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Es el término que se da a los bienes o personas que quedarán protegidas por el seguro. Sobre ellas recae la cobertura de la póliza.
Al hablar de asegurado estamos haciendo alusión a la persona o a los bienes que son propiamente el objeto del seguro.
En algunas ocasiones, el propio asegurado es el tomador de la póliza, la persona encargada de acordar las condiciones, firmar el contrato y la que adquiere el compromiso de cumplir con las obligaciones tales como el pago del seguro y gestiones sobre la póliza.
Asegurado es la persona o bienes que protege un seguro
Es frecuente pensar que el asegurado es siempre el tomador de la póliza pero no tiene porqué ser así puesto que puede existir un tomador y varios asegurados, un tomador y diferente asegurado, o que, efectivamente, ambas figuras sean la misma persona. Siempre habrá un único tomador de la póliza pero el asegurado o asegurados podrán ser varios si así se requiere. También cabe destacar la posible presencia de beneficiarios, puesto que serán los destinatarios de los límites establecidos por el tomador cuando el riesgo asegurado sufra alguna de las contingencias recogidas en la póliza.
Para poder entender mejor esto último, podemos imaginar tres breves ejemplos de situaciones en las que pueden suceden los diferentes escenarios:
Continuando ahora con la parte más puramente calificativa de la palabra, el término “asegurado” se puede aplicar a cada suma recogida dentro de las diferentes pólizas. Si tenemos una lavadora, esta puede estar o no asegurada dentro de nuestro contrato del seguro de hogar. Si un coche sufre un incendio, este suceso puede estar asegurado o no, siempre en función de lo que dicten los límites recogidos en las condiciones particulares de la póliza.
Para conocer qué podemos asegurar dentro de nuestro seguro debemos dialogar con la aseguradora de nuestras necesidades específicas a asegurar con el fin de poder garantizar la tranquilidad de tener una póliza lo más completa posible y personalizada.
Dentro de los derechos que tiene el asegurado se encuentra el hecho de conocer que se ha contratado un seguro sobre su persona o bienes. También existen obligaciones, siendo la más destacable el deber de evitar que suceda algún accidente que derive en siniestro y, si ya existe un siniestro, tratar de tomar las medidas necesarias para no acrecentar las consecuencias ni los desperfectos.
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