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¿Quién es responsable del tratamiento de tus datos personales?
• CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A., GRUPO DE SEGUROS EL CORTE INGLÉS (Sociedad Unipersonal) Inscrita en la DGSyFP con Nº J0200 / Concertado Seguro de Responsabilidad Civil y Capacidad Financiera, según legislación vigente. Existencia de vínculo estrecho con Seguros El Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, S.A.U.
• N.I.F.: A-28128189
• Domicilio social: C/ Hermosilla 112, 28009 - Madrid
• Domicilio oficina principal: C/ Princesa 47, 28008 - Madrid
• Datos registrales: Registro Mercantil de Madrid: Tomo 945, Folio 1, Inscripción 32, Hoja M – 18707.
Representante de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS: delegado.protecciondatos@seguroseci.es
¿Con qué finalidad recabamos tus datos personales?
Facilitarte un presupuesto del seguro o servicio solicitado según los datos que has indicado, así como, en su caso, llevar a cabo la contratación del seguro o servicio solicitado.
¿Por cuánto tiempo almacenamos tu información personal?
Tus datos serán conservados mientras dure la actividad y una vez finalizada se conservarán durante el tiempo legalmente establecido.
¿Cuál es la legitimación que tenemos para realizar su tratamiento?
La legitimación para el tratamiento viene determinada por tu consentimiento, que ha sido prestado y recabado a través de la solicitud que has realizado en nuestra web. En caso de que realices una contratación, la legitimación para el tratamiento de tus datos será la ejecución del contrato.
¿A quién podemos comunicar tu información personal?
Se podrán comunicar los datos facilitados por el cliente para realizar la tarificación o contratación del seguro o servicio, así como a las Administraciones Públicas que lo requieran en virtud de disposición legal.
¿Cómo puedes ejercer tus derechos?
Tienes derecho a obtener el acceso a tu información personal, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos.
En determinadas circunstancias, y por motivos relacionados con tu situación particular, podrás oponerte al tratamiento de tus datos. Tu información personal dejará de tratarse para aquellas finalidades respecto de las que hayas manifestado tu oposición. De igual forma puedes ejercer el derecho de limitación del tratamiento de tu información personal, solicitándonos la conservación de la misma.
En determinadas circunstancias, podrás solicitar la portabilidad de tus datos a otro responsable de tratamiento.
Podrás ejercer tus derechos sin coste alguno, recibiendo una respuesta en los plazos establecidos por la legislación vigente en materia de protección de datos. Puedes elegir entre los siguientes medios:
Solicitud escrita y firmada dirigida a Centro de Seguros y Servicios, Correduría de Seguros, S.A.U., Grupo de Seguros El Corte Inglés en la C/ Princesa, nº 47, 28008 - Madrid (Servicio de Atención al Cliente), debiendo adjuntar copia del documento que acredite tu identidad, así como su dirección de correo electrónico, si dispones de ella.
Solicitud a la dirección de correo electrónico: atcliente@cess.elcorteingles.com, adjuntando fotocopia y/o copia escaneada del documento que acredite tu identidad.
- Llamando al teléfono 91 266 87 56, Servicio de Atención al Cliente de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS.
Puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, especialmente cuando no estés satisfecho con la respuesta al ejercicio de sus derechos. Para más detalle, puedes consultar la web www.agpd.es
Podemos definir accidente extraprofesional como el que se produce como consecuencia de la realización de cualquier actividad que no sea la profesional y en cualquier sitio ajeno al trabajo, sea el domicilio propio u otro lugar.
Sabemos que accidente, según el Diccionario de la Real Academia Española y cogiendo la definición que más se ajusta al entorno de los seguros es un hecho eventual o una acción de la que resulta un daño involuntario para las personas o las cosas.
Derivado de esta definición podemos extraer que, para que exista un accidente como tal debe ser un hecho casual -que no se pretende que ocurra- tiene que causar daño material o personal, y este daño ha de ser involuntario, es decir, que no haya sido provocado por propia voluntad, que no haya sido intencionado.
Los accidentes extraprofesionales ocurren muy a menudo y para poder estar cubiertos ante ellos tenemos los seguros de accidentes que muchas compañías comercializan. Son pólizas destinadas a cubrir los daños personales derivados de cualquier hecho eventual que puede tener lugar en el entorno profesional o fuera de él.
Hoy en día estas pólizas cada vez son más demandadas por una población exigente que busca cobertura ante cualquier imprevisto, por lo que las compañías de seguros se están actualizando y adaptándose, creando productos cada vez más a la medida. Cuando los accidentes son leves o no demasiado graves -como torceduras o lesiones- un buen seguro de salud te puede cubrir la atención médica continuada, hospitalaria o quirúrgica, así como a veces, las sesiones de fisioterapia necesarias para la recuperación.
En cambio hay otro tipo de seguros, los de accidentes, que contemplan hechos involuntarios súbitos y de cierta violencia de los que se deriva una invalidez o fallecimiento. Estas pólizas están destinadas no solo a cubrir al titular sino también a los descendientes, en caso de que dicho accidente le impida cuidar de ellos.
Hay pólizas que, además de cubrir el fallecimiento y la invalidez permanente absoluta, cubren la asistencia en viaje e incluyen por ejemplo gastos médicos, farmacéuticos o de hospitalización.
En este tipo de seguros la prima viene determinada por el capital asegurado, es decir, el dinero que querrías cobrar o que tu familia cobrase en caso de que tú sufrieras un accidente. Así cuanto mayor sea el capital asegurado, mayor será la prima que habrá que pagar.
Erróneamente se cree que un seguro de vida y uno de accidentes son lo mismo, pero si bien los dos pueden dar cobertura a una posible invalidez o fallecimiento, la causa que los provoca debe ser diferente. En el seguro de accidentes, como su propio nombre indica, la causa debe ser un accidente, un suceso eventual y a menudo violento. En cambio, en el seguro de vida, la causa de la invalidez o del fallecimiento puede ser una enfermedad o un accidente. Incluso hay algunas pólizas, aunque son las menos, que amparan el suicidio como causa.