Hero banner

Ayuda

¿Cómo saber si una persona tiene seguro de decesos?

Cuando perdemos a un ser querido, lo habitual es que los seguros que esa persona pudiera tener no sean una de nuestras primeras preocupaciones. Sin embargo, llega un momento en el que es necesario encargarse de ciertos trámites, y es entonces cuando comprendemos lo importante que resulta que hubiera contratado un seguro de decesos.

Saber que la persona fallecida tenía un seguro de decesos brindará un consuelo a sus allegados, porque será la aseguradora quien va a gestionar todos los trámites administrativos y a cubrir los gastos del tanatorio, entierro o crematorio, flores o traslados, entre otros.

Pero, ¿cómo se puede conocer si alguien ha contratado un seguro de decesos? Te lo contamos.

Importancia de conocer la existencia del seguro y consecuencias de no conocerlo

Descubrir que un familiar fallecido había contratado un seguro de decesos puede ser un verdadero alivio en un momento tan complicado. Este tipo de póliza cubre los gastos del sepelio y se encarga de todos los trámites administrativos, evitando que la familia tenga que asumir costes inesperados o lidiar con gestiones burocráticas en pleno duelo. Es un seguro muy útil y en el momento de contratarlo, es importante realizar una comparativa de seguros de decesos, con el fin de escoger aquel que se adapte mejor a lo que buscas para ti y para tu familia.

Sin embargo, si nadie sabía de la existencia del seguro, la familia podría acabar pagando de su bolsillo un funeral que ya estaba cubierto. Además, si no se reclama a tiempo, es posible que se pierdan los derechos a las prestaciones contratadas.

Por eso, es tan relevante que los asegurados informen a sus seres queridos sobre la existencia de estas pólizas y que, en caso de fallecimiento, los familiares consulten el Registro de Contratos de Seguros con cobertura de fallecimiento del Ministerio de Justicia para comprobar si existe alguna póliza vigente.

Si no se reclama el seguro a tiempo, se pueden perder los derechos a las prestaciones contratadas

La información con la que deberíamos contar para acceder a la cobertura del seguro de decesos es la siguiente:

  • Datos sobre la identidad del asegurado: su nombre, DNI o cualquier otro documento que acredite su identidad.
  • Datos de la compañía de seguros: nombre o dirección de la aseguradora.
  • Datos de la póliza contratada: número de contrato o de póliza y conocer sus coberturas.

El Registro de Contratos de Seguros con Cobertura de Fallecimiento

De forma habitual, cuando alguien contrata un seguro de este tipo, lo ideal es que comparta la información con sus seres más cercanos, proporcionando detalles como la aseguradora, las cuantías cubiertas y un número de contacto para poder recibir asistencia cuando sea necesario. Sin embargo, no siempre se da este caso, y en muchas ocasiones los familiares de la persona que se ha ido no conocen mucho sobre estos aspectos.

Para agilizar el proceso de descubrir qué seguros tenía contratado un ser querido, tenemos el Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento, un registro público gestionado por el Ministerio de Justicia. En este registro se pueden consultar los seguros que incluyen cobertura por fallecimiento, como los seguros de vida o de decesos, que activan su indemnización en caso de muerte del asegurado.

Procedimiento para consultar el registro

Acceder al Registro de Contratos de Seguros con cobertura de fallecimiento es sencillo puesto que se trata, como veíamos, de un registro público al que cualquiera puede acceder con la única condición de que la persona sobre la que se va a realizar la consulta haya fallecido hace como mínimo 15 días y que esto pueda acreditarse con la documentación requerida. Podremos disponer de estos datos durante 5 años tras la defunción, aunque si las compañías de seguros informan de que la indemnización ha sido satisfecha, pueden ser cancelados.

Una vez aportado todo lo necesario, obtendremos un certificado que recogerá todos los seguros con cobertura de fallecimiento que esa persona tuviera contratados.

Vías y plazos para realizar la solicitud

Existen varias opciones para que podamos obtener el certificado de contratos de seguros con cobertura de fallecimiento:

  • Tramitación por vía electrónica:

Se puede solicitar el certificado por esta vía accediendo a un cuestionario en la web del Ministerio de Justicia. Esta solicitud no podrá ser presentada hasta que hayan transcurrido 15 días hábiles a partir de la fecha del fallecimiento.

Este proceso siempre debe concluir con el pago telemático de las tasas asociadas a esta solicitud, que será realizado de forma segura a través de la pasarela de pagos para las tasas administrativas de la Agencia Tributaria.

  • Tramitación de forma presencial:

Podemos acudir directamente para hacer la solicitud en persona; de forma obligatoria se debe hacer mediante el modelo 790 (fácilmente descargable) u obtenerlo en los lugares designados:

- En Madrid, en la Oficina Central de atención al ciudadano, con cita previa.

- En el resto de Comunidades Autónomas será en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia. 

De nuevo, es una tramitación que siempre debe realizarse al menos 15 días después del fallecimiento del asegurado.

  • Tramitación postal:

En este caso la solicitud es enviada al Registro General de actos de Última Voluntad, también perteneciente al Ministerio de Justicia, en la dirección Plaza de Jacinto Benavente, número 3 - 28012 en Madrid. 

El certificado llegará por correo postal a la dirección indicada en el modelo oficial que debe presentarse.

¿Qué documentación necesito? 

  • Certificado Literal de Defunción: documento que solo será necesario si la solicitud se realiza de forma presencial o por correo. Debe presentarse el certificado original o una copia autenticada, y debe ser emitido por el Registro Civil correspondiente al lugar donde ocurrió el fallecimiento.
  • Modelo 790: formulario específico que se debe completar para el trámite.
  • Pago de la tasa: se puede realizar a través de banca electrónica, en entidades financieras colaboradoras con la Agencia Tributaria, o mediante transferencia bancaria. Este pago puede hacerse tanto desde España como desde el extranjero, siempre utilizando los medios adecuados según cada caso.

Una vez completados todos los trámites, se nos proporcionará la información necesaria para saber si el fallecido tenía contratadas coberturas como los servicios de gestión y coste del sepelio, incineración, tanatorio, asistencia legal o gastos que tengan que ver con trámites administrativos o legales.

Alternativas para conocer los seguros contratados por el fallecido

Cuando fallece un ser querido, es común desconocer si tenía contratados seguros de vida, decesos u otros. Para averiguarlo, existen varias alternativas:

  1. Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento: como hemos visto antes, este registro público, gestionado por el Ministerio de Justicia, permite consultar si el fallecido tenía seguros con cobertura por fallecimiento. La solicitud puede realizarse de forma telemática, presencial o por correo, presentando el certificado de defunción y el modelo 790, y abonando una tasa. La información estará disponible durante cinco años tras el fallecimiento.
  2. Revisión de documentos personales: es recomendable revisar los archivos del fallecido en busca de pólizas, recibos de primas o correspondencia con aseguradoras. También se pueden examinar los movimientos bancarios en busca de pagos periódicos a compañías de seguros.
  3. Consulta con entidades financieras y empleadores: los contratos de algunos préstamos o tarjetas de crédito incluyen seguros. Además, las empresas pueden ofrecer seguros colectivos a sus empleados, así que consultar con estas entidades puede revelar la existencia de alguna póliza.
  4. Contactar con aseguradoras: si se sospecha que el fallecido tenía relación con alguna aseguradora, se puede contactar directamente con ella, proporcionando el certificado de defunción y otros datos relevantes, para verificar la existencia de pólizas.

Entonces, ¿solo se puede consultar si una persona tenía algún seguro con cobertura de fallecimiento si ha fallecido?

No, también existe una alternativa que nos permite consultar nuestros propios seguros. Es bastante común que muchas personas estén aseguradas en pólizas de familiares por lo que realmente pueden no saber si cuentan con un seguro de decesos o no.

Si se necesita tener esta información, existe una solución: la Nota Informativa sobre Contratos de Seguros de Fallecimiento. Con ella, podremos saber en vida la información que recoge el Registro de Seguros de Fallecimiento sobre nosotros mismos.

Sea como sea, lo importante es tener un seguro que cumpla con las necesidades específicas de cada uno de nosotros. Para ello, lo más aconsejable es contar con el mejor asesoramiento de nuestros expertos a la hora de suscribir un nuevo seguro de decesos para evitar situaciones complicadas y facilitar los trámites a nuestros seres queridos.

MÁS INFORMACIÓN SOBRE SEGUROS