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Una vez suscrita una póliza de un seguro médico, cuyas coberturas tienen una vigencia anual que coinciden con el año natural (de 1 de enero a 31 de diciembre), la mayor parte de ellas incorporan en el contrato la renovación automática o tácita, de forma que la novación se suscribe tras el vencimiento si ninguna de las partes notifica cambios a la otra con la antelación correspondiente.
De esta manera, se asegura al cliente la continuidad ininterrumpida de sus garantías, algo especialmente delicado en seguros de este tipo, que muchas veces suponen tratamientos de enfermedades crónicas o en el largo plazo. En este sentido, es importante reseñar que la cancelación voluntaria no puede, en ningún caso, ocasionar la interrupción de estos tratamientos, para preservar el bien protegido, que es la salud de los clientes.
En ocasiones, y por distintas razones, el cliente puede querer cancelar su seguro médico, lo que equivale a no renovarlo, pues la cobertura es anual. Esta decisión deviene, por ejemplo, porque recibe una oferta de un seguro de salud con mayores coberturas, menores primas -o ambas-, porque considera que ya no necesita las coberturas que le ofrece su seguro, o bien porque estas coberturas o el precio de las primas han cambiado y ya no está de acuerdo con las condiciones.
El derecho de cancelación está regulado legalmente, al igual que los contratos de seguros. Si bien la Ley 50/1980 establece que las partes se pueden oponer a prorrogar el contrato a través de una notificación escrita a la otra parte, con un plazo de dos meses de antelación a la conclusión del periodo del seguro vigente, el cliente puede notificar su baja hasta un mes antes del vencimiento y la consecuente renovación tácita.
La antelación de dos meses respecto al vencimiento que establece tanto la ley como los contratos suscritos entre aseguradoras y clientes de un seguro de salud se refieren explícitamente a la notificación obligatoria por parte de la aseguradora sobre la próxima renovación automática.
Este periodo de antelación se establece de manera que el cliente pueda revisar tanto los posibles cambios en la prima, las coberturas o los copagos incluidos en su seguro, así como solicitar cambios en su póliza, o tener tiempo de cancelarla y suscribir una nueva, de manera que no se interrumpan sus garantías y el nuevo seguro cubra al cliente desde el día siguiente de vencer su póliza actual.
Puedes notificar a tu aseguradora tu deseo de cancelar tu póliza de salud antes de su vencimiento, pero debes saber que, aunque tomen nota, la cancelación no se producirá hasta cumplirse la fecha inicialmente estimada en el contrato, ya que, como señalamos al comienzo, los seguros de salud son anuales -aunque su prima se pague de manera fraccionada mensual, bimestral o trimestralmente, si así lo permite la aseguradora.
Puedes cancelar tu seguro de salud antes del vencimiento, pero estará en vigor hasta la fecha indicada en el contrato
Por lo tanto, puedes notificárselo, pero no se cancelará hasta que se cumpla el año completo.
Para darte de baja de un seguro de salud, debes enviar una notificación a tu aseguradora como mínimo con un mes de antelación sobre la fecha de vencimiento prevista. No hay ningún problema, si quieres ser previsor, en hacerles llegar tu solicitud con anterioridad, pero esos 30 días son de obligado cumplimiento.
Si se te pasa indicarle a tu compañía tu deseo de cancelar tu póliza y lo haces a menos de un mes de su fecha de vencimiento, debes saber que están en su derecho de no llevar a cabo la cancelación y tendrás que abonar la prima correspondiente a ese nuevo año. Eso sí, puedes seguir disfrutando de tu seguro de salud y posponer para once meses después la baja, si sigues queriendo cambiar de póliza médica.
Los medios por los que debes comunicar a tu compañía de seguros tu deseo de no continuar con tu seguro de salud los encontrarás reflejados en la misma póliza, pero generalmente se solicita una comunicación por escrito en la que se refleje fehacientemente tu firme voluntad de causar baja en ese seguro.
Elegir un nuevo seguro médico puede ser más fácil de lo que parece, si sabes dejarte guiar por los profesionales adecuados. Hacer una comparativa de seguros de salud es un buen primer paso para encontrar lo que buscas, aunque una vez tengas una idea aproximada de lo que quieres, contactar con uno de nuestros expertos te ayudará a decidirte sin ningún género de dudas.
Hay distintas pólizas entre las que puedes elegir, dependiendo de las coberturas que desees que incluya, de la prima que quieras pagar, si necesitas que cubra implantes o prótesis, ciertas cirugías, si quieres que tu seguro sea con copago, sin copago o te vale un copago reducido.
Con la gama Adeslas Óptima El Corte Inglés tienes la opción de acceder a un amplio abanico de servicios y coberturas para cuidar de tu salud y la de los tuyos, disponiendo de consultas, urgencias, hospitalización, intervenciones quirúrgicas o servicio de ambulancias.
Con Adeslas Esencial El Corte Inglés no dispones de acceso a urgencias u hospitalización, por ejemplo, ya que es un seguro de Asistencia Sanitaria en régimen ambulatorio, pero la mejor forma de que te expliquen qué encontrarás en cada uno de los seguros de salud a tu alcance es informarse con uno de nuestros expertos, que podrá explicarte con todo detalle todas aquellas dudas que te puedan surgir a la hora de decidirte por un nuevo seguro de salud.
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