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¿Quién es responsable del tratamiento de tus datos personales?
• CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A., GRUPO DE SEGUROS EL CORTE INGLÉS (Sociedad Unipersonal) Inscrita en la DGSyFP con Nº J0200 / Concertado Seguro de Responsabilidad Civil y Capacidad Financiera, según legislación vigente. Existencia de vínculo estrecho con Seguros El Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, S.A.U.
• N.I.F.: A-28128189
• Domicilio social: C/ Hermosilla 112, 28009 - Madrid
• Domicilio oficina principal: C/ Princesa 47, 28008 - Madrid
• Datos registrales: Registro Mercantil de Madrid: Tomo 945, Folio 1, Inscripción 32, Hoja M – 18707.
Representante de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS: delegado.protecciondatos@seguroseci.es
¿Con qué finalidad recabamos tus datos personales?
Facilitarte un presupuesto del seguro o servicio solicitado según los datos que has indicado, así como, en su caso, llevar a cabo la contratación del seguro o servicio solicitado.
¿Por cuánto tiempo almacenamos tu información personal?
Tus datos serán conservados mientras dure la actividad y una vez finalizada se conservarán durante el tiempo legalmente establecido.
¿Cuál es la legitimación que tenemos para realizar su tratamiento?
La legitimación para el tratamiento viene determinada por tu consentimiento, que ha sido prestado y recabado a través de la solicitud que has realizado en nuestra web. En caso de que realices una contratación, la legitimación para el tratamiento de tus datos será la ejecución del contrato.
¿A quién podemos comunicar tu información personal?
Se podrán comunicar los datos facilitados por el cliente para realizar la tarificación o contratación del seguro o servicio, así como a las Administraciones Públicas que lo requieran en virtud de disposición legal.
¿Cómo puedes ejercer tus derechos?
Tienes derecho a obtener el acceso a tu información personal, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos.
En determinadas circunstancias, y por motivos relacionados con tu situación particular, podrás oponerte al tratamiento de tus datos. Tu información personal dejará de tratarse para aquellas finalidades respecto de las que hayas manifestado tu oposición. De igual forma puedes ejercer el derecho de limitación del tratamiento de tu información personal, solicitándonos la conservación de la misma.
En determinadas circunstancias, podrás solicitar la portabilidad de tus datos a otro responsable de tratamiento.
Podrás ejercer tus derechos sin coste alguno, recibiendo una respuesta en los plazos establecidos por la legislación vigente en materia de protección de datos. Puedes elegir entre los siguientes medios:
Solicitud escrita y firmada dirigida a Centro de Seguros y Servicios, Correduría de Seguros, S.A.U., Grupo de Seguros El Corte Inglés en la C/ Princesa, nº 47, 28008 - Madrid (Servicio de Atención al Cliente), debiendo adjuntar copia del documento que acredite tu identidad, así como su dirección de correo electrónico, si dispones de ella.
Solicitud a la dirección de correo electrónico: atcliente@cess.elcorteingles.com, adjuntando fotocopia y/o copia escaneada del documento que acredite tu identidad.
- Llamando al teléfono 91 266 87 56, Servicio de Atención al Cliente de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS.
Puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, especialmente cuando no estés satisfecho con la respuesta al ejercicio de sus derechos. Para más detalle, puedes consultar la web www.agpd.es
Este término se refiere a lo que se deja de percibir a consecuencia del no cumplimiento de un contrato, de un acto no lícito o de perjuicios que nos ocasionen terceras personas. Lo que se conoce como carga de la prueba debe hacerse de mano de quien demanda y tiene que probar que realmente existe esa pérdida de ganancias.
Si tenemos una panadería, podemos desplazarnos al establecimiento de un mayorista que distribuya materia prima para comprar lo que necesitamos. Pero cuando regresamos a nuestro negocio para dejar lo comprado, tenemos un accidente de coche y la carga que transportábamos se malogra, rompiéndose los sacos de harina, por ejemplo. De aquí podemos extraer que el dueño de esta panadería acaba de sufrir un menoscabo económico, ya que ha perdido lo que acaba de adquirir y, además, no podrá emplearlo para fabricar pan y venderlo, con lo que aumenta su pérdida pecuniaria. El daño emergente sería el coste de la harina perdida. Y el perjuicio económico, no poder hacer el pan y perder su posterior venta. Es esta pérdida de ventas lo que se entiende por lucro cesante. El seguro de coche podrá ayudar con la reparación de los daños del vehículo, pero se debe contar con un seguro para el negocio que específicamente cubra estas eventualidades.
Las indemnizaciones por daños y perjuicios buscan restituir los daños cometidos, pero será necesario definirlo y acreditarlo con anterioridad. Los mencionados daño emergente y lucro cesante componen los dos tipos de daños patrimoniales.
El primero se vincula con los costes generados por la reparación de daños ocasionados y los derivados de un no cumplimiento. Puede justificarse mediante documentos y/o facturas. Recordamos que es necesario que haya un nexo causal entre el quebranto y el hecho que causa el daño.
El segundo está relacionado, como hemos visto, con el monto económico que se deja de recibir a consecuencia de un acto lesivo.
La prueba a la que nos referíamos más arriba tiene que hacerse por indicios o de una manera no directa. Esto responde a la lógica, ya que estamos intentando probar un hecho que no ha llegado a producirse, pero las pruebas que toman los indicios como base son bastante habituales en los procedimientos judiciales de carácter civil.
Una forma de calcular estos perjuicios sería tomar como base las ventas obtenidas en el mismo periodo del mes o año anterior, para las que se hubiera usado la misma cantidad de harina perdida en el accidente de tráfico, por ejemplo. A veces, hay que recurrir a los apuntes contables de la empresa, documentación fiscal o pruebas realizadas por peritos.
Calcular esta cantidad ofrece una dificultad mayor que determinar el importe de las ganancias no obtenidas, porque hay que convencer a un juez de que existen realmente. Concretar el valor de un lucro cesante depende de muchas variables, por lo que la labor de determinarlo conlleva cierta dificultad.