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¿Quién es responsable del tratamiento de tus datos personales?
• CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A., GRUPO DE SEGUROS EL CORTE INGLÉS (Sociedad Unipersonal) Inscrita en la DGSyFP con Nº J0200 / Concertado Seguro de Responsabilidad Civil y Capacidad Financiera, según legislación vigente. Existencia de vínculo estrecho con Seguros El Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, S.A.U.
• N.I.F.: A-28128189
• Domicilio social: C/ Hermosilla 112, 28009 - Madrid
• Domicilio oficina principal: C/ Princesa 47, 28008 - Madrid
• Datos registrales: Registro Mercantil de Madrid: Tomo 945, Folio 1, Inscripción 32, Hoja M – 18707.
Representante de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS: delegado.protecciondatos@seguroseci.es
¿Con qué finalidad recabamos tus datos personales?
Facilitarte un presupuesto del seguro o servicio solicitado según los datos que has indicado, así como, en su caso, llevar a cabo la contratación del seguro o servicio solicitado.
¿Por cuánto tiempo almacenamos tu información personal?
Tus datos serán conservados mientras dure la actividad y una vez finalizada se conservarán durante el tiempo legalmente establecido.
¿Cuál es la legitimación que tenemos para realizar su tratamiento?
La legitimación para el tratamiento viene determinada por tu consentimiento, que ha sido prestado y recabado a través de la solicitud que has realizado en nuestra web. En caso de que realices una contratación, la legitimación para el tratamiento de tus datos será la ejecución del contrato.
¿A quién podemos comunicar tu información personal?
Se podrán comunicar los datos facilitados por el cliente para realizar la tarificación o contratación del seguro o servicio, así como a las Administraciones Públicas que lo requieran en virtud de disposición legal.
¿Cómo puedes ejercer tus derechos?
Tienes derecho a obtener el acceso a tu información personal, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos.
En determinadas circunstancias, y por motivos relacionados con tu situación particular, podrás oponerte al tratamiento de tus datos. Tu información personal dejará de tratarse para aquellas finalidades respecto de las que hayas manifestado tu oposición. De igual forma puedes ejercer el derecho de limitación del tratamiento de tu información personal, solicitándonos la conservación de la misma.
En determinadas circunstancias, podrás solicitar la portabilidad de tus datos a otro responsable de tratamiento.
Podrás ejercer tus derechos sin coste alguno, recibiendo una respuesta en los plazos establecidos por la legislación vigente en materia de protección de datos. Puedes elegir entre los siguientes medios:
Solicitud escrita y firmada dirigida a Centro de Seguros y Servicios, Correduría de Seguros, S.A.U., Grupo de Seguros El Corte Inglés en la C/ Princesa, nº 47, 28008 - Madrid (Servicio de Atención al Cliente), debiendo adjuntar copia del documento que acredite tu identidad, así como su dirección de correo electrónico, si dispones de ella.
Solicitud a la dirección de correo electrónico: atcliente@cess.elcorteingles.com, adjuntando fotocopia y/o copia escaneada del documento que acredite tu identidad.
- Llamando al teléfono 91 266 87 56, Servicio de Atención al Cliente de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS.
Puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, especialmente cuando no estés satisfecho con la respuesta al ejercicio de sus derechos. Para más detalle, puedes consultar la web www.agpd.es
El concepto transmisión del objeto asegurado se define como la situación que se produce cuando un bien asegurado por una póliza de seguros es trasferido por el propio asegurado a otra persona. El nuevo dueño, como propietario del mismo, queda de forma automática subrogado en derechos y obligaciones que antes correspondían al anterior titular del contrato del seguro.
La Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, es muy específica en lo que se refiere a la transmisión del objeto asegurado y lo recoge en varios artículos. En el Título II, que se refiere al seguro contra daños, en su sección primera, disposiciones generales, regula en su artículo treinta y cuatro que, en caso de transmisión del objeto asegurado, el nuevo adquiriente en el momento de la compra queda obligado en derechos y obligaciones del anterior dueño. El artículo menciona también que se exceptúan las pólizas de seguros nominativas para riesgos no obligatorios, siempre y cuando en la póliza del seguro exista pacto no contrario a ello. El anterior dueño, como asegurado del contrato del seguro, está obligado a su vez a informar por escrito al nuevo propietario de la existencia de la póliza del objeto transmitido y una vez la transmisión sea definitiva, también lo tendrá que informar a la compañía aseguradora en un plazo máximo de 15 días. El pago de las primas que estén vencidas en el momento del pacto tendrá que ser abonado de forma solidaria, entre el nuevo dueño y el anterior propietario; y en el caso de que el anterior propietario haya fallecido, esta obligación recaerá en sus herederos.
Esta misma ley, a continuación, en su artículo treinta y cinco estipula que la compañía aseguradora tendrá derecho a anular el contrato en los quince días posteriores a que sea conocedor de que la trasmisión es fehaciente. Si ejerce este derecho tendrá que comunicarlo por escrito al nuevo propietario y darle cobertura, en función al contrato del seguro, durante un mes desde la notificación. Además la compañía aseguradora deberá abonar el importe de prima que corresponda al periodo que quede del contrato del seguro hasta el vencimiento del mismo.
Por otro lado el nuevo propietario también podrá anular el seguro en un plazo de quince días desde que el anterior dueño le informó de la existencia del contrato comunicándolo por escrito al asegurador. En este caso, será la compañía aseguradora quien adquirirá los derechos sobre la prima que corresponda al periodo en curso del seguro.
Un ejemplo de transmisión del objeto asegurado es cuando se vende un coche de nuestra propiedad a un tercero. El seguro de coche es un seguro obligatorio, y por lo tanto cuando se realiza la compraventa, habrá que informar al nuevo dueño de la existencia del seguro, y a su vez a la compañía aseguradora de que ya no poseemos ese vehículo y que ahora es de otra persona. La compañía aseguradora podrá en ese momento, como decíamos, decidir mantener el seguro de ese coche con el nuevo adquiriente y las mismas condiciones, o bien por el contrario anular con el extorno de prima correspondiente. Lo más habitual en estos casos es que el nuevo dueño contrate un nuevo seguro que encaje con sus necesidades, y que el anterior dueño, si ha adquirido un nuevo vehículo, simplemente cambie en el contrato de seguro, el anterior riesgo por el nuevo.