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La prima del seguro es el importe económico que debes abonar a la entidad aseguradora por los servicios y coberturas frente al riesgo que esta te ofrece. Hablamos de falta de pago de la prima del seguro cuando no se abona el pago de un recibo a su vencimiento.
Las pólizas de seguro de hogar -al igual que las de los automóviles- se renuevan automáticamente de forma anual en caso de no indicar a la entidad aseguradora el cese del contrato de seguro. Al renovarse la póliza de seguro automáticamente, el cobro de la prima del seguro generalmente también se realiza de forma automática.
Pagar las primas del seguro de hogar contratado es una de tus obligaciones como tomador del seguro. La Ley de Contrato de Seguro dispone que la entidad aseguradora puede en caso de producirse un impago por parte del tomador del seguro resolver el contrato o bien exigir el pago de las cuotas pendientes mediante la vía ejecutiva.
El impago de la prima del seguro de hogar tiene como principal consecuencia que en caso de ocurrir un siniestro la entidad aseguradora queda liberada de la obligación de hacer efectiva la correspondiente indemnización por el siniestro producido.
Debes saber que cuando tienes una vivienda en propiedad que cuenta con una hipoteca la ley estipula que es necesario contratar como mínimo un seguro de hogar básico con coberturas contra incendios.
Si tu intención de no pagar la prima del seguro es para anular el contrato o porque quieres cambiar de compañía de seguros debes tener en cuenta que la entidad aseguradora puede tomar acciones legales, así que lo mejor es que des de baja el seguro durante el periodo de tiempo establecido. Deberás comunicárselo a la entidad aseguradora con un mínimo de 30 días antes del vencimiento del seguro.
Si la prima del seguro ha resultado impagada por un despiste o por falta de fondos pero quieres seguir con la continuidad del contrato de seguros puedes comunicarte con tu entidad aseguradora para establecer un acuerdo que te facilite el pago de las cuotas.
Es importante saber que si la entidad aseguradora quiere introducir algún cambio en la póliza de seguros -ya sea en el precio de la prima como en alguna de sus coberturas- está obligado a realizar una comunicación previa donde tú como cliente decidirás si quieres continuar la relación contractual o por el contrario extinguirla.
También debes tener en cuenta que si has fraccionado el pago de la póliza de seguros y ya has realizado el pago de la primera de las cuotas, estás obligado a la continuidad del pago hasta la totalidad del importe de la prima del seguro.
Recuerda que siempre existe el riesgo de tener que responder frente a un daño por accidente con tu propio patrimonio si no cuentas con un seguro sea del tipo que sea. Cuando contratas un seguro de hogar estas adquiriendo una protección frente a ciertos posibles riesgos pero también adquieres unos derechos y unas obligaciones. Una de las obligaciones principales que tendrás con la entidad aseguradora será el pago de la prima del seguro.
Cuando dejas de pagar las primas de tu seguro las coberturas quedarán suspendidas un mes después del día en que vence el seguro. Durante este primer mes si ocurriera un siniestro la entidad aseguradora sigue teniendo la obligación de hacerse cargo; si esto sucede tú estarás obligado a realizar el pago del correspondiente recibo.
Durante los seis meses posteriores al vencimiento del seguro la entidad aseguradora puede reclamar el pago de la prima del seguro. Si transcurrido este tiempo la entidad aseguradora no ha realizado ninguna reclamación se da por extinguido el contrato de seguros.
Si durante esos seis meses el contrato no ha sido extinguido puedes proceder al pago de la prima del seguro y este volverá a entrar en vigor durante las 24 horas posteriores a que el pago se haga efectivo.
Si al no realizar el pago de la prima de tu seguro la entidad aseguradora lo interpreta como el final del contrato y no ejerce su derecho a reclamar dicho pago, el contrato se dará por finalizado y el impago de la prima no tendrá más efectos. En caso de tener varios seguros contratados con la misma entidad aseguradora ésta puede tomar medidas para evitar que suceda lo mismo en el resto de pólizas contratadas.
Puedes evitar el impago del seguro ajustando la prima de la póliza a tu capacidad económica, de esta forma no se te acumularán los gastos excesivamente. Ponte en contacto con tu entidad aseguradora para llegar al mejor acuerdo posible, ellos siempre tendrán la disposición de colaborar contigo cuando ocurra una circunstancia extraordinaria que te impida el pago de la prima y exista buena fe.
La mayoría de las entidades de seguros permiten el pago de la prima de forma mensual, trimestral o semestral. Aunque en una gran parte de las pólizas fraccionar el pago del seguro suponga un recargo en la prima, cada vez es más habitual que las entidades de seguros ofrezcan esta opción a sus clientes sin ningún tipo de cargo extra.
En caso de tener fraccionado el pago de la prima de tu seguro debes recordar que el impago de una sola de las cuotas equivale a no pagar la cantidad total de la prima del seguro ya que la prima anual de un seguro se considera indivisible aunque se pueda fraccionar en cuotas.
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