Diccionario de seguros

Daños propios

Los daños propios son los causados en un siniestro o accidente cuando la responsabilidad de estos daños es del asegurado. En algunos tipos de seguros como, por ejemplo, el seguro de hogar o el seguro de coche, si el causante de los daños es algún desconocido, es decir, una persona sin identificar que no se hace responsable de los daños, puede establecerse una indemnización por daños propios.

Este tipo de cobertura solo está presente en las pólizas de seguros a todo riesgo; estas cubren los daños que haya causado el asegurado, por ejemplo, a su propio coche o moto. En el caso de los vehículos, si el que ocasiona el daño es una persona no identificada, los daños también se considerarán daños propios.

Este término lo podemos encontrar frecuentemente en las pólizas de seguros de coche. Independientemente del cuidado que se tenga para no arañar la carrocería, hay que tener en cuenta que algunos factores no se pueden controlar y generalmente no se suele dar parte a la entidad aseguradora; sin embargo, en muchos tipos de seguros y dependiendo de las coberturas contratadas, se podría dar un parte de daños propios.

Para dar un parte por daños propios es necesario tener en cuenta el tipo de póliza de seguros contratada, recordando siempre que este tipo de parte por daños propios solo se contempla en las pólizas de seguros contratadas a todo riesgo.

Cuando el seguro es a todo riesgo sin franquicia, si el asegurado o tomador del seguro da un parte de daños propios, la entidad aseguradora se hará cargo de los costes de la  reparación, siempre que se contemple en la póliza de seguros contratada y atendiendo a las condiciones particulares y generales del contrato.

Si tienes un seguro a todo riesgo, la aseguradora se hará cargo de los daños producidos, si así se recoge en las condiciones de la póliza

Cuando el seguro es a todo riesgo con franquicia, si el asegurado o tomador del seguro da un parte de daños propios, la entidad aseguradora se hará cargo del importe de la reparación que exceda del importe de la franquicia y el tomador del seguro o el asegurado tendrán que abonar el importe de la franquicia pactada, en este tipo de caso es importante revisar previamente la póliza contratada y saber cuál es el importe de la franquicia antes de dar el parte por daños propios.

Cómo se tramitan los daños propios

Los partes por daños propios son tramitados de igual forma que los partes producidos por un siniestro o accidente, cada entidad aseguradora será la responsable de establecer los pasos a seguir para declarar un siniestro. Será necesario rellenar un formulario especificando los daños, la entidad aseguradora pondrá a disposición del asegurado un método para entregar este formulario (un email de contacto, a través de la app o de la web, etc.), seguramente un perito valore los daños y el profesional responsable del arreglo realizará un presupuesto que posteriormente tendrá que ser aprobado tanto por el tomador del seguro o el asegurado como por la entidad de seguros. Una vez que el presupuesto haya sido aprobado por ambas partes, el tomador del seguro y la entidad aseguradora, se procederá a la reparación.