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Asegurador

Aunque pueda parecer que cuando se suscribe un seguro simplemente intervienen el cliente y la entidad aseguradora, en realidad cabe hablar de varias figuras más, algunas de las cuales pueden coincidir en el mismo sujeto o no. 

Estas figuras forman parte de un todo que es el seguro, pero lo cierto es que no existiría sin la figura del asegurador. Comprender cuáles son sus funciones, obligaciones y derechos podrá ayudarnos a saber qué podemos esperar como clientes de una aseguradora, independientemente de que se suscriba un seguro de vida,  un seguro para coche, para una moto, o de cualquier ramo.

Definición de asegurador

Asegurador es la persona jurídica que, a cambio del pago de una prima y mediante unas condiciones firmadas por contrato, asume las consecuencias y los daños producidos por el riesgo o los riesgos especificados en la póliza de seguro, es decir, que se compromete a asumir las garantías contratadas en caso de ocurrir alguna de las contingencias recogidas en esa póliza.

La actividad del asegurador es muy importante en la sociedad, puesto que protege ante los riesgos inesperados a los que, de forma individual, no todo el mundo podría hacer frente económicamente. Por ejemplo, unos daños por agua importantes que sucedan en nuestra casa y que tengamos cubiertos por nuestro seguro de hogar.
 

Tener contratada una póliza de seguro puede salvar una economía familiar de la quiebra después de un siniestro
 

La manera que tiene el asegurador de dar cobertura a muchas personas y riesgos es recaudar las primas de cada uno de los seguros que se contratan con él para poder hacer frente a los costes de los siniestros que puedan ocurrir. Al no suceder todos los siniestros a la vez, esto permite que haya un equilibrio y siempre se pueda responder a las coberturas contratadas.

La mejor forma de comprender qué puede o no hacer una aseguradora, es enfocarnos en sus obligaciones y derechos.

Obligaciones y derechos del asegurador

Como asegurados, existen una serie de obligaciones y derechos del asegurador que es necesario conocer al contratar un seguro para entender con claridad cómo debe o no actuar en caso de siniestro, lo que puede hacer por nosotros y lo que puede dejar de hacer acogiéndose a las normas y la ley.

Obligaciones

De acuerdo a la legislación vigente, dentro de las diversas obligaciones que tiene el asegurador destacan las siguientes:

  • La obligación de responder económicamente con la indemnización correspondiente, así como hacerse cargo de las reparaciones necesarias en el caso de que se activen algunas de las garantías recogidas en el contrato de la póliza existente. Además, debe hacerse en el plazo temporal estipulado, cumpliendo con todos los requisitos pactados entre ambas partes. 
  • Si, llegado el caso, por las razones que fuera, decidiese rehusar hacerse cargo de sus obligaciones ante un siniestro, la entidad tiene que justificar formalmente los motivos de su decisión, de manera que la parte afectada (asegurado o beneficiario) decida si acepta la argumentación de la compañía o si inicia un procedimiento de reclamación.
  • Otra de las obligaciones es la relacionada con el contrato en sí mismo, puesto que deberá avisar sobre cualquier cambio que se vaya a realizar en la póliza que la modifique sustancialmente y que no haya sido solicitada por la parte asegurada. Las variaciones en la prima o en la fecha de efecto y vencimiento también han de ser avisadas con anterioridad.
  • Si la documentación sobre el seguro fuese extraviada, el asegurador deberá hacer llegar otra copia del contrato y esta tendrá la misma validez que la primera copia emitida.

Derechos

Por otro lado, el asegurador posee una serie de derechos entre los que se pueden destacar los siguientes:

  • El principal derecho que tiene el asegurador es el de recibir de manera íntegra el importe de la prima (el pago del seguro) recogida en el contrato, en el tiempo y la forma estipulados: en cuotas mensuales, bimestrales, trimestrales, semestrales, anuales, mediante cuenta bancaria, con tarjeta de crédito, etc. Esta prima vendrá acordada en la póliza y dependerá de diversos factores, como las sumas aseguradas, situación del riesgo, tipo de seguro o forma de pago, entre otras. Si varía alguna cobertura la prima también puede cambiar.
  • También tiene el derecho, el deber y la responsabilidad de poder verificar un siniestro que sea de su competencia y que por ello sea susceptible de ser cubierto por ese contrato. Para ello, puede contar con el asesoramiento profesional, como el de los peritos o investigadores, y puede recurrir a documentos y registros sobre, por ejemplo, condiciones climatológicas o antecedentes médicos, siempre que estos actos estén dentro de lo que dicta la Ley.
  • El asegurador cuenta con el derecho de decidir qué riesgos quiere asumir y cuáles no, pudiendo cesar la cobertura o no renovando una póliza a su fecha de vencimiento (aunque figure como una póliza prorrogable anualmente) debido, por ejemplo, a una siniestralidad mayor de lo esperado, siempre y cuando lo notifique en tiempo y forma.

La figura del asegurador ¿qué se debe considerar? 

La figura del asegurador es completamente necesaria en nuestra sociedad, puesto que protege frente a hechos inesperados que requieren de reparaciones e indemnizaciones a las que, de forma independiente, no todas las personas podrían hacer frente con sus ahorros. Un buen ejemplo para ello son los seguros de hogar. Por ellos se paga una prima mínima comparada con la enorme suma asegurada que se necesita para reconstruir una vivienda, sus enseres o los daños que pudiera causar, por ejemplo, un incendio o una inundación.

Diferencia con asegurado

La principal (y esencial) diferencia entre asegurador y asegurado es que el primero es siempre una persona jurídica que cuenta con una autorización oficial en vigor para la gestión profesional de los riesgos recogidos en una póliza de seguro. Por regla general, los aseguradores son las compañías del sector, es decir, las aseguradoras, aunque también existen otras, como las mutuas o las cooperativas. 

Por el contrario, el asegurado puede ser cualquier persona física o jurídica, o el bien sobre el que recae la cobertura de la póliza.

Por ejemplo, en un seguro de salud, el asegurador es la compañía con la que se contrata, el tomador en este ejemplo es el padre o madre de una familia y los asegurados son el mismo tomador, su cónyuge y sus hijos (quienes tendrán cobertura sanitaria en las clínicas que recoja el cuadro médico de la compañía).

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