Te asesoramos sobre quienes intervienen en el contrato de Seguro de Automovil
Aunque las figuras de tomador, asegurado, conductor, propietario, asegurador y beneficiario puedan coincidir en algunas ocasiones, es necesario distinguir las personas, que intervienen en un seguro de automóvil.
- Tomador: es la persona física o jurídica que suscribe el contrato junto con el asegurador. Es, por tanto, el que asume las obligaciones derivadas del contrato, según marca la ley, exceptuando que, por su naturaleza, deban ser cumplidas por el asegurado o beneficiario.
- Asegurado: es la persona física o jurídica, titular del interés objeto del seguro, que en defecto del tomador asume las obligaciones derivadas del contrato.
- Conductor: es la persona legalmente habilitada para conducir y que, siempre con autorización del asegurado o propietario del vehículo asegurado, conduce el vehículo designado en la póliza. Según la ley, es el civilmente responsable del riesgo creado por la conducción del vehículo y por los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación.
La figura del conductor habitual u ocasional del vehículo es importante a la hora de establecer la prima del seguro. Serán las circunstancias personales de este (edad, años de carnet, siniestralidad anterior…) junto con las características del vehículo las que determinen el coste de la póliza.
En este sentido, conviene aclarar que es estrictamente necesario incluir a los denominados conductores ocasionales. La no declaración de un conductor puede dar lugar al rehuse del siniestro o a la apliacion de la regla de equidad. Además, en determinadas contingencias (asistencia en viaje a la personas, defensa de multas…), el seguro puede solo cubrir a quienes figuren como conductores en la póliza.
- Propietario: el titular del vehículo, según figura en el permiso de circulación.
- Asegurador: es la persona jurídica, que asume el riesgo contractualmente, y recibe una prima e indemniza en caso de que sea necesario.
- Beneficiario: es aquella persona que tiene derecho a percibir la indemnización, en caso de que se produzca un siniestro.
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