Consideramos a nuestras mascotas como un miembro más de la familia, y que, por tanto, viven en nuestra casa. Por este motivo son también consideradas como nuestra responsabilidad, y por ende del propietario de la vivienda.
Dependiendo de la compañía con la que tengas contratado el seguro para el hogar, se incluye a tu mascota en la póliza o bien se adquiere esta garantía de forma independiente. Esto se hace porque algunas aseguradoras no quieren desfavorecer a aquellos clientes que no tienen un animal de compañía en casa.
Por normal general, los seguros para la vivienda que incluyen a tu mascota te protegen frente a la responsabilidad civil que conlleva ser el propietario de un animal de compañía. Se trata de la opción más económica, pero también la más básica, pues no incluye las coberturas que ayudan a reducir gastos imprevistos y a cuidar del animal.
Incluir a las mascotas en esta póliza suele ser gratuito. Sin embargo, has de tener en cuenta que el mero hecho de contratarla con responsabilidad civil no implica necesariamente la cobertura del animal. Para que conste, debe ir inscrito específicamente en el documento a la hora de formalizar el seguro.
La cobertura de responsabilidad civil, son los daños materiales o personales que la vivienda o los miembros que habiten en ella causen a terceras personas, a animales de compañía. Dentro de sus condiciones generales limitan la cobertura a perros, gatos, aves, roedores enjaulados, peces y tortugas, pero nunca incluyen a animales potencialmente peligrosos.
Por tanto, están excluidos los perros considerados peligrosos. Para ellos es obligatorio contratar un seguro específico de responsabilidad civil con una cobertura no inferior a los 120.000 euros. El motivo es que, debido a su naturaleza física, pueden ser proclives a causar daño a las personas que se encuentran en su entorno. Las ocho razas que no incluye el seguro de Hogar con responsabilidad civil son:
Además del seguro, la legislación exige a los dueños una licencia administrativa expedida por el municipio donde residan y cumplir ciertos requisitos como apuntarle al registro de animales peligrosos del ayuntamiento de su localidad.
La póliza mutlirriesgo de hogar no tiene que ser necesariamente más cara por incluir a nuestras mascotas, eso sí, subirá dependiendo de las coberturas que abarquemos, al igual que influye el tipo de vivienda.
Sí lo que buscamos también es además de estar cubiertos frente a cualquier incidencia, el bienestar de nuestro animal, es recomendable contratar un seguro de mascotas. Estos productos los protegen otorgándoles el cuidado que requieren, además de cubrir los gastos del veterinario y su responsabilidad frente a terceros.
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Normalmente las coberturas que abarca un seguro de mascotas son:
Existen distintas soluciones en el caso de que no seas propietario de una vivienda y estés de alquiler opciones para proteger a tu mascota y tus bienes, o los del arrendador.
Lo primero que debes saber es que según reza la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, es el propietario del piso quien tiene la última palabra. Además, ha de dejar constancia de su postura en el contrato de arrendamiento. En el caso de que el contrato no diga nada debes notificarlo y pedir permiso a los propietarios, para que no tengas problemas legales en el futuro.
De no hacerlo, si tu mascota causara molestias en la comunidad, te podrías ver en la calle, ya que según la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos), el arrendador tiene derecho a dar por finalizado el contrato de alquiler en algunos supuestos, como en el caso de que “en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas” (artículo 27).
Para evitarte problemas futuros lo mejor es hablarlo siempre con antelación y revisar bien los contratos. Así sabrás que coberturas tiene el piso o podrás negociar con el casero ciertos términos y condiciones en los que ambos podáis salir beneficiados.