Mediante comunicación efectuada a la Aseguradora a través del mediador:
- Durante los 14 días siguientes a contar desde el día de su celebracion –o desde el día de la recepción de la documentación contractual, si fuera posterior–, siempre que no haya comunicado siniestro. Tendrá derecho, en su caso, a la devolución del pago del primer periodo trimestral del Seguro si éste ha sido ya satisfecho.
- También podrá rescindir el Seguro al término del período trimestral de seguro que esté en curso, siempre que realice la comunicación con al menos un mes de antelación a dicho término.