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La emisión de una póliza constituye uno de los actos finales dentro del proceso de contratación de un seguro, y consiste en la formalización de esa póliza o ese contrato de seguro, en un acto en el que se produce la firma por la entidad aseguradora y por el tomador del seguro de la póliza confeccionada. En la emisión de una póliza se emitirán asimismo los recibos que dan lugar al pago de la prima, y en el momento en que se produce el pago de esta prima se produce lo que conocemos como perfeccionamiento de la póliza.
Antes de la emisión se ha debido pasar por diferentes etapas, por lo que la emisión de la póliza se constituye como el acto final en la relación entre las partes que dará pie al pago de la prima y al inicio de las coberturas pactadas.
Previamente se ha producido por parte del tomador la comunicación a la entidad aseguradora sobre el interés de suscribir un contrato de seguro con ella, solicitando la información precisa por escrito, en un documento denominado solicitud de seguro. La entidad aseguradora procede a enviar dicha información y ninguna de las partes queda vinculada en modo alguno tras esta etapa.
Posteriormente, se produce la propuesta de seguro, un documento en el que ya aparecen los contenidos principales de la póliza que se ofrece, como el objeto del seguro (el bien o la persona a asegurar), los riesgos asegurados, el periodo de vigencia del seguro, las compensaciones a las que el asegurado podrá acceder en el caso de que se llegase a producir el siniestro cubierto, y por supuesto, el importe de la prima que deberá ser abonado por el tomador.
Es interesante conocer que el hecho de proporcionar una propuesta de seguro a un futuro tomador vincula a la entidad aseguradora durante el plazo de quince días, plazo en el que no podrá alterar las condiciones del contrato que ha confeccionado para su estudio por parte del tomador.
La emisión de una póliza de seguro obliga a las entidades aseguradoras a su registro, ya sea la emisión de una póliza nueva, un suplemento a una póliza existente, o incluso una anulación de una póliza emitida anteriormente. Así, se llega a poder evaluar el volumen de negocio existente para una entidad aseguradora, ya que el conjunto de las pólizas emitidas, así como las primas establecidas para las mismas, son elementos que permiten el control y la evaluación del negocio de una entidad.
Una propuesta de seguro vinculará a la aseguradora durante quince días, por lo que no se podrán alterar sus condiciones
Por tanto, cada seguro de hogar quedará registrado tras la emisión de la póliza correspondiente, cada seguro de vida, cada póliza, en definitiva, necesita de su emisión para poder constituirse como una póliza de seguro válida.
El término “emisión” en el ámbito asegurador y contable se usa también para hacer referencia a las pólizas de nuevos clientes y a sus renovaciones, con términos como “emisión de nueva producción”, “emisión fija”, “emisión bruta” o “emisión de cartera”, identificando así las diferentes acciones de una aseguradora.
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