El artículo 3 del RD Legislativo 8/2004 aprobado el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor establece que las consecuencias de conducir un vehículo sin seguro son:
La imposición de una multa por conducir el vehículo sin seguro cuyo importe dependerá del tiempo que lleve el vehículo sin estar asegurado, si estaba circulando en el momento en el que se detecta el incumplimiento de la obligación de aseguramiento, del servicio que el vehículo preste, si ha tenido otras multas por lo mismo o la gravedad del perjuicio causado …., entre otras causas.
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