Niños en el coche: ¿con qué altura no hace falta llevar silla?

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Aunque muchos de los conductores de hoy en día ni la hayan conocido, hubo una época en la que viajábamos en coches que no tenían la seguridad que tienen los coches modernos o en que nos metíamos seis y siete personas en coches de un tamaño en los que ahora mismo nos parecería inviable incluso que viajasen cuatro personas. Esto, que ya no es más que un recuerdo, aún se usa como excusa por parte de algunos conductores que deciden que se puede llevar a los niños sin su correspondiente silla homologada.

Lo cierto es que desde que los niños nacen tienen el correspondiente dispositivo de seguridad que debemos usar en el coche y, a medida que crece el niño, cambia su silla, por supuesto. Hay quien piensa al respecto que estamos ante un negocio perfecto, que dura unos cuantos años y supone un gasto sin sentido, aunque por suerte, no son mayoría los usuarios que piensan así, y sí lo son los progenitores que optan por viajar con sus hijos en coche de la forma más segura. Además, ¿estaríamos cubiertos por el seguro de coche si tuviéramos un accidente y el niño no fuera en su sillita? Quizá deberíamos consultar con quien hayamos contratado nuestra póliza.

¿Cuándo puede ir un niño sin silla en el coche?

Es a partir de los 12 años cuando la DGT prevé que se puede viajar sin asiento elevador de ningún tipo, siempre que se alcance una altura de 1,35 m. Esta altura se determinó basándose en los estudios que se han hecho respecto de la efectividad del cinturón de seguridad, en particular, del cinturón ventral. A esta edad el hueso de la cadera se ha desarrollado hasta poder soportar sin problema el tirón que se produce en una colisión, y los 135 cm suponen la altura a la que este cinturón ventral pasa por el hueso de la cadera sin dañar en su uso ningún órgano. También pueden dejar de utilizar el sistema de retención infantil al medir 1,35 metros, independientemente de si han cumplido o no los 12 años.  

Los niños pueden dejar de usar el sistema de retención infantil al alcanzar 1,35 m de altura

Sin embargo, es necesario saber que la Unión Europea recoge en su normativa los 150 cm de altura como momento a partir del cual ya se puede viajar sin necesidad de usar dispositivo alguno. Este dato resulta de la posición de los anclajes de los cinturones de seguridad en los coches, así como de la altura a la que el cinturón diagonal supera sin problemas el cuello sin poder provocar lesiones con su uso en un accidente. Por eso la DGT, entre sus recomendaciones, indica usar un dispositivo elevador para aquellos pasajeros que no superen los 150 cm de altura.

Qué dice la normativa de la DGT

La normativa anterior de la Dirección General de Tráfico establecía que los menores de 12 años no podían viajar en los asientos delanteros de un coche salvo que lo hiciesen en un dispositivo adecuado, sin indicar una altura con la que ya no fuera necesario usar dispositivo de retención infantil. 

Esta norma entraba en conflicto con la normativa europea, que dictaba que debía adecuarse el dispositivo a la altura del menor, y no tanto a su edad, de manera que en 2006 se adecuó la norma española para recoger en su articulado esta norma europea. 

Finalmente, el 1 de octubre de 2015 se aprobó el nuevo Reglamento General de Circulación, en el que se detalla y se divide por grupos los dispositivos que deben usarse cuando se llevan niños en el coche.

¿Me pueden multar por no llevar la silla para niños en el coche? ¿Y por llevarla mal?

Fue en 2020 cuando la DGT comenzó a considerar como un hecho sancionable como grave el viajar con niños sin el dispositivo obligatorio de retención infantil. También se recoge el hecho de llevar mal colocada la sillita del menor. 

La recomendación de la DGT es la de seguir con atención los pesos para los que cada grupo de retención está homologado y que nuestro hijo no viaje en uno que le quede grande ni pequeño, porque en ambos casos estamos poniendo en peligro su integridad física.

Posibles multas

Nos pueden multar con 200 euros, mismo importe que conllevaba la multa antes de su modificación, aunque desde entonces, la sanción se acompaña de la retirada de cuatro puntos del carnet de conducir. La multa la pagará el conductor del vehículo, independientemente de que sea o no padre, madre o tutor del menor que viaja infringiendo la normativa. 

En estos casos, y por si ocurre un error o malentendido, es muy importante contar con la cobertura de gestión de multas en nuestra póliza. Profesionales especializados en la materia podrán ayudarte con los pormenores y los trámites necesarios en caso de que te pongan una multa, y reclamar en caso de que creas que no te corresponde.

Si no tienes la certeza de contar con este servicio en el tuyo, calcula tu seguro de coche y comprueba todo lo que una póliza puede hacer por ti. Puedes informarte acerca de un seguro de coche para padres que, por tu perfil, te suponga un mejor precio o poder disfrutar de ventajas adicionales.

¿Dónde se coloca la silla?

La Dirección General de Tráfico nos recomienda colocar la silla en los asientos traseros del coche, exceptuando el caso en que el vehículo no disponga de ellos o que ya haya otros niños ocupándolos. La mejor plaza de la banqueta trasera es la central, ya que es la que el conductor puede ver mejor a través del espejo retrovisor y la que está más protegida en caso de sufrir impactos laterales.

Las sillas se colocarán preferentemente en el sentido contrario a la marcha (con el bebé mirando hacia atrás) porque la fuerza de un impacto se reparte en este caso más uniformemente y si el impacto es frontal (siendo este el más grave y habitual), el aún débil cuello del niño quedará más protegido. Se recomienda esta colocación en sentido inverso hasta que el menor alcance los dos años de edad, aunque hay expertos que recomiendan mantenerla hasta los cuatro.

¿Cuál es la mejor silla para cada edad?

Lo habitual es comenzar por el grupo 0, previsto para los recién nacidos y válido hasta que el bebé alcanza los 10 kilos de peso, alrededor del año de vida. El siguiente es el grupo 0+, previsto hasta los 18 meses de edad, cuando se estima alcanzan los 13 kilos de peso. Mientras que el grupo 0 se compone de cucos o capazos, en el grupo 0+ se pueden empezar a encontrar sillitas, siempre adaptadas al peso del bebé, y siempre colocadas en el sentido contrario a la marcha; y aunque ambos grupos se pueden utilizar desde el primer día de vida, todo dependerá de si se quiere “estirar” más o menos la vida útil de la sillita de retención. Y una nota más para tener en cuenta en el uso de estas sillas de primera edad: si por alguna causa se instalan en el asiento delantero del coche, siempre debemos recordar desactivar el airbag del copiloto.  

Es fundamental utilizar un dispositivo de retención del grupo que corresponde por peso a nuestro hijo y hacerlo siguiendo las instrucciones de la DGT y el fabricante

A continuación, tendremos que hacernos con una sillita del grupo 1, dispositivos pensados para su uso desde los 9 hasta los 18 kilos de peso, estimando que la edad del niño oscilará entre uno y cuatro años en el plazo que deba usar la retención de este grupo. El niño comienza a entender y debemos enseñarle que, para ir bien protegido, no debe sacar los brazos de la silla. 

En el grupo 2 encontramos los dispositivos diseñados para niños que pesan entre 15 y 25 kilos, que generalmente tienen de tres a seis años de edad. Son sillas que cuentan con un asiento elevador y un respaldo, pero a diferencia de los anteriores que aún deben anclarse a los sistemas de seguridad del coche, estos ya usan el cinturón de seguridad propio del coche. 

Por último, encontramos el grupo 3, diseñado para niños de en principio hasta doce años y hasta 36 kilos de peso. En este grupo encontramos cojines elevadores, generalmente sin respaldo, y que permiten el uso del cinturón de seguridad a una altura que no representa un peligro para los más pequeños.  

Debemos recordar que es la altura más que el peso lo que marca el fin del uso de los dispositivos de retención infantil, y que puede que nuestro hijo haya cumplido los 12 años, pero no mida aún 1,35 m, por lo que deberá seguir utilizando el elevador hasta que alcance esa altura, y sería recomendable hasta superar 1,50 m de altura, según las indicaciones que hemos visto por parte de la Unión Europea.