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A nivel mundial, la actividad aseguradora representa más de un 7% de la economía mundial y hasta un 5% del PIB de España; un dato poco relevante, podríamos pensar. Pero, si se atiende al volumen total de riesgos que protege y gestiona el sector asegurador en nuestro país, supone billones de euros.
A pesar de su poder económico, se trata de un sector que, aunque está presente en nuestro día a día, sigue siendo un gran desconocido entre la población española, lo que se puede deber, en parte, a la terminología específica propia en el seguro.
Cuando hablamos del coste de un seguro, la cuota que el asegurado debe pagar a la aseguradora para que el contrato tenga vigencia es lo que se conoce como prima. En las condiciones particulares de las pólizas suele venir reflejada tanto la prima neta como la prima total, pero ¿qué significa cada una y de qué depende su cuantía? Te lo contamos todo.
En una explicación concisa: la prima en un seguro sencillamente es el coste de dicho seguro. En otras palabras, se trata de la suma económica que el tomador del seguro se compromete a satisfacer a la entidad aseguradora, al suscribir el contrato asegurador, como contraprestación por los riesgos que asume (que podrían verse afectados por un siniestro, circunstancia en la que la compañía se vería en la obligación de indemnizar, al asegurado beneficiario, con arreglo a lo establecido en la póliza de seguro).
Al cobrar la prima, la aseguradora se ve obligada a cumplir con las coberturas que figuran en el contrato de seguro
Como su propio nombre indica, se trata de la prima más básica del seguro, la prima antes de cualquier impuesto, tasa o recargo por cualquier causa y que refleja lo que la compañía aseguradora cobra por cubrir ese riesgo.
La prima bruta es la que se conoce como prima comercial y no debe confundirse con la prima total. En la prima bruta, van añadidos los gastos de gestión y administración, entre otros, pero no los recargos asociados a, por ejemplo, el fraccionamiento de la cuota como ocurre en la prima total.
Si adquirimos un mueble, por ejemplo, en su precio irá incluido el impuesto conocido como IVA, pero, sin embargo, en los seguros no se paga este impuesto; de hecho, quedan exentas de abonar el IVA las operaciones de seguros, reaseguros y capitalización tal como dicta la Ley 37-1992 en su artículo 20.
Ahora bien, aunque no se pague IVA, sí se paga otro tipo de impuestos y tasas únicos en los seguros como el IPS (Impuesto sobre primas del seguro) o la tasa del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
Estos impuestos siempre son asumidos por el tomador del seguro (cabe recordar que dicha figura no siempre ha de coincidir con el asegurado), persona sobre quien recaen las obligaciones del contrato de seguro, entre ellas, el pago de las primas acordadas.
Dentro de los diferentes ramos existen diferentes tipos de prima. De hecho, la normativa aseguradora contempla la aplicación de diferentes tipos de prima en función de qué seguro sea. A continuación, veremos detallados algunos de los tipos de prima que aparecen con más frecuencia en los contratos aseguradores:
En función de la recurrencia de pago y del periodo asegurado podemos diferenciar los siguientes tipos:
En función de su variabilidad en el tiempo:
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