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Los seguros obligatorios son aquellos que deben suscribirse por imperativo legal y coincide con la situación en que los riesgos asumidos por el tomador del seguro en determinadas circunstancias no solamente afectan a su bien asegurado, sino a otros bienes, personas o a la Administración Pública. Los más habituales son los relativos a la Responsabilidad Civil, pero hay muchos más riesgos que requieren por ley suscribir un seguro obligatorio por diferentes causas. El Registro de Seguros Obligatorios contiene y publica la totalidad de seguros que tienen carácter obligatorio en España, tanto a nivel estatal como de las comunidades autónomas. Actualmente, cuenta con más de 800 seguros obligatorios distintos en España. Para que no tengas que buscarlos todos, veremos algunos de los seguros más frecuentes que estamos obligados a tener y cuáles (aunque son recomendables) no son obligatorios hoy por hoy.
Los seguros de coche (o de cualquier otro tipo de vehículo a motor, incluidos recientemente los patinetes eléctricos y los drones), son obligatorios. Los conocidos como seguros a terceros básicos, son seguros de Responsabilidad Civil obligatoria que cubren los daños ocasionados en un accidente a terceras personas o sus bienes. En caso de infracción por no poseerlo, se sanciona con la inmovilización del vehículo y una multa.
Seguros de moto, de furgonetas, de camiones o autobuses registrados en nuestro país tienen la obligación de contar, al menos, con este seguro de Responsabilidad Civil obligatoria pero lo habitual es que esta cobertura se complemente con la protección frente a otros riesgos como la Responsabilidad Civil voluntaria, daños al conductor y asistencia en carretera, como mínimo. Lo más frecuente es encontrar seguros que protejan además todos o algunos daños propios del vehículo en función de si se trata de un seguro a todo riesgo o a terceros ampliado en función de su valor y antigüedad.
Contar con un seguro de hogar es lo más recomendable en cualquiera de los casos, pero realmente solo es obligatorio cuando la vivienda está hipotecada. Para ser exactos, la garantía imprescindible y obligatoria es la cobertura de incendio. No obstante, proteger tu patrimonio con un seguro multirriesgo y añadir coberturas como los daños por agua, el robo, los daños atmosféricos, eléctricos, defensa jurídica o la Responsabilidad Civil del propio inmueble, así como la de tu familia resulta imprescindible cuando se es propietario de una casa.
Además, lo que no resulta obligatorio es contratar el seguro de hogar con la entidad bancaria. El cliente puede elegir con quién desea contratar su seguro y el banco no puede condicionar si concede o no un préstamo a otros productos asociados.
Entender las coberturas que se contratan es imprescindible para estar protegido a medida, pero sin pagar de más
Existe un listado para cada comunidad autónoma que define qué razas de perro están consideradas PPP (perro potencialmente peligroso). Esta consideración hace obligatorio contar con un seguro de Responsabilidad Civil para nuestra mascota, dado que, sin una póliza que incluya al menos 120.000 euros de Responsabilidad Civil no se obtendrá la licencia para tener dicho animal. Por otra parte, en algunas comunidades autónomas ya es obligatorio (además de recomendable) que todos los perros, independientemente de su raza, estén asegurados, ya sea de forma individual o añadidos a la Responsabilidad Civil contratada en el seguro de hogar.
Para los amantes de la caza no es ninguna novedad que, de forma obligatoria, deben contar con un seguro para cubrir posibles indemnizaciones a terceras personas. Es más, sin la contratación de este seguro es imposible la obtención de la licencia de caza.
Para muchos extranjeros que desean venir a vivir, trabajar o estudiar a nuestro país un requisito obligatorio será contar con un seguro de salud. Por el contrario, para aquellas personas que sí tienen acceso a la Seguridad Social también puede ser muy interesante, aunque no sea obligatorio tener una póliza de salud privada para acceder a los mejores profesionales cómo y cuándo lo necesiten, adecuando la cobertura a las necesidades de cada familia.
Es común pensar que contratar un seguro de vida a la hora de acceder a una hipoteca o a otro tipo de préstamo es obligatorio, pero lo cierto es que no lo es. Sí resulta interesante, puesto que asegurando la cantidad adeudada garantizamos que no sean nuestros seres queridos quienes se vean obligados a asumir esa deuda como consecuencia de nuestra muerte. Las entidades bancarias pueden poner mejores condiciones al préstamo si se contrata en conjunto con otros productos como un seguro de vida, pero no pueden obligar a su contratación.
El seguro de impago de alquiler no es de obligada contratación por ley para ninguna de las partes, ni el arrendador ni tampoco para el inquilino. Aunque se trate de un producto interesante, dado que garantiza el cobro del importe del alquiler, es decisión del dueño de la propiedad contratar esta garantía adicional o no hacerlo.
A pesar de ser un seguro muy utilizado en nuestro país y que aporta mucha estabilidad emocional y económica a la hora de nuestro adiós y el de nuestros seres queridos, no es un seguro que haya que tener de forma imperativa.
Es cierto que sus coberturas ofrecen una protección necesaria y muchas personas, a pesar de saber que no es obligatorio, lo ven como una cuota necesaria para el futuro de su familia y de hecho, así es.
Si bien estos seguros no son obligatorios, sí que resulta muy recomendable su contratación
Como vemos, en general, los seguros que atañen a cubrir los daños causados a terceras personas y derivados de nuestras propiedades, mascotas o actos, entre otros, siempre o casi siempre serán obligatorios como en los seguros decenales, de viajeros, embarcaciones, etc. y así hasta completar una larga lista de seguros que se deben tener por ley. Por el contrario, las coberturas asociadas a mayor confort y tranquilidad no son de obligada contratación, aunque son las más atractivas puesto que preservar nuestra vida y la de nuestra familia sin preocupaciones vale más que ningún seguro.
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