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¿Qué documentación estoy obligado a llevar en mi moto?

En España, para circular con una motocicleta o un ciclomotor de manera legal, como ocurre en el caso de otros vehículos a motor, el conductor debe contar con una serie de documentos en vigor que le permitan hacerlo conforme a lo establecido en la normativa. En concreto, para poder transitar por las carreteras españolas, el conductor de una moto necesita tener en regla la siguiente documentación: el permiso de conducir, el permiso de circulación, la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV), el impuesto de circulación municipal (popularmente conocido como impuesto de rodaje) y, por último, el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil. De hecho, en el caso de no contar con alguno de los documentos citados anteriormente o de no estar en vigor, el conductor de la moto se expone a ser sancionado por las autoridades de tráfico competentes.

¿Es obligatorio llevar la documentación de la moto?

De toda la documentación mencionada, hay una parte que debes llevar en la moto obligatoriamente y una parte que debes tener, pero no tienes obligación de aportar en caso de que te pare un agente de tráfico. 

Por eso resulta conveniente que si conduces una moto conozcas cuáles de los mencionados documentos debes llevar encima de manera obligatoria cuando circulas con la misma, ya que, en caso de no hacerlo, las autoridades de tráfico competentes pueden sancionarte. En particular, los documentos que debes llevar contigo cuando transites con la moto son los que a continuación se detallan: el permiso de conducir, el permiso de circulación y la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos, aunque también se recomienda llevar encima el Documento Nacional de Identidad (DNI). Por lo tanto, no tienes la obligación de estar en posesión del resto de documentos cuando circulas con la moto.

Además, si tu moto se ha matriculado después de 2016, puedes descargarte en el móvil la app miDGT, aplicación muy útil que te permitirá llevar en tu teléfono tu carnet de conducir, la tarjeta de la ITV, la etiqueta medioambiental o el permiso de circulación.

Documentos que son obligatorios 

Una vez conocidos los documentos que debes llevar encima de manera obligatoria al circular con tu moto, resulta conveniente profundizar un poco más en cada uno de ellos.

Así, el primero de los documentos obligatorios es el permiso de conducir, requisito indispensable que legalmente habilita al conductor a conducir una moto, que, para tener validez, ha de estar en vigor. En ese sentido, en España se expiden cuatro licencias de moto: AM, A1, A2 y A; pero, además, los conductores de turismos (B) con más de tres años de antigüedad, también pueden conducir los vehículos reservados al permiso de conducir A1, así como los escúteres de tres ruedas de hasta 125 centímetros cúbicos. 

Asimismo, tal y como se ha adelantado líneas atrás, no llevar el permiso de conducir cuando se hace uso de la moto puede suponer, si es requerido por las autoridades de tráfico, una sanción económica de 10 euros, que en caso de estar caducado asciende a 200 euros y a 500 si no se está en posesión del mismo.

El siguiente documento que tienes que llevar cuando vayas con la moto es el permiso de circulación. En concreto, en este documento se recogen datos de la moto como la matrícula y la fecha de la primera matriculación, la marca, la denominación comercial, el número de chasis o bastidor, la potencia… Conviene que tengas presente que el permiso de circulación no tendrá validez en caso de que la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos no vaya acompañada del informe favorable de la entidad certificadora. Asimismo, si la documentación definitiva de la moto está tramitándose, por ejemplo, debido a que ha sido comprada de segunda mano, deberás llevar una autorización provisional expedida por Tráfico, que por lo general suele tener 30 días de validez. Además, como ocurre con el permiso de conducir, no llevar el permiso de circulación cuando se hace uso de la moto también puede suponer sanciones económicas.

No es obligatorio llevar encima toda la documentación exigida para circular con la moto, pero sí parte de ella

El último documento que como conductor de una moto debes llevar cuando circules con ella es la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV). En particular, la mencionada tarjeta contiene una serie de datos relevantes de la moto como el número de identificación, la marca, la denominación comercial, las dimensiones, la cilindrada o la medida de los neumáticos. Este documento sirve para que las autoridades de tráfico puedan controlar si la moto en cuestión ha superado o no la inspección, para lo que habrá que aportar el informe favorable de la Inspección Técnica de Vehículos, así como colocar en un lugar visible la pegatina que lo acredita. Del mismo modo, al igual que sucede con el permiso de conducir y el permiso de circulación, no llevar la tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos (ITV) cuando se circula con la moto puede suponer, si la requieren las autoridades de tráfico, una sanción económica de 10 euros, que en el caso de no haber pasado la inspección asciende a 200 euros y por no llevar la pegatina acreditativa también se puede ser sancionado con hasta 100 euros.

Otra cuestión que a menudo se les plantea a los conductores de motos es saber si es legal llevar fotocopiados los documentos obligatorios. Pues bien, si las fotocopias están compulsadas por Tráfico serán válidas en España, pero no en el extranjero. Además, si se va a circular por algún país que no sea miembro de la UE, se deberá adjuntar al seguro de moto la denominada “carta verde”, documento que acredita en qué países no comunitarios es válido el seguro.

Documentos que no son obligatorios

De los documentos que se necesitan para poder circular con una moto en España, hay dos que el conductor no tiene obligación de llevar encima: el impuesto de circulación municipal y el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil.

Si conduces una moto tienes la obligación de tener pagado el impuesto de circulación municipal, popularmente conocido como impuesto de rodaje, para poder hacer uso de la misma, pero no estás obligado a llevarlo encima ya que, en caso de ser solicitado por las autoridades municipales, éstas podrán comprobar telemáticamente si has cumplido con tu obligación de pagarlo.

Por último, tampoco estás obligado a llevar encima el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil, requisito obligatorio para poder circular con una moto en España según se establece en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor, ya que desde la creación del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA) los agentes de la autoridad pueden comprobar si la moto dispone de seguro o no. Las sanciones por usar una moto que no tenga seguro en vigor van desde los 600 a los 3.000 euros, así que no es cosa de jugársela y conducir sin seguro. 

Aunque el seguro obligatorio es el de Responsabilidad Civil, es una póliza muy básica que cubre los daños que puedas causar a un tercero, pero poco más. Nada de lo que te suceda a ti o a tu moto quedará cubierto por este seguro. Para viajar tranquilo, lo más recomendable es comparar seguros de moto para poder valorar cuál te conviene más teniendo en cuenta qué uso le das a tu vehículo y para qué lo utilizas. Hablar con uno de nuestros expertos puede ayudarte a tomar la mejor decisión respecto a qué póliza contratar para conseguir las mejores coberturas y poder disfrutar de la conducción de tu moto sin preocuparte de que un incidente inesperado te deje en la cuneta en el peor de los momentos.

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