Company Banner

Diccionario de seguros

Atraco

Acción violenta cometida contra una persona con el objetivo de sustraer o robar objetos con potencial valor económico.

Las pólizas de seguros de hogar contemplan el atraco como un acto asegurable, teniendo unas condiciones específicas según la situación en la que se haya producido.

Hay que diferenciar muy bien entre robo, hurto o atraco y si se produce fuera de la vivienda asegurada o dentro de ella :

  • Robo: Se denomina robo cuando se produce la sustracción de pertenencias o bienes usando para ello la fuerza o acciones violentas sobre las cosas. Por ejemplo: cuando fuerzan la cerradura en una vivienda o rompen una ventana para acceder a ella.
  • Hurto: Es cuando la sustracción se produce sin el uso de la violencia en los bienes materiales ni de la intimidación en el caso de las personas. Por ejemplo: cuando un carterista nos sustrae la cartera en una aglomeración de gente o en el transporte público sin que nos demos cuenta.
  • Atraco: Es cuando se usa la violencia o la intimidación por parte del atracador para sustraer los bienes. Un ejemplo de atraco sería el típico “tirón” del bolso, o la intimidación con arma blanca para obtener la cartera, el móvil…
Es imprescindible conocer la diferencia entre atraco, hurto y robo para saber qué coberturas nos amparan en caso de que nos veamos en alguna de estas situaciones

Cuando sucede alguno de los hechos anteriormente citados en el interior de la vivienda, gran parte de las aseguradoras suelen cubrir las tres posibilidades, llegando a indemnizar hasta el límite fijado en la póliza.

Una situación un poco diferente es cuando estos hechos tienen lugar en el exterior de la vivienda, ya que la mayoría de las compañías solamente nos cubrirán el atraco, descartando así el hurto y el robo. Las indemnizaciones al atraco en el exterior tienen un límite que no suele superar los 600 €, destinados a reponer los objetos de uso personal y/o dinero sustraídos por el atracador.

¿Qué hacer si sufrimos un atraco?

Cuando nos ocurre alguna de estas desagradables situaciones, debemos acudir rápidamente a comisaría para denunciar los hechos, describiendo con precisión la situación en la que se ha producido y todos los bienes que se han sustraído, ya que la compañía de seguros nos exigirá esta denuncia para poder acreditar su veracidad y poder aplicar la cobertura correspondiente.

Para comprender mejor los supuestos anteriormente citados, vamos a exponer tres casos a modo de ejemplo:

  • Caso 1: Estamos tomando algo en la terraza de un bar con el móvil encima de la mesa, y tras un momento de despiste nos damos cuenta de que ha desaparecido. En esta situación estaríamos hablando de un hurto, puesto que no se han cometido actos de violencia ni intimidación.
  • Caso 2: Volvemos de las vacaciones a nuestra residencia habitual y descubrimos que la cerradura está rota y nos han robado todos los objetos de valor. En este caso hablamos de un robo, ya que la cerradura tiene signos evidentes de violencia.
  • Caso 3: Volviendo de madrugada a casa, una persona nos amenaza con un cuchillo para que le demos la cartera o las joyas que llevemos. Esto se consideraría un atraco porque, aunque no suframos una agresión física en sí misma, hemos sido amenazados y se considera intimidación.

MÁS INFORMACIÓN SOBRE SEGUROS