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En España, según se establece en la normativa jurídica vigente al respecto, concretamente en el artículo 2 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, todas las personas que son propietarias de un vehículo a motor, entre los que se encuentran las motos (motocicletas, escúteres y ciclomotores), tienen la obligación de contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil para el mismo; póliza que también tendrá validez en el resto de los países que componen la Unión Europea (UE). Se trata del seguro más básico de los que se pueden contratar para una moto y tiene como principal finalidad cubrir los daños causados a terceras personas, ya sean de carácter corporal (en las personas) o material (en su patrimonio). Pero este seguro es el único obligatorio y, por lo tanto, dependerá de cada asegurado en particular incluir o no más coberturas en su seguro de moto. Entre estas opciones, se encuentra la garantía de Robo, gracias a la que, en caso de que al asegurado le sea sustraída la moto, la compañía tendrá que indemnizarle según lo dispuesto en la póliza.
¿Qué hacer en caso de robo?
Una vez aclarado que no es obligatorio contratar la cobertura de robo al suscribir un seguro para una moto (motocicleta, escúter o ciclomotor), si no que es una garantía opcional (que el asegurado decide contratar si desea cubrir el riesgo de que su moto sea robada), conviene que el propietario de la moto (o el asegurado) tenga en cuenta una serie de circunstancias si se da el caso de tener que enfrentarse a la situación descrita. En ese sentido, antes de nada, el propietario de una moto debe tener presente que anualmente, de media, solamente el 10% de las motos robadas en España (según los cálculos de algunas aseguradoras, unas 180 cada día) son recuperadas, circunstancia que hace que la cobertura de Robo en el seguro de moto cobre más importancia.
Pues bien, si el propietario de una moto (motocicleta, escúter o ciclomotor) sospecha que su vehículo ha sido robado, en primer lugar, debe comprobar fehacientemente que el vehículo de dos ruedas en cuestión no haya sido retirado de la vía pública por los agentes de tráfico, debido al incumplimiento de alguna norma, y se encuentre entonces estacionado en un deposito municipal de vehículos, para lo que el asegurado deberá ponerse en contacto con las autoridades competentes.
A continuación, tras haberse cerciorado de que su moto no ha sido retirada de la vía pública por las autoridades municipales, el propietario de la misma tendrá que denunciar su desaparición ante los cuerpos de seguridad del estado; en la actualidad, no es necesario acudir a una comisaría, dado que el trámite puede llevarse a cabo a través de internet. Al respecto, es muy importante dar parte de lo ocurrido cuanto antes, ya que desde ese momento su propietario no será responsable de lo que otras personas hagan con su moto (infracciones, daños corporales y materiales a terceros, daños en el vehículo…). En ese sentido, en el momento de anteponer la denuncia, el asegurado necesitará estar en posesión del mayor número de datos de tu moto posible: marca, modelo, matrícula, número de chasis y número de motor. Asimismo, el proceso de recuperación de la moto será mucho más sencillo si se dispone de la documentación original de la moto, por lo que dejarla guardada debajo del asiento del vehículo no es una buena idea.
Asimismo, una vez que el propietario haya denunciado la desaparición de su moto ante los cuerpos de seguridad del estado, el siguiente paso que debe dar es ponerse en contacto con su compañía aseguradora y trasladarle todo lo ocurrido. Por norma general, el plazo que contemplan las aseguradoras para comunicar el robo de un vehículo suele ser de 24 horas; información que tendrá que ir acompañada de una copia de la denuncia.
¿Cómo funcionan las Indemnizaciones por robo?
Hasta aquí, se han indicado los pasos que básicamente tiene que seguir el propietario de una moto cuando ésta le ha sido sustraída. Por lo que, a partir de este momento, contar o no con la garantía de robo (con o sin franquicia) para el vehículo de dos ruedas en cuestión, sin duda, marca la diferencia. De hecho, en el caso de no haber contratado la cobertura de Robo para su moto, el propietario de la misma quedará a expensas de lo que los cuerpos de seguridad del estado puedan hacer para recuperarla. Sin embargo, si el propietario tiene incluida la garantía de Robo en su póliza de seguro de moto, las cosas cambian sustancialmente.
En ese sentido, las indemnizaciones que el asegurado puede recibir como consecuencia del robo de su moto pueden variar en función de distintos factores. Así, con relación al robo de vehículos (entre los que se encuentran las motos), las entidades aseguradoras contemplan tres posibles escenarios al respecto: el robo total, el parcial o el intento de robo: el total conlleva la sustracción completa del vehículo, el parcial implica la desaparición de una o varias piezas de la moto y el intento de robo genera daños en la moto como consecuencia del mismo.
En primer lugar, con respecto a la indemnización por robo total en el seguro de moto, resulta conveniente que el asegurado tenga presente que las entidades aseguradoras suelen equiparar este escenario con la perdida total (el conocido como siniestro total). Pero, ¿qué es la pérdida total por robo en el seguro de moto? Pues bien, se trata de una circunstancia que viene detallada en cada póliza de seguro de moto en particular y consiste en que, en caso de robo total, la compañía, por regla general, solo indemnizará al asegurado con el 100% del valor de la moto si ésta no supera los dos años de antigüedad desde su primera matriculación; en el caso de tener más de dos años, la entidad aseguradora compensará al asegurado en función del valor venal del vehículo en particular justo antes de denunciarse el robo (en esta decisión tiene mucho peso la cantidad establecida para cada modelo en la guía Ganvan); coyuntura de la que el perjudicado habitualmente no suele salir airoso.
Por otra parte, en el caso de la indemnización por robo parcial, ésta será proporcional al coste de reposición de las piezas robadas; para calcular su importe total, la compañía tendrá en cuenta la antigüedad de los elementos sustraídos. Y, por último, si la moto ha sufrido daños como consecuencia de un intento de robo, la indemnización cubrirá el coste de su reparación. Pero, si la mencionada suma supera el valor venal de la moto en cuestión en el momento del siniestro, la compañía podría declararlo como siniestro total e indemnizar al asegurado únicamente en función de su valor venal.
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