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Si no se paga una prima del seguro, el asegurado pierde todas las coberturas suscritas en el contrato a que tenga derecho, aunque esta pérdida de garantías no resulta irreversible hasta que la aseguradora notifique formalmente al cliente la resolución del contrato, lo que se puede producir si el cliente no paga la prima o primas que debe, desde un mes después del día del vencimiento de la prima impagada.
Esto significa que el cliente tiene inicialmente un mes para resolver el impago, siempre que el contrato que le vincula a la entidad aseguradora no establezca otros plazos de forma explícita. Normalmente, la compañía aseguradora notificará al cliente sobre el impago tan pronto se produzca, así como de las consecuencias del impago respecto a la pérdida de todas sus coberturas hasta que no se resuelva el abono de esa prima.
Al perder, aunque sea de forma temporal, todas las garantías incluidas en las coberturas de su seguro, éste no se hará cargo de financiar ninguno de los derechos incluidos en la póliza que o bien se produzcan o bien tengan su origen durante el periodo que transcurre tras no abonar esa prima y resolver la situación.
Es decir, si el siniestro del bien asegurado ocurre en el periodo entre el impago de la prima y la satisfacción de su importe posterior por parte del cliente, ese siniestro no estará incluido en las coberturas de su seguro, aunque por su tipología hubiese estado cubierto en circunstancias normales. Esto es especialmente sensible en los seguros de salud (si el origen de la enfermedad que precisa tratamiento es en ese periodo), hogar (si se produce un siniestro, robo, incendio, o similar, en el hogar en ese periodo) o auto (si ocurre un accidente en ese momento).
El impago de una prima del seguro puede traer graves consecuencias económicas y legales
En caso de que el cliente no se haga cargo de ese pago y los siguientes, esto es, normalice su situación, no se le devolverá el acceso a las coberturas contratadas, algo que ocurrirá siempre que se den tres circunstancias: que la prima impagada no sea la primera tras la firma del contrato, que el cliente abone esa prima que dejó sin pagar o que todavía no se haya resuelto el contrato.
Si la prima que el cliente no abona es la primera tras la firma del contrato, se entiende de alguna forma que éste no se ha llegado a activar, lo cual no es óbice para que exista la obligación de pago que el cliente suscribió en el momento de la firma. Si esto ocurre, la compañía podrá resolver el contrato de inmediato, requerir al cliente el pago amigablemente para continuar con el compromiso adquirido, o exigirle el pago de la prima por la vía judicial.
Es decir, en este caso, al ser la impagada la primera prima, el cliente no cuenta con el mes de margen para poder continuar con su seguro, interrumpido a partir del propio impago, a no ser que la compañía aseguradora le invite a ello, pero depende de la aseguradora cancelar el contrato desde el momento concreto del impago o retomarlo si el cliente muestra disposición a asumir su compromiso.
Si la prima no es la primera y el cliente la abona en ese primer mes antes de que la aseguradora proceda a cursar la baja, las coberturas de su seguro vuelven a activarse a las 24 horas de hacerse efectivo el pago y se mantienen hasta la conclusión de la vida de la póliza o su renovación automática, siempre que no se produzca un nuevo impago.
Si en ese interín de tiempo ocurre un siniestro, no podrá acceder a las coberturas contratadas hasta esas 24 horas después de abonar la prima, ni tampoco cuando se reactive el seguro tras haber satisfecho la prima. El cliente deberá informar a su compañía, dado que ese siniestro ha podido afectar a la valoración del bien asegurado, y hacer frente con sus medios a la reparación del mismo.
Si la compañía aseguradora no da por finalizado el contrato por escrito un mes después del vencimiento de la prima y ésta sigue impagada, el cliente tiene la opción de normalizar la situación abonando la prima o las primas impagadas, aunque haya pasado ese plazo.
En ese caso, totalmente potestativo por parte de la aseguradora, que ya sabemos que puede dar por terminado el contrato cuando transcurre un mes después del impago de cualquier prima, el cliente tiene un plazo de seis meses para pagar la prima o primas adeudadas y la relación continuará como si lo hubiera hecho en el mes que disponía de margen.
Si lo hace así, con la excepción en lo tocante a sus coberturas durante todo el tiempo entre el vencimiento de la prima impagada y su pago efectivo, el cliente recupera sus garantías a partir del día siguiente al pago, así como su derecho a renovar el seguro tácitamente cuando vence el periodo de contratación (habitualmente, un año).
Si no paga en esos seis meses y la compañía no comunica formalmente y por escrito la baja de su contrato, éste se cancela automáticamente pasado ese semestre, con independencia de que al cliente se le pueda reclamar judicialmente el pago de las primas a las que se comprometió.
Adicionalmente al riesgo de no contar con las coberturas contratadas y poder ver rescindido su contrato, el cliente que impaga una prima puede ser incluido en las listas de morosos que utilizan las empresas para comprobar la solvencia de los clientes antes de suscribir créditos con ellos (por ejemplo, una hipoteca), y que pueden ocasionar la denegación de esos créditos.
No abonar la prima de tu seguro puede colocarte en las listas de morosos, dificultando así poder pedir un crédito, por ejemplo
Asimismo, al no abonar las primas a las que se comprometió, incurre en un incumplimiento de contrato que puede devenir en consecuencias legales si la compañía aseguradora decide reclamarle el importe impagado por la vía ejecutiva, que en caso de fallar en su contra puede generarle la obligación de abonar a la aseguradora las primas impagadas más los intereses de demora.
El pago del seguro, especialmente en el caso del seguro obligatorio de vehículos, es un requisito legal, es decir que no pagar el seguro puede acarrear consecuencias graves como hemos visto más arriba, aparte de a nivel económico, a nivel legal.
En caso de accidente, el responsable sin seguro deberá asumir todos los costes derivados de los daños personales y materiales ocasionados, lo que puede implicar una carga económica muy elevada, puede enfrentarse a reclamaciones civiles o responsabilidades penales si el accidente tuviera consecuencias graves, por lo que mantener el seguro al día es fundamental para cumplir con la ley y protegerse de posibles riesgos.
No pagar el seguro de coche o moto, que como hemos recordado es obligatorio por ley, conlleva graves consecuencias legales y económicas. Circular sin seguro supone una infracción administrativa sancionada con multas que oscilan entre los 600 y los 3.005 euros, dependiendo del tipo de vehículo y las circunstancias. Además, las autoridades pueden inmovilizar el vehículo, retirarlo al depósito municipal e incluso prohibir su circulación hasta que se regularice la situación.
En caso de accidente, la situación se agrava considerablemente. El conductor sin seguro deberá asumir personalmente los costes de los dañosmateriales y personales ocasionados, incluyendo gastos médicos, indemnizaciones y reparaciones. Asimismo, si el accidente tiene consecuencias graves, podría enfrentarse a las reclamaciones civiles o responsabilidades penales que indicábamos en párrafos anteriores. Esto, por supuesto, también sucede con las motocicletas, por lo que debes encargarte de asegurar tu moto de la mejor manera posible.
Debes saber que los vehículos sin seguro pueden ser identificados mediante controles automatizados como el cruce de datos de la DGT, por lo que mantener el seguro en vigor es fundamental para cumplir la ley y evitar riesgos.
El seguro de hogar no es obligatorio por ley, salvo en ciertos casos como cuando la vivienda está hipotecada. Si no se paga el seguro de hogar, la principal consecuencia es la pérdida de cobertura, lo que significa que el propietario o inquilino quedará desprotegido ante posibles siniestros como incendios, robos, daños por agua o Responsabilidad Civil frente a terceros.
Respecto a las viviendas con hipoteca, el banco suele exigir un seguro de hogar que cubra, al menos, el continente. Si se deja de pagar, la entidad financiera podría contratar un seguro básico por su cuenta y cargar el coste al cliente, normalmente a un precio más elevado. Sin un seguro, en caso de siniestro, el propietario deberá asumir todos los gastos derivados de los daños, lo que puede resultar económicamente muy perjudicial. Por ello, mantener al día el pago del seguro de hogar es muy necesario para evitar riesgos mayores.
Aunque en España el acceso a la sanidad pública está garantizado para todos los ciudadanos y residentes legales, existen seguros de salud privados que complementan la atención pública. Si una persona contrata un seguro privado y deja de pagar las cuotas, las consecuencias dependerán de los términos y condiciones establecidos en el contrato con la aseguradora.
En general, si no se paga el seguro médico privado, la compañía puede suspender temporalmente las coberturas hasta que se regularicen los pagos. Si la deuda persiste, el contrato puede ser cancelado, lo que implica la pérdida total de los servicios. Además, la aseguradora puede reclamar judicialmente las cuotas pendientes, generando costes adicionales por intereses de demora o acciones legales.
El impago del seguro de vida tiene consecuencias específicas que dependen de las condiciones establecidas en el contrato. Generalmente, si no se paga la prima dentro del plazo acordado, la póliza entra en un período de gracia, que suele ser de 30 días, durante el cual el asegurado mantiene la cobertura. Sin embargo, si el impago persiste tras este período, la aseguradora puede suspender las coberturas temporalmente o incluso resolver el contrato.
En caso de suspensión, el asegurado pierde el derecho a recibir las prestaciones mientras no regularice el pago. Si el contrato se cancela, cualquier derecho a indemnización o beneficio asociado al seguro se extingue, salvo que las condiciones especifiquen lo contrario. Además, el tomador podría perder las primas ya abonadas, por lo que es importante revisar las cláusulas del seguro y evitar impagos para garantizar la protección financiera que ofrece este tipo de cobertura. No olvides que un seguro es tranquilidad, y vivir tranquilo te permite disfrutar de cada momento con los que te rodean.
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