¿Qué son los seguros personales?
En este artículo podrás informarte acerca de
En el campo de los seguros se puede hacer diferencias entre los seguros que se refieren a la protección de objetos, como pueden ser un seguro de coche o de moto, o un seguro de hogar, de los que se enfocan en la propia persona como bien a proteger.
¿Qué son los seguros personales?
Por lo que acabamos de leer, cabe deducir que los seguros personales son aquellos que se centran en la persona como el foco de su protección, cuyas coberturas o garantías están hechas para proteger al individuo o sus beneficiarios, por lo general también personas.
Ya definido el objeto de la protección de la póliza en cuestión podemos decir que existe un buen número de factores según los que podemos diferenciar estos seguros personales.
Ejemplos de seguros personales
Así, alguno de los seguros que, como hemos señalado, tienen a la persona por objeto son los seguros de accidentes, los seguros de salud, los seguros de dependencia o los conocidos seguros de vida. ¿Sabías que VidaMovida es el primer seguro que te paga por andar? Como lo oyes; así que si te gusta caminar este sin duda es tu seguro…
Los seguros de vida
Esta es una modalidad de seguro personal que cuenta con un gran número de asegurados. Con una de estas pólizas, si se produjese un evento que culminase con el fallecimiento de la persona asegurada, una invalidez total y permanente o una enfermedad grave, el beneficiario recibiría la cantidad de dinero que se encontrase reflejada en el contrato.
Los seguros de vida se reparten en tres grupos principales: el primero, los seguros conocidos como seguros de fallecimiento o de vida riesgo, en los que se asegura tanto el fallecimiento como la invalidez permanente y total, y en los que la compañía de seguros se compromete a abonar a los beneficiarios una cantidad reflejada previamente en el contrato si se produce uno de los eventos que en él se indican. Si la persona no fallece alcanzada la fecha de vencimiento del contrato, la compañía no está obligada a abonar ninguna contraprestación.
Otro grupo lo conforman los seguros de vida ahorro o de supervivencia, por los que el beneficiario recibe el capital asegurado si el asegurado vive en la fecha de finalización del contrato. Los Planes de Previsión Asegurados (PPA) o los Planes Individuales de Ahorro Sistemático (PIAS) son dos ejemplos.
Por último, los seguros de vida mixtos, que prevén el pago de una cantidad si se produce el fallecimiento o la invalidez del asegurado, o el pago de dicha cantidad si, habiéndose cumplido la fecha de contrato, el asegurado no ha sufrido ningún suceso, por lo que se convierte en un complemento.
Todos ellos aportan beneficios, pero para conocer con mayor certeza cuál nos conviene o interesa más, hablar con un experto en seguros y que te ayude a comparar seguros de vida o utilizar tú mismo un comparador puede ser muy útil.
Los seguros de accidentes personales
En este tipo de seguros también estamos protegiendo a las personas, frente a un incidente que pudiera suceder en un momento inesperado y acarrease consecuencias para el asegurado.
Mientras que los seguros de vida se activan ante cualquier causa que tenga como consecuencia el fallecimiento o la invalidez del asegurado, los seguros de accidentes solo se activan cuando se produce eso, un suceso accidental. Dicho suceso da lugar al pago de una indemnización, ya sea al propio asegurado, que puede constar como beneficiario, como a otras personas designadas como tal en el contrato si se produce el fallecimiento accidental del asegurado.
Los menos conocidos de los seguros personales son los de dependencia, ya que los seguros médicos, de vida o accidentes cuentan con un gran número de asegurados entre la población
Muchos de estos seguros son contratados por trabajadores cuya actividad profesional se engloba en actividades de riesgo, en las que la integridad física de la persona se pone en peligro con frecuencia; en estos casos, es posible que la empresa que se dedica a esta actividad suscriba este tipo de seguro para sus trabajadores. En el caso de los trabajadores autónomos que tienen esta particularidad, son ellos mismos los que tienden a contratar este tipo de pólizas.
Seguros de salud
Los seguros de salud se encargan de proteger al asegurado cuando este necesita usar alguno de los servicios médicos que se incluyen en su póliza, ya sea una hospitalización, una cirugía, o la emisión de un diagnóstico.
Estas pólizas contemplan, según la modalidad, la posibilidad de acceder a un cuadro médico propio de la compañía aseguradora o a facultativos de libre elección, así como, en su caso, el acceso a hospitales y servicios propios, evitando al asegurado la necesidad de formar parte de una lista de espera que en ocasiones se dilata mucho en el tiempo. Asimismo, se ofrece, también, el acceso a segundas opiniones médicas, así como al uso de técnicas de diagnóstico avanzadas.
Dentro de estos seguros de salud también hay modalidades; podemos encontrar seguros de asistencia sanitaria directa, o seguros bajo la modalidad de reembolso de los gastos médicos en los que podamos haber incurrido, ya sea con cantidades previstas de copago o sin copago, así como seguros de salud que contemplan indemnizaciones para situaciones de hospitalización o intervenciones quirúrgicas que pueden tener como consecuencia un tiempo de baja temporal del trabajador afectado.
Seguros de dependencia
Quizás es la categoría menos conocida dentro de los seguros personales, pero no podemos terminar este artículo sin hacer referencia a este tipo de seguro personal.
Como su nombre indica, los seguros de dependencia prevén el pago de una cantidad cuando el asegurado sufre un suceso que le lleva a no poder valerse por sí mismo en el futuro. Dicho pago puede estar previsto en forma de una cantidad a ser abonada de una sola vez, o en forma de una renta de abono mensual. Además, como complemento a esta cobertura, podemos encontrar seguros de dependencia que proporcionan un servicio de asistencia personal al asegurado.
¿Qué cubre un seguro personal?
Los seguros personales cubren los hechos que se reflejen en la póliza suscrita, que puede ser de cualquiera de las modalidades que hemos ido desgranando en párrafos anteriores, pero siempre teniendo como objetivo final a la persona.
Los seguros de vida cubren, según el tipo de póliza de la que se trate, el fallecimiento o invalidez del titular, pagando una indemnización a sus beneficiarios siempre que se cumplan los requisitos del contrato de seguro, o abonan un capital en una fecha determinada si nos referimos a un seguro de vida ahorro como los PPA o los PIAS.
Los seguros de accidentes prestarán su apoyo en caso de que nos ocurra precisamente un accidente, algo con lo que no contamos y que trunca o dificulta la posibilidad de continuar con nuestra vida habitual temporal o definitivamente. En forma de indemnización económica, la póliza de accidentes responde si se produce alguno de los hechos en ella recogidos.
Si hablamos de seguros de salud, lo que cubren es nuestra asistencia sanitaria y la de aquellos que hayamos incluido en nuestra póliza como beneficiarios de la misma, que normalmente son cónyuge e hijos. Así, tendremos derecho a acudir a la consulta de los especialistas incluidos en el cuadro médico, o a la del profesional de nuestra libre elección si contamos con un seguro médico de reembolso. Hospitalización, intervenciones quirúrgicas y urgencias quedan también cubiertas gracias a esta póliza de salud, entre otros.
Si lo que nos sucede es que dejamos de poder valernos por nosotros mismos, y tenemos un seguro de dependencia, este se encargará de que, gracias a la indemnización que nos abonen, podamos tener la ayuda que necesitemos. Dentro de las coberturas de alguna de estas pólizas también figura la antes mencionada de asistencia personal, un complemento perfecto para que el día a día de las personas en esta situación no se vea tan afectado y puedan continuar con sus rutinas en la medida de lo posible.