Protección jurídica en el seguro

Este es un término muy utilizado pero quizá menos conocido, así que si quieres saber un poco más acerca de esta cobertura, echa un vistazo. Pólizas

A menudo sucede que asumimos que en un seguro aparecerán coberturas y conceptos en general que no comprendemos y, al no saber cómo pueden ayudarnos, es posible que a la hora de necesitar de esa protección la busquemos fuera de lo que tenemos contratado. Un buen ejemplo de ello es la protección jurídica, esa cobertura que habrás visto innumerables veces en muchos de tus seguros pero que quizá nunca hayas utilizado por desconocimiento. Si quieres saberlo todo acerca de lo que la protección jurídica puede hacer por ti, te lo contamos.

¿Qué es la protección jurídica?

La protección jurídica es la garantía destinada a cubrir los gastos que se generen alrededor del asegurado en procesos judiciales o administrativos. Sirve para que el asegurado no se costee su propia defensa en las posibles reclamaciones que le hagan o que deba hacer él mismo y también cubre el asesoramiento legal que necesite. 

Contar con un abogado y procurador siempre será de ayuda de cara a enfrentar situaciones inesperadas

Esta garantía puede contratarse de forma específica, si se desea una cobertura mucho más amplia, pero lo más frecuente es que se cuente con ella en otros tipos de seguro como puede ser el seguro de hogarseguro de coche o de moto entre otros. Si bien es cierto que no todas las compañías la trabajan de la misma forma, pudiendo encontrar diferentes capitales, límites de garantías o incluso compañías que no la incluyen en ciertos seguros. Comprueba siempre antes de hacer una contratación que las garantías y sumas establecidas están fijadas acorde a lo que necesitas, dado que es muy frecuente que se establezcan cantidades distintas en función de si se hace uso de los profesionales que la aseguradora pone a disposición del cliente o si, por el contrario, el asegurado prefiere hacer uso de la libre elección de profesionales.

¿Qué seguros incluyen protección jurídica?

Como veíamos, hoy por hoy es habitual encontrar que la defensa o protección jurídica aparece contemplada en muchos seguros. En cada uno de ellos las condiciones para poder utilizarla y sus límites de garantías variarán ligeramente, por lo que siempre es recomendable conocer con qué coberturas contamos a la hora de iniciar o vernos inmersos en un proceso legal por cualquier causa.

Normalmente, en los seguros de hogar y de comunidades se cubren los gastos que se originan en relación con los siniestros de estos, pero también pueden incluir procesos de otro tipo. Por el contrario, en el seguro de coche o en el seguro de moto esta cobertura está exclusivamente destinada a cubrir lo relacionado con el riesgo asegurado y su uso, pero no cuestiones relacionadas con lo laboral, divorcios, etc. 

Otros seguros donde se puede tener cobertura de protección jurídica son los seguros de comunidad, seguros de decesos, seguros de responsabilidad civil, pólizas de locales o comercios, seguros de impago de alquiler…

¿Qué cubre la defensa jurídica de un seguro de hogar?

En el seguro de hogar es muy frecuente que encontremos esta cobertura, pero ¿realmente cómo puede ayudarnos contar con ella?

Infinidad de trámites cotidianos pueden requerir de gestiones de tipo administrativo e incluso judicial que habitualmente cubre nuestro seguro de hogar como gestiones que tengan relación con obras, disputas, desacuerdos con la comunidad de vecinos, suministros o ciertos accidentes, entre otros.

Los servicios que generalmente incluye la defensa jurídica en el seguro de hogar son:

  • Los trámites para las posibles indemnizaciones por los daños o perjuicios que sufra tanto el asegurado como alguno de sus bienes.
  • La gestión de reclamación de posibles desperfectos causados por terceras personas, así como actividades que puedan resultar peligrosas o molestas para el asegurado.
  • La Responsabilidad Civil.
  • El asesoramiento jurídico telefónico frente a múltiples situaciones.
  • Las reclamaciones de consumo relacionadas con bienes y servicios como pueden ser los suministros contratados.
  • La redacción y revisión de los documentos legales necesarios.
  • El asegurado podría contar también con una defensa penal y laboral siempre que no exista por su parte mala fe en los hechos acontecidos.

En qué te puede ayudar la cobertura de protección jurídica de tu seguro

Con la protección jurídica puedes dar por hecho que tu aseguradora defenderá tus derechos en caso de que tengas que reclamar algo.

Pongamos algunos ejemplos para comprender mejor en qué casos esta cobertura puede ayudarte:

Supongamos que un día llegas a casa y descubres que un daño por agua sucedido en la vivienda superior o contigua a la tuya ha ocasionado daños en tu propia casa. Lo normal en esta situación es que, tras avisar al causante de este daño -tu vecino-, él avise a su aseguradora y pronto comiencen todos los trámites y arreglos necesarios para que tu vivienda quede tal y como estaba antes de ese siniestro. Ahora bien, si a menudo no sabemos exactamente qué coberturas y límites tenemos contratados en nuestra propia póliza, es difícil saber si un vecino cuenta o no con un seguro de hogar, cuánto le cubre o si tiene su seguro lo suficientemente actualizado como para poder hacer frente a los posibles siniestros que sucedan… En el caso de que ese vecino no pueda hacer frente a la reparación de nuestra casa ya sea por no tener contratado un seguro para ello o bien porque su póliza no contempla esos daños o por cualquier otro motivo, se puede reclamar legalmente y, para ello, tu seguro de hogar te respaldará gracias a la garantía de protección jurídica.

Otro ejemplo muy interesante dado que cada día somos más los que decidimos movernos por la ciudad sin aumentar la contaminación y, de paso, haciendo algo más de deporte, es el de las bicicletas.

En el caso de tener un accidente relacionado con una bicicleta la protección jurídica de tu seguro interpondrá la reclamación de indemnización en el caso de ser víctimas o nos defenderá en el caso de que otros nos reclamen a nosotros, siempre y cuando no haya existido mala fe por nuestra parte en ese suceso.