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Dependerá de la causa por la que se hayan producido las filtraciones. No obstante, si es por una falta de mantenimiento manifiesta estarán excluidos los daños.
Como en todos los siniestros ante los que nos protegemos mediante una póliza de seguro, la situación en la que se produzcan estos daños por filtración de lluvia y las cláusulas en particular de nuestro seguro, determinarán si estamos cubiertos por la compañía y en qué medida esta nos debería indemnizar.
Para entender un poco mejor cómo funcionan estos daños por agua, debemos tratar de profundizar en los tipos de daños por agua más comunes y si están cubiertos o no de manera habitual por los seguros de hogar. Para empezar, debemos entender que los daños por agua que cubren de manera general estos seguros se refieren a los problemas ocasionados por las filtraciones o roturas de las tuberías o grifería de la vivienda, y no a los daños atmosféricos como la filtración por lluvia. De manera habitual las aseguradoras ofrecen también esta cobertura, pero tendría que contratarse aparte del “seguro básico” de hogar (en algunas compañías esta cobertura ya está incluida, pero conviene cerciorarse bien a la hora de su contratación). En algunos casos las compañías ofrecen este tipo de coberturas “opcionales” combinadas con otros tipos de coberturas como por ejemplo la de incendios.
Esta cobertura para los daños por agua que va incluida en los seguros de hogar, en la mayoría de los casos cubre únicamente las fugas en las tuberías y los daños provocados en suelos, paredes, techos, etc., pudiendo cubrir también los daños estéticos, aunque en muchos casos esta cláusula debería haber sido contratada previamente, constando así en la póliza. Únicamente quedarían cubiertos los daños ocasionados por filtración por lluvias en aquellos casos en los que se demuestre un volumen de lluvia superior a cuarenta litros por metro cuadrado a la hora, como norma general empleada por la mayoría de las aseguradoras.
En el caso de las inundaciones, tendremos que revisar la póliza y tener en cuenta si contamos con esa garantía que, de manera habitual, siempre que las lluvias superen los cuarenta litros por metro cuadrado a la hora, cubrirá el siniestro. Si esta inundación ha sido provocada por un fenómeno meteorológico extraordinario, nuestra aseguradora tramitará la indemnización a través del Consorcio de Compensación de Seguros, que se hará cargo de ella. Dicho esto, debemos tener en cuenta que la única manera de quedar totalmente protegidos es teniendo siempre vigente un seguro de hogar, para que, aunque se dé una situación de carácter extremo, podamos estar cubiertos o bien por la compañía o bien por el Consorcio de Compensación de Seguros.
Cuando ocurre una inundación, es muy habitual que se generen lodos en la vivienda que deben retirarse. Los gastos derivados de la extracción y recogida de estos lodos pueden ser indemnizados por la compañía si la causa que los provocó es uno de los riesgos cubiertos por la póliza.
En los casos en los que los asegurados decidan contratar adicionalmente al seguro de hogar los daños por filtraciones (ya sean por lluvias, granizo, o nieve), estos quedarán indemnizados con un tope máximo acordado en la póliza y bajo unas condiciones concretas como un volumen de agua mínimo por metro cuadrado, una velocidad del viento superior a la especificada en el contrato y la necesidad de entregar un certificado que acredite estos datos en caso de siniestro, que se deberá solicitar al Instituto Metereológico Nacional. En algunos casos, cuando la índole del siniestro es un fenómeno atmosférico inusual e imprevisible, el Consorcio de Compensación de Seguros se hace cargo de la reparación de los daños. Este Consorcio se lleva por ley una pequeña parte de cada seguro de hogar para hacer frente a estas catástrofes cuando ocurren, como por ejemplo ante los daños provocados por terremotos, erupciones volcánicas, maremotos, inundaciones extraordinarias, caídas de cuerpos siderales o tempestades ciclónicas atípicas.
El daño por agua más recurrente son las humedades, pero no todas son ocasionadas por filtraciones, existen distintos tipos:
Por capilaridad
Por filtraciones
Por condensación
¿Qué ocurre en caso de provocar nosotros esa filtración de agua a un vecino? En este caso, deberemos acudir a revisar nuestra póliza de seguro de hogar, ya que los siniestros ocurridos por omisión del cierre de grifos y llaves de paso no siempre están cubiertos por la compañía. En caso de ser una tubería nuestra la que provoque daños por agua al vecino, nuestra aseguradora se encargará de la reparación a través de la cobertura de Responsabilidad Civil (y no de la cobertura de daños por agua).
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