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La prueba del daño es la muestra de que efectivamente se ha producido una lesión o un perjuicio. La definición de esta expresión viene dada por el significado de los dos términos que la forman. Por un lado, según el Diccionario de la Real Academia Española, prueba quiere decir muestra que se da de algo. Y, por otro, daño es, según el Diccionario panhispánico del español jurídico, un perjuicio o una lesión.
En el ámbito de los seguros en el que nos encontramos, el daño que ha sido causado debe cumplir dos requisitos imprescindibles: primero, estar probado por el tomador del seguro y, segundo, cubierto por la póliza contratada.
El tomador del seguro es la persona responsable de hacerse con muestras del daño sufrido, de recopilar pruebas de que el daño es tal y como se reclama a la compañía de seguros. Para ello, son muy importantes las fotografías del siniestro tal y como nos lo encontramos en el momento posterior a que ocurra y también del máximo número de detalles que podamos obtener. Por ejemplo, en los seguros de hogar, siempre con el objetivo de que el seguro se haga cargo de cubrir y reparar el daño que ha sufrido nuestra vivienda, se recomienda tomar fotos en caso de incendio o también de robo, para que se pueda comprobar exactamente el daño causado y el estado en el que ha quedado la propiedad después del siniestro.
Sin embargo, la Ley de Contrato de Seguro en su artículo 38 afirma que, a pesar de que incumbe al asegurado la prueba de la preexistencia de los objetos, el contenido de la póliza siempre constituye una presunción de inocencia a favor del asegurado cuando, de manera razonable, no pueda aportar pruebas más eficaces. Es decir que, tan importante como sacar fotos u obtener pruebas de los daños, lo es ser minucioso en el condicionado de la póliza a la hora de llevar a cabo su contratación. Cuanto más detalladamente se puedan describir los objetos que forman parte del contenido de la vivienda, será mejor para poder reclamar en caso de que ocurriera un siniestro.
Además de proporcionar pruebas, es muy importante asegurarse de que ese daño está cubierto en la póliza contratada
Sin embargo, como decíamos anteriormente, de nada sirve que el tomador presente todas las fotos posibles para probar un daño si esa cobertura concreta no estaba incluida dentro de su póliza, es decir, si no tenía contratada esa garantía en el seguro. Volviendo al ejemplo anterior sobre el robo en una vivienda, el tomador del seguro puede haber hecho todas las fotos posibles, pero si no tenía la cobertura de daños por robo incluida en la póliza de su seguro, la compañía aseguradora no se hace cargo de la reparación de los daños ni del reembolso de los bienes sustraídos y, finalmente, todo correrá por cuenta del propietario de la vivienda.
Por ello, para finalizar, queremos recalcar la importancia tanto de que el daño pueda ser probado como de que la cobertura de dicho daño esté amparada por la póliza contratada.
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