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La respuesta es que no. No se debe pasar un reconocimiento médico obligatorio para contratar un seguro de vida. Lo que ocurre, es que hay aseguradoras que exigen este reconocimiento debido a la edad del asegurado (más de 45 años generalmente) y la cantidad asegurada cuando es elevada.
El objetivo de pasar un reconocimiento médico a un posible asegurado de un seguro de vida es evitar el fraude. Es decir, una persona no se puede dar de alta en este tipo de compañías si ya está enferma y, por lo tanto, lo que quiere es que se indemnice a su familia cuando fallezca a sabiendas de su enfermedad previa al a contratación. Si esto fuese una práctica habitual este tipo de empresas no existirían. Lógicamente existen algunas excepciones en caso de accidente para este tipo de casos.
Se puede decir que no es obligatorio el reconocimiento médico, pero sí que puede ser habitual en el caso de:
¿Cuál es el procedimiento de la mayoría de los casos cuando no hay un reconocimiento médico? Lo que hacen las compañías es un cuestionario de salud previo a la contratación sin necesidad de que haya sido certificado por un médico. Este tipo de preguntas se pueden responder online o mediante una llamada telefónica.
La mayoría de las aseguradoras no se hacen cargo de las enfermedades o dolencias preexistentes con anterioridad a la firma del contrato, aunque es un aspecto que, como norma general, debe estar claramente especificado en las condiciones generales o particulares de la póliza.
En el caso de que declares algún tipo de dolencia o enfermedad pueden pasar dos cosas:
Si mientes en este cuestionario, ten en cuenta, que te pueden rescindir el contrato. Por lo tanto es muy importante ser sincero porque, de lo contrario, siempre se puede volver en contra de tus intereses.
¿Quién paga el reconocimiento médico? En el caso de que se te solicite, será la compañía la que corra con los gastos del reconocimiento.
También puede darse el caso de que una enfermedad aparezca después de la contratación de un seguro de vida. Con o sin reconocimiento médico previo a la contratación puede pasar que se produzca esta circunstancia. La validez del seguro no puede ser cuestionada una vez haya transcurrido un año desde su entrada en vigor.
La única causa posible de nulidad del contrato sería en caso de que la edad del asegurado no fuera la que se indicó al contratarlo y ésta superara la edad máxima permitida de contratación.
Al margen de que haya que pasar o no un reconocimiento médico… ¿En qué casos es recomendable contratar un seguro de vida? No hay un respuesta válida al cien por cien a esta pregunta. Al margen de las condiciones que se deben cumplir, generalmente es aconsejable un seguro de vida para cualquier persona que tenga cargas familiares y personales, y que constituya la principal fuente de ingresos del núcleo familiar. Por ello, los seguros de vida están indicados para aquellas personas que, en caso de sufrir una invalidez que les impida trabajar, tengan un ingreso extra que les permita continuar con su vida de una manera normal dentro de lo que se pueda; o que en el caso de fallecer, su cónyuge o descendientes tengan una ingreso extra que les ayude desde el punto de vista económico.
El reconocimiento médico no es obligatorio pero dependes de lo que decida la compañía en función a las características de tu perfil. Si quieres saber cuál es el mejor seguro de vida para ti entra en nuestro comparador.
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