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Subrogar es un término en el ámbito del derecho que hace referencia al hecho de delegar o reemplazar una competencia hacia otro. Una persona sustituye a otra en una obligación en concreto.
La parte aseguradora podrá utilizar esta subrogación en diversos tipos de seguro, siendo los más frecuentes el seguro de hogar, de moto y de coche por la exposición que tienen estos riesgos de ser dañados por terceras personas.
Es un concepto algo complicado y para que se pueda comprender mejor diremos que es cuando el asegurado transfiere al asegurador sus derechos contra una tercera persona tras un siniestro. Esta situación se mantendrá en el tiempo hasta que llegue el momento en el que la tercera persona responsable del siniestro abone la indemnización requerida.
La compañía aseguradora nunca podrá utilizar la subrogación en perjuicio de su asegurado. Sin embargo, es obligación del asegurado hacer todo lo que le sea posible para permitir al asegurador que ejerza sus derechos derivados de la subrogación. Es decir, deberá facilitar el ejercicio de los derechos que obtiene el asegurador en contra de la persona responsable del siniestro.
Incumplir esta obligación por parte del asegurado le supondrá indemnizar por los perjuicios que esto pueda causar.
Por lo tanto, será el asegurado quien estará obligado a proteger los intereses de su aseguradora con el fin de que esta pueda recuperar las cantidades cubiertas por los daños producidos en un siniestro. La manera que el asegurado tiene para cumplir con dicha obligación pasa por informar desde el primer momento a la tercera persona responsable para que tenga la oportunidad de hacer partícipe a su aseguradora de lo ocurrido (en el caso de que esté asegurado) en tiempo y en forma.
En el caso de que el asegurador pague una indemnización en un seguro de daños, se coloca en nombre del asegurado contra las personas comprometidas en la ocurrencia del siniestro.
El tomador del seguro deberá informar a la tercera persona responsable para que esta avise a su aseguradora
Pongamos un ejemplo para poder entender mejor esta situación:
Un asegurado, de nombre Esteban, tiene un seguro de coche contratado con una compañía aseguradora. Un día, otro conductor comete un error y termina ocasionando en el coche de Esteban importantes desperfectos.
La compañía aseguradora con la que tiene el seguro Esteban le repara el coche indemnizándole por los daños sufridos. La compañía se subroga en los derechos de Esteban para reclamar al conductor que ha chocado con él para que sea quien pague los daños ocasionados, dada su culpabilidad.
Tras esta situación, Esteban pierde su derecho a reclamar que el culpable le pague el total de los daños ocasionados a él, puesto que ese derecho está ahora en manos de su aseguradora, quien se encargó de solucionar los daños de su coche.
Ahora bien, la subrogación siempre llegará hasta los límites que se hayan pagado. Es decir, si los daños ocasionados en el coche de Esteban alcanzan una cuantía de 12.000 euros, pero la aseguradora sólo le cubrió por valor de 8.000, en este caso la aseguradora se subroga en el derecho a reclamar al conductor culpable hasta los 8.000 euros que ellos como compañía han desembolsado. Para los 4.000 restantes, Esteban mantiene su derecho a reclamar directamente al conductor culpable esa cantidad.
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