El retraso en el pago de la prima de tu seguro podría suponer graves inconvenientes si tienes algún siniestro en ese periodo de tiempo.
Lo más importante que debes saber es que, salvo pacto en contrario, si por culpa del tomador la primera prima no ha sido pagada la Compañía Aseguradora tiene derecho a resolver el contrato y quedaría liberada de su obligación, lo que significa que te quedas sin cobertura, por lo que si tuvieras un accidente tendrías que responder con tu propio patrimonio ante las posibles lesiones y daños que pudieran ocasionarse por el siniestro.
Si el impago afecta a una de las primas siguientes, la cobertura del asegurador queda suspendida un mes después de su vencimiento. Si la Compañía Aseguradora no reclama el pago dentro de los seis meses siguientes al vencimiento de la prima se entiende que el contrato ha quedado extinguido.
Si el contrato no hubiera sido resuelto o extinguido conforme a lo indicado más arriba, la cobertura vuelve a tener efecto a las 24 horas del día en que el tomador pagó su prima de seguro, pero nunca tendrán cobertura los posibles siniestros que pudieran haberse producido durante el tiempo que el seguro estuvo en suspenso.
Por otro lado, si además de impagar el seguro sigues utilizando el vehículo, incurrirás en la ilegalidad de circular sin el seguro obligatorio de Responsabilidad Civil lo que te puede suponer una multa de hasta 3.000 euros.
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