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Diccionario de seguros

Adhesión

La adhesión se produce cuando el futuro cliente de un determinado servicio procede a la firma de un contrato que ha sido redactado anteriormente por el proveedor del servicio indicado, aceptando así todos los términos de dicho contrato, que aparecen recogidos habitualmente en un apartado de condiciones generales.

Los contratos de adhesión se definen así porque una de las partes propone las condiciones y la otra las acepta con su firma. Rechazar un contrato de adhesión supone no poder acceder al servicio ofertado por la compañía que redacta dicho contrato, que por supuesto no obtiene la validez al no haber sido firmado por ambas partes. 

Un contrato de adhesión es redactado por quien ofrece un servicio y firmado por el cliente, que no puede negociar las condiciones

Existe cierta controversia legal en cuanto a estos contratos de adhesión y se pueden encontrar estudios que hablan incluso de una limitación de la libertad contractual, ya que las partes contratantes no están en igualdad de condiciones. De hecho, una de las partes estipula las condiciones del contrato, y la otra no puede entablar una negociación sobre ninguna de las condiciones. En este sentido, se podría dar una situación de debilidad del consumidor, que podría verse abocado a la aceptación de cláusulas que pudieran resultar abusivas. 

Para evitar estas situaciones, las cláusulas que pudieran ser consideradas abusivas son nulas de pleno derecho y diferentes instituciones públicas realizan una labor de vigilancia que trata de asegurar la protección al consumidor. Gracias a esta labor, y por la facilitación del proceso contractual que suponen estos contratos de adhesión, en general se entiende que dichos contratos son válidos.

Contrato de adhesión de un cliente de un seguro de hogar

Uno de los contratos de adhesión habituales puede ser el firmado entre una compañía de seguros y un cliente de un seguro de hogar. En este sentido, cobran especial importancia las que se conocen como condiciones generales, sobre las que podemos encontrar referencia en el artículo 3 de la Ley de Contrato de Seguro. 

Así, en el caso de que existiese una proposición de seguro anterior a la firma del contrato, la compañía debe incluir estas condiciones generales en dicha proposición, pero, además, deben aparecer en la póliza final, o bien en un documento complementario, del cual deberá quedarse una copia el asegurado. Además, en el caso de que existiese alguna cláusula que pudiera limitar de algún modo los derechos del asegurado, debe aparecer destacada de manera especial, así como ser aceptada de forma específica por el asegurado. 

En definitiva y a modo de resumen, el contrato de adhesión es un tipo de contrato en el que la parte ofertante de un servicio, como puede ser una póliza de seguros, redacta el contrato y lo pone a disposición del cliente, sin que este tenga la posibilidad de negociar o discutir las condiciones bajo las que se le dará el servicio. 

El cliente, con su firma, accede a dicho servicio y pasa a disfrutar del mismo, con la seguridad de que la ley se ha configurado bajo los principios de protección y defensa de, en este caso, el asegurado. Así, cualquier cláusula que pudiera llevar a confusión será interpretada de la forma por la que el asegurado obtenga mayor beneficio.

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