Prejubilación: detalles y consejos
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La edad de 65 años ha sido hasta hace no mucho tiempo, una fecha clave marcada en nuestro “calendario de la vida laboral” como final de ésta y comienzo de la merecida jubilación. Si bien es cierto que algunas personas podían jubilarse antes y otras prolongar unos años más el desempeño de su profesión, la gran mayoría esperaba alcanzar esta edad para así obtener el máximo beneficio en su pensión. En el año 2013 se produjo un profundo cambio en la legislación en este sentido. En la actualidad, la edad de jubilación se prolonga, año tras año, hasta que en 2027 quede establecida en 67 años para todos los cotizantes. Sin embargo, los acuerdos entre las empresas y sus trabajadores para negociar una prejubilación se siguen manteniendo en muchas ocasiones, así como las jubilaciones anticipadas. Aunque ambos conceptos nos resulten muy similares, existen diferencias entre ellos que te vamos a tratar de explicar. También es interesante comenzar a pensar, por lo que pudiera pasar, que la idea de hacer un plan de pensiones cada vez suena mejor si consideramos que quizá necesitemos un aporte extra llegado el momento de finalizar nuestra vida profesional.
Diferencias entre prejubilación y jubilación anticipada
Si bien es cierto que el fin de ambos conceptos es abandonar la vida laboral antes de la edad legal de jubilación, esto se origina de forma diferente:
La prejubilación es un acuerdo que se realiza de forma privada entre la empresa y el trabajador. Éste deja de desempeñar su labor profesional en dicha empresa, usualmente algunos años antes de alcanzar la edad legal de jubilación aunque, en realidad, puede producirse en cualquier momento de su vida laboral. Esto no indica que el trabajador se convierta en pensionista.
En el caso de la jubilación anticipada, sí que la persona pasa a ser pensionista de la Seguridad Social, percibiendo una pensión contributiva antes de llegar a la edad legal de jubilación.
Es interesante recordar que la edad ordinaria de jubilación está siendo incrementada de forma paulatina desde que se produjo la actualización y adecuación del Sistema de la Seguridad Social, que comenzó a desarrollarse en el año 2013 y, sobre todo, valorar los años mínimos exigidos de cotización para que no se reduzca la pensión al llegar a la edad de jubilación establecida. Te recordamos que para 2021, se requiere que la persona tenga 66 años además de 37 años y 3 meses cotizados en la Seguridad Social. La regularización que se prevé hasta el año 2027 es que la edad del pensionista vaya aumentando 2 meses cada año hasta alcanzar los 67 de edad y los 38 años y 6 meses cotizados.
Beneficios de la prejubilación
Como indicamos anteriormente, al ser un acuerdo privado entre la empresa y el trabajador, ambas partes pactan las condiciones de la prejubilación de forma particular o bien siguiendo lo indicado en el convenio colectivo correspondiente. El trabajador va a seguir percibiendo un porcentaje del salario que tenía cuando estaba en activo –normalmente entre el 60 y el 80%– y además la empresa continúa pagando su cotización a la Seguridad Social, que tiene un convenio especial de prejubilación con las empresas. Por lo tanto, el tiempo de cotización se sigue sumando hasta que la persona alcanza la edad legal de jubilación, momento en el cual dejará de percibir el salario de la empresa y pasará a cobrar la pensión contributiva que le corresponda como jubilado. Obviamente, al trabajador le interesa que su salario se reduzca en el menor porcentaje posible durante su periodo de prejubilación pero no hay que pasar por alto la importancia de que la empresa cotiza durante este periodo de tiempo al menos una cantidad equivalente a la que venía haciendo cuando se estaba en activo. Por lo tanto te recomendamos que este sea un punto importante a negociar a la hora de plantearte una prejubilación.
La principal ventaja para el trabajador, aunque vea disminuido en un porcentaje su salario, es que dejará de trabajar unos años antes, pudiendo disfrutar de los mismos para desarrollar otras actividades privadas, sin dejar de mantener su cotización, que será clave en el momento de acceder a su jubilación definitiva.
Para la empresa supone una posibilidad de renovación de su plantilla de empleados, de forma individual o colectiva, lo que permite la entrada de nuevos trabajadores que comenzarán su formación práctica con anterioridad. Por otra parte, también supone un ahorro ya que se reducen los costes laborales en la parte del salario que deja de pagar a sus trabajadores prejubilados.
Condiciones de la jubilación anticipada
El hecho de ser un jubilado de forma oficial antes de alcanzar la edad legal, cobrando por tanto una pensión pública contributiva, requiere cumplir una serie de condiciones que sufren continuas modificaciones, como vimos anteriormente. La jubilación anticipada puede producirse de forma voluntaria por parte del trabajador, si cumple los requisitos legales, o de manera forzosa, por circunstancias externas.
En el caso de solicitar la jubilación voluntaria, las condiciones actuales que se solicitan son:
- Que resten dos años o menos para alcanzar la edad legal de jubilación, teniendo en cuenta las variaciones que ésta va teniendo.
- Tener cotizados al menos 35 años a la Seguridad Social.
- Que la pensión que le corresponda al aplicar el coeficiente reductor por la anticipación no resulte inferior a la que hubiera recibido cuando tuviera la edad legal de jubilación y le correspondiera cobrar la pensión mínima.
Todas estas condiciones también son aplicables a los trabajadores autónomos. En el caso de las personas con discapacidad de al menos un 45%, no se aplicará coeficiente reductor por anticipación y se permite la jubilación anticipada a edades más tempranas.
Recuerda que estas reducciones que se te apliquen a la hora de calcular tu pensión por jubilación anticipada se mantendrán cuando alcances la edad legal de jubilación.
Las circunstancias para que se produzca una jubilación anticipada forzosa son las siguientes:
- Que queden 4 años o menos para alcanzar la edad legal de jubilación.
- Haber estado inscrito como demandante de empleo durante al menos 6 meses antes de solicitar la jubilación.
- Tener un mínimo de 33 años cotizados a la Seguridad Social.
- Que el motivo del despido esté relacionado con una reestructuración empresarial, la que no permitiría que el trabajador continuase ocupando su puesto de trabajo.
En este caso, el coeficiente reductor que se aplica a la hora de cobrar la pensión de jubilación correspondiente es menor que en el caso de la jubilación anticipada voluntaria. También es importante recordar que los trabajadores autónomos no pueden acogerse a la jubilación voluntaria forzosa.
Viendo los altibajos que sufre desde hace años el mercado laboral y el aumento de la esperanza de vida, no está de más recordarte como apuntamos anteriormente, que existen otras opciones particulares que debes tener en cuenta para que, después de años y años dedicados al desempeño de tu trabajo, cuando alcances la edad de jubilación no tengas sobresaltos ni dificultades económicas. Recuerda que los planes de pensiones privados que hay en el mercado pueden ayudarte a conseguir un colchón económico de cara al futuro, que cada vez parece más incierto. Te ofrecemos la posibilidad de que lo compruebes contactando con nosotros, donde te informaremos de todas ventajas que te ofrecen.