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Según los últimos datos anuales hechos públicos, los vehículos de dos ruedas (motocicletas, escúteres y ciclomotores) tuvieron o provocaron el 3,7% del total de los percances registrados por el conjunto de vehículos a motor en España, es decir, más de 420.000 siniestros. Cifra que, durante los últimos años, ha seguido creciendo por diferentes motivos; el incremento en el número de unidades de este tipo de vehículos que circulan por las carreteras españolas o la antigüedad del parque móvil al respecto (12,5 años, según los últimos datos) son algunos de las mencionadas razones que se encuentran detrás de este paulatino avance en el número de accidentes sufridos por motos.
Pues bien, un siniestro en el seguro de moto se presenta cuando ha ocurrido alguno de los hechos contemplados en la póliza de seguro y que se encuentran garantizados; en ese sentido, dependiendo de cuales sean las garantías contratadas por el asegurado y de cómo se haya ocasionado el siniestro en cuestión, éste estará o no cubierto por el seguro.
Tipos de siniestro el seguro de moto
Antes de entrar a ver a qué tipo de siniestros se expone el conductor de una moto (motocicleta, escúter y ciclomotor) en España, su usuario debe tener en cuenta que, solamente por el hecho de conducir un vehículo de dos ruedas, se encuentra altamente expuesto a sufrir un percance; por ejemplo, un simple desequilibrio puede acabar en un caída en la que la moto quede dañada o, peor aún, en el que concurran daños personales. Por lo tanto, el riesgo de estar involucrado en un accidente es mayor cuando se conduce una moto que con la mayoría del resto de vehículos.
Al retomar la cuestión inicial, conviene tener claro que son numerosos y de diversa índole los siniestros en los que puede verse involucrado el conductor de una moto (motocicleta, escúter y ciclomotor), incluso sin, ni tan siquiera, estar circulando con ella. De hecho, debido a su extensa variedad, este tipo de siniestros pueden ser clasificados teniendo en cuenta diferentes variables. Por norma general, un siniestro de moto genera daños, que pueden ser tanto de carácter corporal (en las personas) como material (en el patrimonio de éstas).
En primer lugar, los siniestros de moto se pueden delimitar en función de qué conductor, de los implicados en el percance, ha sido el causante del mismo; es decir. Así, en el caso de que el usuario de la moto sea el culpable de lo ocurrido, su seguro solo se hará cargo de los daños ocasionados a terceras personas (tanto los de carácter corporal como material, gracias a la cobertura obligatoria de responsabilidad civil), excepto en el caso de tener contratada la garantía de daños propios. Sin embargo, si el conductor de la moto no ha sido el culpable, tanto los daños corporales como los materiales derivados del siniestro estarán cubiertos por el seguro; de hecho, una vez aceptados los hechos por parte de la aseguradora contraria, será nuestra aseguradora la que perite el vehículo y haga frente a los gastos que origine su reparación.
Asimismo, una vez aclarado que los daños ocasionados a terceros como consecuencia de un percance siempre estarán cubiertos (gracias al Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil), si no existe un tercero culpable, que un siniestro de moto esté o no cubierto por la entidad aseguradora dependerá de las garantías contratadas por el asegurado. En este sentido, la gran mayoría de las compañías que distribuyen seguros de moto en España, principalmente, ofrecen tres modalidades de seguro de moto y que cubren diferentes tipos de siniestros: “Terceros” o “Terceros Básico”, que incluye la garantía obligatoria de responsabilidad civil y, por lo general, otras como la responsabilidad civil voluntaria y la defensa jurídica y la reclamación de daños; “Terceros Ampliado”, en la que como en su propio nombre se indica se incorporan otras coberturas (la inclusión de una o de otras dependerá de cada entidad aseguradora en particular) que, por lo general, suele tener mayor valor, siendo el Robo (con o sin franquicia) y el Incendio (aunque algunas compañías la incluyen en la modalidad básica) las garantías más destacadas, pero también tienen cabida la cobertura de Recursos de Multas, la Asistencia en Viaje o el Seguro del Conductor; y “Todo Riesgo” (con o sin franquicia), sin duda, la más completa de todas. El mayor atractivo de esta modalidad se encuentra en la garantía de Daños Propios, que cubre los daños ocasionados a la moto asegurada como consecuencia de un accidente; además, algunas compañías también se hacen cargo de los daños sufridos en el casco y en la ropa del asegurado.
¿Qué es el siniestro total?
Además de en relación a todo lo expuesto anteriormente, las entidades aseguradoras también pueden clasificar los siniestros de moto atendiendo al coste de reparación del vehículo en particular. Es aquí, cuando puede entrar en escena el tan temido “siniestro total”. Pero, ¿qué es el siniestro total en el seguro de moto? Pues bien, se trata de una circunstancia que suele venir descrita y detallada en las pólizas de seguro de moto y consiste en que, en caso de siniestro, si el coste de la reparación de la moto siniestrada, por regla general, supera el 75% de su valor venal justo antes del instante de sufrir el siniestro, la compañía puede optar por no asumir el coste de la reparación e indemnizar al asegurado en función del valor venal del vehículo en particular en ese preciso momento (en esta decisión tiene mucho peso la cantidad establecida para cada modelo en la guía Ganvan); coyuntura de la que el perjudicado habitualmente no suele salir airoso.
Aun así, en el caso de que el asegurado tenga que enfrentarse a esta situación, es del todo recomendable que sea conocedor de que no se trata de decisiones irreversibles. De hecho, el asegurado tiene derecho a mostrarse en desacuerdo con la compañía y, por lo tanto, a reclamar al respecto. Así, en primer lugar, el asegurado puede hacer llegar su reclamación por escrito a la entidad. Además, en el caso de no recibir respuesta en ese sentido o de no ser de su agrado, el asegurado podrá contratar por su cuenta los servicios de un perito que valore los daños en la moto y trate de ponerse de acuerdo con el de la aseguradora. Si tampoco así la reclamación surte efecto, el asegurado puede solicitar la participación de un tercer perito (los gastos ocasionados al respecto correrán a medias entre el asegurado y la entidad). Por último, si nada de lo anterior hace cambiar de forma de parecer a la entidad, el asegurado tendrá la opción de acudir a la justicia ordinaria.
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