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Es un documento elaborado por un profesional experto, conocido comúnmente como “perito”, en el que este expone sus investigaciones y responde a las cuestiones realizadas por un peticionario al respecto de un tema en concreto. El informe es realizado por encargo de un tribunal o de alguna de las partes implicadas en un proceso judicial o extrajudicial, y es admitido como medio de prueba válido dentro del mismo. Es una herramienta más a disposición del juez que le permite entender aspectos complejos de los hechos acontecidos y juzgados. En un alto porcentaje de casos, este documento permite resolver el incidente o litigio sin necesidad de ir a juicio. Los informes periciales se utilizan mucho en seguros de salud o seguros de hogar.
En este sentido, es fundamental que el perito judicial sea un profesional que no tenga ninguna relación con el proceso judicial del que forme parte. Su opinión no tiene otro objetivo más allá de dar respuesta a algunas dudas planteadas por el peticionario, analizando los hechos juzgados desde un punto de vista técnico y objetivo. Por eso, el perito judicial siempre debe ser un titulado oficial en la materia de estudio que proceda o estar en disposición de aportar pruebas de una trayectoria reconocida con el fin de poder aportar credibilidad a su informe. En caso de no considerarse apto un perito, se puede designar otro.
Además, todo informe debe realizarse bajo las normas de Enjuiciamiento Civil y Criminal, acreditando la veracidad de todo lo que sostiene en función a una base técnica y científica. Debe ser claro, conciso y evitar expresar opiniones ajenas al análisis concreto de los hechos, utilizando para ello documentos, pruebas periciales o fotografías que ayuden a fundamentar el dictamen. Puede ser presentado por escrito o mediante una comparecencia oral por parte del perito ante el juez, si este así lo cree necesario.
El informe judicial es solo una parte del proceso judicial, es decir, que debe presentarse junto con el resto de pruebas
Por otra parte, un informe de estas características también es una herramienta realmente práctica en todas aquellas causas que también requieran de un análisis experto y de una investigación mediante técnicas científicas. En ese sentido, son muchos los procesos que pueden requerir una valoración experta y muchos los ámbitos profesionales objeto de estos. Desde informes económicos de empresas o particulares a informes psicológicos o médicos, pasando por análisis toxicológicos, forenses, de balística, informes técnicos de construcciones y obras...y así un largo etcétera. Cada ámbito requiere un informe adecuado, así como cada perito realiza informes en función de su formación y experiencia, de tal forma que no todos los informes periciales son iguales.
Pero normalmente debe contener al menos el objeto del informe, donde se recoge quién lo solicita, la naturaleza del encargo y el contexto del problema; la documentación analizada, las pruebas, inspecciones o análisis realizados por el perito en su investigación; la metodología seguida; la valoración y conclusiones a las que ha llegado el perito y su firma.
En resumen, el informe pericial no es sino la opinión emitida por un experto respecto a unos hechos concretos objeto de un proceso judicial. Y como tal, no es definitorio en sí mismo, hay que incluirlo junto con el resto de las pruebas documentales dentro del expediente judicial. Finalmente, debe ser el juez, si no se ha logrado antes un acuerdo, quien tomando en consideración todos los elementos, tome una decisión final y determine la responsabilidad penal.
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