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¿Quién es responsable del tratamiento de tus datos personales?
• CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A., GRUPO DE SEGUROS EL CORTE INGLÉS (Sociedad Unipersonal) Inscrita en la DGSyFP con Nº J0200 / Concertado Seguro de Responsabilidad Civil y Capacidad Financiera, según legislación vigente. Existencia de vínculo estrecho con Seguros El Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, S.A.U.
• N.I.F.: A-28128189
• Domicilio social: C/ Hermosilla 112, 28009 - Madrid
• Domicilio oficina principal: C/ Princesa 47, 28008 - Madrid
• Datos registrales: Registro Mercantil de Madrid: Tomo 945, Folio 1, Inscripción 32, Hoja M – 18707.
Representante de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS: delegado.protecciondatos@seguroseci.es
¿Con qué finalidad recabamos tus datos personales?
Facilitarte un presupuesto del seguro o servicio solicitado según los datos que has indicado, así como, en su caso, llevar a cabo la contratación del seguro o servicio solicitado.
¿Por cuánto tiempo almacenamos tu información personal?
Tus datos serán conservados mientras dure la actividad y una vez finalizada se conservarán durante el tiempo legalmente establecido.
¿Cuál es la legitimación que tenemos para realizar su tratamiento?
La legitimación para el tratamiento viene determinada por tu consentimiento, que ha sido prestado y recabado a través de la solicitud que has realizado en nuestra web. En caso de que realices una contratación, la legitimación para el tratamiento de tus datos será la ejecución del contrato.
¿A quién podemos comunicar tu información personal?
Se podrán comunicar los datos facilitados por el cliente para realizar la tarificación o contratación del seguro o servicio, así como a las Administraciones Públicas que lo requieran en virtud de disposición legal.
¿Cómo puedes ejercer tus derechos?
Tienes derecho a obtener el acceso a tu información personal, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos.
En determinadas circunstancias, y por motivos relacionados con tu situación particular, podrás oponerte al tratamiento de tus datos. Tu información personal dejará de tratarse para aquellas finalidades respecto de las que hayas manifestado tu oposición. De igual forma puedes ejercer el derecho de limitación del tratamiento de tu información personal, solicitándonos la conservación de la misma.
En determinadas circunstancias, podrás solicitar la portabilidad de tus datos a otro responsable de tratamiento.
Podrás ejercer tus derechos sin coste alguno, recibiendo una respuesta en los plazos establecidos por la legislación vigente en materia de protección de datos. Puedes elegir entre los siguientes medios:
Solicitud escrita y firmada dirigida a Centro de Seguros y Servicios, Correduría de Seguros, S.A.U., Grupo de Seguros El Corte Inglés en la C/ Princesa, nº 47, 28008 - Madrid (Servicio de Atención al Cliente), debiendo adjuntar copia del documento que acredite tu identidad, así como su dirección de correo electrónico, si dispones de ella.
Solicitud a la dirección de correo electrónico: atcliente@cess.elcorteingles.com, adjuntando fotocopia y/o copia escaneada del documento que acredite tu identidad.
- Llamando al teléfono 91 266 87 56, Servicio de Atención al Cliente de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS.
Puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, especialmente cuando no estés satisfecho con la respuesta al ejercicio de sus derechos. Para más detalle, puedes consultar la web www.agpd.es
La tasa de prima es un tanto por ciento -o un tanto por mil- que se aplica sobre el total del capital asegurado para poder obtener la prima neta (también llamada prima pura o prima de riesgo), en función de cada tipo de riesgo asegurado. Es decir es una parte fundamental del cálculo de la prima.
Pero ¿cómo se calculan las primas de un seguro? El encargado de realizar estos cálculos es un actuario de la compañía aseguradora que tendrá en cuenta varios factores. Por un lado, el coste que representará para la compañía aseguradora atender el pago de las prestaciones que se hayan pactado en el contrato del seguro en caso de que se produzca el siniestro. A esto tendrá que sumarle los gastos que supongan la peritación, los abogados u otros gastos derivados del propio siniestro.
En segundo lugar, los costes administrativos que le supone a la compañía aseguradora el desarrollo de su actividad, como los salarios de los empleados, los alquileres de los edificios o los costes tecnológicos.
Por último, los costes de comercialización que le supone a la compañía aseguradora que se venda su producto, en este caso la póliza de seguro. Aquí se incluirá los gastos que ocasionan el personal comercial, los incentivos, la publicidad…
Finalmente, el actuario, junto con otros factores, como son la probabilidad de que un siniestro en concreto ocurra, y otras características esenciales del riesgo, confeccionará la prima neta aplicando la tasa de prima y multiplicando ese tanto por mil o por cien por el capital asegurado en el contrato del seguro, en función de cada cobertura y dando así como resultado la prima neta, que no incluirá ni los impuestos ni los recargos legalmente repercutibles. Hay que señalar que cuando la compañía aseguradora aplica un descuento en la póliza del seguro, ese descuento se aplica siempre sobre esta prima neta, ya que los impuestos y recargos no se pueden reducir (si bien serán menores si la prima neta es menor).
Concretamente uno de los recargos que llevan aplicados todas las pólizas de seguros en nuestro país es un pequeño porcentaje de la prima que va destinado al Consorcio de Compensación de Seguros. Este organismo (el Consorcio de Compensación de Seguros), se dedica año tras año a conservar y vigilar estos importes recaudados de cada póliza de seguros española, de forma que cuando se produce una gran catástrofe, son ellos quienes dan cobertura en lugar de la compañía aseguradora. Por ejemplo, en el seguro de hogar cuando una riada inunda las casas aseguradas y este hecho finalmente se considera una gran catástrofe, el Consorcio de Compensación de Seguros es el encargado de indemnizar a cada asegurado garantizando así que ninguna compañía aseguradora irá a la ruina por tener que indemnizar al mismo tiempo a miles de asegurados. Esto conserva el equilibrio del ecosistema del seguro garantizando que los asegurados siempre cobrarán su indemnización y que las compañías aseguradoras no corren el riesgo, pase lo que pase, de caer en ruina por cumplir lo estipulado en el contrato del seguro. De hecho es una exclusión de todas las pólizas de seguros la cobertura de hechos consorciables, ya que como decimos es el propio Consorcio de Compensación de Seguros quien da esta cobertura a través de ese pequeño recargo en cada póliza de seguros.