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Cuando uno compra una vivienda, normalmente planea pasar en ella unos cuantos años, y durante este tiempo lo más común es que la casa vaya deteriorándose e incluso es probable que se produzca algún incidente.
Si siguiéramos el registro de los partes que llegan diariamente a las aseguradoras, tendríamos más que claro que un siniestro en el hogar es algo que con mucha probabilidad sufriremos en algún momento: ¿qué hacemos si nos vemos en esta situación? Llamar a nuestro seguro de hogar, por supuesto.
Es importante tener en cuenta los pasos que se deben seguir a la hora de realizar la tramitación de un siniestro; lo primero que hay que hacer es comprobar con nuestra póliza de seguros si tenemos cobertura frente a ese siniestro. Una vez hayamos verificado el paso anterior, debemos informar a la entidad aseguradora de la situación y aportar ciertos datos como las causas, el lugar del siniestro y los daños que ha provocado.
En España una de cada cuatro viviendas sufre algún tipo de siniestro a lo largo de cada año
Si aún no cuentas con una póliza de seguros para tu hogar o quieres obtener la mejor oferta posible, no dudes en consultar con nuestros expertos en seguros o visitar nuestro comparador de seguros de hogar, donde encontrarás la póliza que mejor se adapte a tus necesidades y las de tu familia.
Deberás realizar la comunicación del siniestro a la aseguradora lo antes posible ya que cuentas con un plazo legal de 7 días para dar el parte. Puedes acudir directamente a la entidad aseguradora, así como a tu mediador profesional, para dar parte de lo ocurrido.
También es muy importante que ante cualquier tipo de siniestro documentes todos los hechos; por ejemplo, antes de tirar o reparar los bienes afectados (es mejor hacerlo una vez peritados los daños) deja constancia de los daños mediante fotografías, facturas de compra, presupuestos...
Cuando transcurren los siete días posteriores al conocimiento del siniestro y no se lo has comunicado a la entidad aseguradora, ésta puede reclamar los perjuicios que ha sufrido a consecuencia de la omisión del hecho. Pero en ningún caso la entidad aseguradora puede anular la indemnización correspondiente por la ocurrencia del siniestro.
La entidad aseguradora solo quedará eximida del pago de la correspondiente indemnización por la ocurrencia de un siniestro cuando se demuestre la existencia de mala fe o intencionalidad por parte del tomador del seguro.
En cualquier caso, siempre es recomendable comunicar lo antes posible el siniestro a la entidad aseguradora tanto para evitar trámites y repercusiones innecesarias como para agilizar todo el proceso.
Después de comunicar el siniestro a la entidad aseguradora, se encargarán de realizar la peritación del siniestro y procederán al pago de la indemnización para resarcir los daños causados. Cuando se haya producido la indemnización y la entidad aseguradora verifique que todo es correcto se finaliza el proceso y se cierra el expediente.
El perito es el encargado de realizar una valoración (en función de estos daños) que determinará la indemnización que deberás recibir.
La entidad aseguradora debe enviar a un profesional cualificado y habilitado para tal efecto, que debe ser totalmente objetivo e imparcial en su valoración. Esto no implica que puedan presentarse algunas circunstancias con las que no estés de acuerdo y que afecten a la valoración del siniestro.
Si esto ocurre, lo primero que debes hacer es no aceptar la indemnización que la entidad aseguradora te ofrece en función del informe presentado por el perito. Cuando aceptas esta indemnización, aceptas la valoración realizada por el perito.
Después de rechazar la indemnización, el siguiente paso es contratar a un perito independiente, Debe tratarse de un profesional habilitado para ello para que su valoración tenga la misma validez que la del perito que envió la entidad aseguradora. Es importante que tengas en cuenta que serás tú quien tenga que abonar los honorarios de este perito.
Si esto ocurre, lo más probable es que la entidad aseguradora también contrate a un perito independiente que realizará una tercera peritación que utilizará a modo de prueba, si el desacuerdo termina llegando a los tribunales.
Tanto tú como la entidad aseguradora deberéis aceptar por escrito el nombramiento de los nuevos peritos, y en caso de que alguna de las partes no haya designado a su perito, se entiende que acepta la valoración del perito de la otra parte.
Si ambos peritos están de acuerdo en la evaluación del siniestro se realiza un acta conjunta y se confirma la indemnización; en caso contrario se deberá designar a ese tercer perito independiente cuyos honorarios se pagarán al 50% entre las partes. Y si a pesar del tercer peritaje se sigue sin llegar a un acuerdo, se tendrá que acudir a un tribunal para resolver el caso por vía judicial.
La cantidad de dinero que se puede percibir como indemnización va a depender de factores como, por ejemplo, el tipo de siniestro, el valor del inmueble o el valor de la reparación. En el caso de los robos, los bienes declarados serán indemnizados conforme al valor que se declaró en la póliza de seguros.
Muchas pólizas de seguros de hogar cuentan con periodos de carencia, por lo que al contratar este tipo de seguros tendrás que esperar el tiempo determinado que estipule la entidad aseguradora para poder comunicar la ocurrencia de un siniestro. Por lo que no es posible contratar un seguro después de que ocurra un siniestro, además la entidad aseguradora podría declarar la existencia de mala fe por parte del tomador del seguro.
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