Según el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, que aprueba la Ley sobre la Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, todo propietario de un vehículo a motor cuyo estacionamiento habitual esté en España tiene la obligación de estar asegurado.
Si se entiende que una moto o ciclomotor está estacionado en España, y por ello debe cumplir la norma cuando:
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