que ha de presentar, generalmente, una serie de características para que las entidades aseguradoras accedan a valorar el riesgo y, a continuación, a suscribirlo. De esta forma, el riesgo a cubrir deberá ser posible; pero, a la vez, incierto (es decir, que no tengamos la certeza de que vaya a suceder); así como de carácter totalmente fortuito (que de ninguna manera sea intencionado); concreto (deberá estar contemplado expresamente en el contrato); lícito (bajo ningún concepto, un contrato asegurador tiene en consideración conductas y comportamientos que sean ilegales); y, finalmente, medible (se conocen sus consecuencias, puesto que se encuentran reguladas en muchos casos). Por lo tanto, el riesgo es el factor fundamental que genera en nosotros la necesidad de contar con un seguro para proteger, por ejemplo, nuestra vida o nuestros bienes o posesiones materiales de mayor valor (vivienda, vehículo…).
  • La prima: tal y como ya indicamos en los publicaciones mencionadas en las primeras líneas de esta misma, escuetamente, se trata del precio del seguro. En otras palabras, la prima es la cantidad económica que el tomador del seguro se encuentra obligado a satisfacer a la aseguradora, en virtud de lo establecido en el contrato; esta suma debe aparecer recogida de manera expresa en el contrato de seguro (póliza). Para calcular la prima, las compañías tienen en diferentes factores, en función del tipo de seguro; por ejemplo, no son iguales las variables a tener en cuenta por parte de las entidades aseguradoras a la hora de suscribir un seguro de Automóviles o uno de Salud.
  • El interés asegurado:  es otro de los elementos materiales que deben estar presentes para que pueda formalizarse un contrato asegurador. La cuestión radica en el interés y la implicación, que sobre el tomador o asegurado se presupone, para intentar mantener el bien asegurado en las mejores condiciones posibles, además de para evitar que se produzcan siniestros. Y, en el caso de sufrir un siniestro, el interés asegurado también se pone de relieve en que el tomador o asegurado se encuentran obligados a tratar de minorar las posibles consecuencias del mismo; por ejemplo, imaginemos que una tubería de agua se rompe en una vivienda; en un caso como este, lo normal sería que el tomador del seguro o el propietario de la vivienda cerrasen la llave de paso y, a continuación, informaran de lo ocurrido a la entidad aseguradora que cubre el riesgo. Visto desde otro punto de vista, el concepto de interés asegurado también puede entenderse como la relación que ha de existir entre el tomador o asegurado y el bien que se encuentra expuesto al riesgo que, a su vez, da origen al contrato asegurador, por ejemplo, porque sea su propietario. En definitiva, en caso de no concurrir el interés asegurado en un contrato de este tipo, el seguro podría convertirse en un instrumento de enriquecimiento ilícito; probablemente, tendría que hacer frente a un número de intentos de fraude y fraudes mucho más elevado. 

Por lo tanto, para poder celebrar un contrato asegurador deben concurrir los anteriormente descritos elementos materiales. Sin el riesgo, la prima o el interés asegurado, el contrato asegurador no tiene sentido alguno.