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Diccionario de seguros

Interpretación de las pólizas

Según el Diccionario panhispánico del español jurídico, entendemos por interpretación el hecho de determinar el sentido de una norma o regla de derecho con ocasión de aplicarla al caso concreto. Esta es una de las facultades principales de los jueces y los tribunales, aunque la interpretación de la Constitución corresponde únicamente al Tribunal Constitucional. De hecho, el Código Civil afirma que las normas se interpretarán conforme al sentido propio de sus palabras, siempre relacionándolas con el contexto, con los antecedentes históricos y legislativos, con la realidad social del tiempo en el que van a aplicarse, y siempre según el espíritu y la finalidad de aquellas.

¿Cómo se debe llevar a cabo la interpretación de las pólizas?

La interpretación de las pólizas se debería llevar a cabo entonces igual que la interpretación de cualquier contrato, es decir, fijando el sentido de lo que quieren y manifiestan las partes que formalizan el contrato y siempre según los criterios establecidos por la ley.

La póliza es el documento en el que figuran las condiciones del seguro y que es el objeto del contrato que firman la compañía de seguros y el tomador del seguro conforme a sus intereses y siempre sujeto a la ley. En este caso, la ley que rige los seguros es la Ley de Contrato de Seguro. 

Mediante el contrato de seguro el tomador debe pagar una prima al asegurador a cambio de la obligación de este de dar una cobertura que se traduce en la reparación del daño que sufra el asegurado o en el pago de una cantidad económica, según se indique en la póliza.

La interpretación de las pólizas se hace de la misma manera que interpretaríamos un contrato cualquiera, teniendo en cuenta todas las condiciones

Por todo lo anterior, leer bien las condiciones de la póliza es imprescindible para saber exactamente qué coberturas tenemos contratadas en caso de siniestro y esto es aplicable a cualquier seguro que podamos tener, ya sea de hogar, de coche o de salud, por ejemplo. Sin embargo, mucha gente comete el error de no leerse bien dichas condiciones antes de firmar el contrato con la aseguradora y en todas las pólizas, como es lógico, hay exclusiones que si no se leen antes de contratar nos pueden llevar a sorpresas. Siempre, con las condiciones generales de la póliza de seguro hay un documento que contiene las condiciones particulares de tu seguro y que son las que aplican en ese caso concreto, en las que figuran las exclusiones de las que hablábamos antes y que hay que tener presentes. Además, habrá que fijarse especialmente en las limitaciones. Es decir, puede que la reparación del siniestro esté cubierta pero sólo hasta una cantidad expresamente fijada, con lo cual todo lo que exceda de esa cantidad deberá ser abonado por el asegurado.

Cuando, en caso de siniestro, la compañía aseguradora y el tomador no se ponen de acuerdo sobre la interpretación de las condiciones de la póliza contratada, se debe acudir al lugar que indique en el propio condicionado de la póliza, ya que siempre hay una cláusula relativa a la solución de conflictos.

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