Seguros de mascotas

Un seguro para cubrir los imprevistos más habituales de tu mascota, con asistencia veterinaria y responsabilidad civil

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¿Por qué contratar un seguro para tu mascota?

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    Evita gastos inesperados

    Cubre accidentes y otras situaciones que pueden tener un coste elevado

    Protección Mascotas

    Protección ante imprevistos

    Cobertura ante casos como robo, extravío o responsabilidad civil

    Personaje en un sillón

    Tranquilidad en el día a día

    Te acompañamos para resolver dudas y ayudarte cuando más lo necesites

Principales coberturas del seguro de mascotas

Incluye protección ante los imprevistos más habituales en el día a día de tu mascota

    Asistencia veterinaria por accidente y enfermedad

    Reembolso del 100% en un veterinario concertado y del 80% en el que tú prefieras, dentro de los límites de la póliza

    Robo y extravío

    Protección en caso de pérdida o robo, con ayuda para localizar a tu mascota y compensación económica

    Responsabilidad Civil (opcional)

    Cubre los daños que tu mascota pueda causar a terceros, con capital de hasta 200.000 €.

¿Qué incluye el seguro para tu mascota?

Aquí puedes ver el detalle de las coberturas que incluye el seguro de mascotas. Puedes ampliar tu póliza con la cobertura de Responsabilidad Civil, que es opcional.

COBERTURAS PRINCIPALES

Asistencia veterinaria por accidente

Cubre los gastos veterinarios derivados de accidentes sufridos por tu mascota, con un límite de hasta 1.000 € por anualidad. Incluye actuaciones como consultas, pruebas diagnósticas (radiografías, análisis), intervenciones quirúrgicas, hospitalización, cuidados postoperatorios y atención veterinaria a domicilio cuando sea necesario.

Se consideran cubiertos, entre otros, accidentes como atropellos, caídas, traumatismos, ingestión de cuerpos extraños (1 siniestro por anualidad), quemaduras o golpes de calor.

No incluye gastos derivados de enfermedades, intoxicaciones o tratamientos no relacionados con un accidente. Esta cobertura cuenta con un plazo de carencia de 15 días.

Asistencia veterinaria por enfermedad

Cubre los gastos veterinarios derivados de enfermedades, incluyendo consultas, pruebas diagnósticas, análisis, intervenciones quirúrgicas, hospitalización y cuidados posteriores, con el límite establecido por anualidad. Incluye atención en clínica o a domicilio y los tratamientos necesarios durante la asistencia veterinaria.

No incluye tratamientos preventivos, vacunas ni enfermedades o anomalías preexistentes. Esta cobertura cuenta con un plazo de carencia de 30 días.

Estancia en residencia por hospitalización del titular

Cubre los gastos de estancia de tu mascota en una residencia autorizada si tienes que ser hospitalizado por accidente, enfermedad o parto, con un límite de hasta 300 € por anualidad.

El tiempo cubierto se corresponde con los días de hospitalización, con un pequeño margen adicional para facilitar la recogida (de hasta dos días). Esta cobertura cuenta con un plazo de carencia de 15 días. 

Robo

Indemnización por el valor de tu mascota en caso de robo, hasta el límite establecido en la póliza. Para la tramitación es necesario presentar denuncia ante la autoridad competente con la identificación del animal. En caso de que el valor supere los 300 €, deberá acreditarse mediante documentación (factura, pedigrí u otros justificantes).

Si la mascota es recuperada tras el pago de la indemnización, será necesario reintegrar dicha cantidad para proceder a su recuperación.

Esta cobertura no incluye el hurto ni el extravío y cuenta con un plazo de carencia de 15 días.

Extravío

Cubre los gastos para ayudarte a localizar a tu mascota en caso de pérdida, incluyendo la publicación de anuncios en prensa o radio local, con un límite de hasta 150 €. También incluye los gastos de hospedaje del animal una vez localizado, hasta 75 €, si no puede ser entregado de forma inmediata.

Esta cobertura cuenta con un plazo de carencia de 15 días.

Asistencia telefónica

Servicio de información y asesoramiento telefónico para ayudarte en el cuidado y gestión de tu mascota.

  • Servicio de información: hoteles de España que admiten animales de compañía, peluquerías, adiestramiento, criadores, trámites para traslado de mascotas...
  • Servicio de asesoramiento: orientación veterinaria, información antes de viajar al extranjero, trámites con la administración...
  • Asistencia jurídica (consejo legal): para plantear cualquier situación o duda de ámbito legal que afecte a tu entorno en relación con tu mascota. 

El asesoramiento tiene carácter informativo y no incluye los costes derivados de gestiones o servicios externos.

Muerte por accidente

Indemnización por el valor de tu mascota en caso de fallecimiento o sacrificio necesario como consecuencia de un accidente, hasta el límite establecido en la póliza.

En caso de que el valor supere los 300 €, será necesario acreditarlo mediante documentación (factura, pedigrí u otros justificantes). Esta cobertura cuenta con un plazo de carencia de 15 días.

Gastos de sacrificio y eliminación de restos

Cubre los gastos de sacrificio y eliminación del animal cuando sea necesario por indicación veterinaria, con un límite de hasta 150 €. Se aplica en casos como accidentes graves o cuando exista un deterioro físico irreversible por enfermedad o vejez.

No incluye otros gastos veterinarios distintos al propio sacrificio y la eliminación del cadáver. Esta cobertura cuenta con un plazo de carencia de 15 días, que se amplía a 4 meses en caso de sacrificio por enfermedad o vejez.

Gastos de entierro o incineración

Cubre los gastos de entierro o incineración de tu mascota, con un importe de hasta 150 €. Esta cobertura cuenta con un plazo de carencia de 15 días, que se amplía a 4 meses en caso de fallecimiento por enfermedad o vejez.

Perro de raza pomerania sonriendo

Cobertura Opcional

Responsabilidad civil para tu mascota

Con la entrada en vigor en septiembre de 2023 de la nueva Ley de Bienestar Animal, los dueños de perros están obligados a disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros. En el seguro de mascotas que ofrece Seguros El Corte Inglés tienes la opción de añadir esta cobertura para completar tu protección: 

  • Daños personales y materiales a terceros, hasta 200.000 €
  • Defensa jurídica, fianzas y gastos legales, hasta 6.050 €
  • Cobertura para el asegurado y las personas de su entorno familiar conviviente.

En el caso de los gatos, a pesar de no ser obligatoria, es también muy recomendable si estos tienen acceso al exterior (daños en comunidades o vecinos) o si sueles recibir visitas en casa (arañazos o mordeduras). 

Aunque algunos seguros de hogar pueden incluir responsabilidad civil para mascotas, no siempre ofrecen límites suficientes o condiciones específicas. Esta cobertura está pensada para adaptarse a los riesgos de tu mascota.

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Seguros de Mascotas

Preguntas frecuentes

Información sobre seguro de mascotas - FAQ

¿Puedo elegir veterinario?

Sí, una de las grandes ventajas del seguro de mascotsa es que puedes elegir el veterinario que prefieras. El seguro cubre los gastos de asistencia veterinaria mediante un sistema de reembolso, por lo que no estás limitado a una red concreta de clínicas. Podrás acudir tanto a un veterinario concertado como a uno de tu elección.

Sin embargo, es importante señalar que si el veterinario no está en el cuadro médico, el reembolso será del 80%. Si eliges un centro concertado, el reembolso será del 100%. 

¿Me cubre el seguro de mascotas el robo del animal?

Sí, el seguro incluye una cobertura en caso de robo de tu mascota. Si el animal desaparece como consecuencia de un robo, se indemniza su valor hasta el límite establecido en la póliza. Para ello, es necesario presentar una denuncia ante la autoridad competente en la que consten las circunstancias del hecho y la identificación del animal.

En caso de que el valor del animal supere los 300 €, deberá acreditarse mediante documentación como factura de compra o pedigrí. Es importante tener en cuenta que esta cobertura no incluye el hurto ni el extravío –ya que se trata de situaciones diferentes– y que la cobertura dispone de 15 días de carencia. 

¿Es obligatorio el seguro de mascotas?

En España depende del animal y de la normativa aplicable.

Para los perros, la ley estatal exige contar con un seguro de Responsabilidad Civil. Además, algunas comunidades autónomas y ayuntamientos pueden establecer requisitos adicionales.

Para otros animales de compañía, como los gatos, por lo general no es obligatorio, aunque algo recomendable.

En cualquier caso, contar con un seguro ayuda a cubrir posibles daños a terceros y gastos imprevistos, ofreciendo mayor tranquilidad.

¿Se puede transferir el seguro si mi mascota cambia de dueño?

Con carácter general, el seguro está vinculado al tomador y al animal asegurado, por lo que un cambio de propietario debe comunicarse a la aseguradora para valorar cómo proceder.

En estos casos, lo habitual es revisar la póliza y determinar si es posible realizar un cambio de titular o si es necesario contratar un nuevo seguro.

¿Hay una edad límite del animal para contratar un seguro de mascotas?

Sí, para contratar el seguro de mascotas es necesario que el animal tenga una edad comprendida entre 3 meses y 7 años en el momento de la contratación. Una vez contratado, el seguro puede mantenerse mediante su renovación, aunque el animal supere esa edad.

¿Puedo asegurar más de un animal?

Sí, es posible asegurar más de un animal, pero cada mascota debe contar con su propia póliza, ya que el seguro se contrata de forma individual para cada animal. Para asegurar varios animales, es necesario realizar una contratación independiente para cada uno de ellos.

Información sobre seguros de vida - FAQ

¿Me cubre el seguro de mascotas la pérdida del animal?

Sí, el seguro incluye cobertura en caso de extravío de tu mascota. En estas situaciones, se cubren los gastos destinados a su localización, como la publicación de anuncios en prensa o radio, hasta 150 €, así como los gastos de hospedaje del animal una vez localizado, hasta 75 €, si no puede ser entregado de forma inmediata.

Es importante tener en cuenta que esta cobertura no incluye una indemnización por el valor del animal, ya que se trata de una situación distinta al robo.

¿El seguro de hogar cubre también a mi mascota?

Depende de la póliza. Algunos seguros de hogar pueden incluir cobertura de Responsabilidad Civil para mascotas, pero no siempre está incluida ni ofrece los mismos límites o condiciones. En el caso de los seguros de hogar que ofrece Seguros El Corte Inglés, sí está incluida. 

Sin embargo, esta cobertura es básica y se reduce a la Responsabilidad Civil, por lo que puede no ser suficiente para muchas de nuestras mascotas. Con un seguro puedes contar con una protección específica, adaptada a los riesgos de tu animal, incluyendo coberturas adicionales más allá de la responsabilidad civil.

¿Cubre el seguro los perros declarados potencialmente peligrosos?

Sí, es posible asegurar perros declarados potencialmente peligrosos, (PPP) siempre que cumplan con las condiciones de contratación del seguro.

En estos casos, es especialmente importante contar con una cobertura de Responsabilidad Civil, ya que es obligatoria según la normativa vigente y permite cubrir los daños que el animal pueda causar a terceros. 

Te recomendamos revisar las condiciones del seguro o contactar con nosotros para confirmar si tu mascota puede asegurarse y en qué condiciones.

¿Cubre el seguro los daños a terceros que cause mi animal?

Sí, el seguro puede cubrir los daños personales y materiales que tu mascota cause a terceros a través de la cobertura de Responsabilidad Civil.

Esta garantía es opcional y, al incluirla en la póliza, contarás con una protección de hasta 200.000 €, además de la defensa jurídica frente a posibles reclamaciones, fianzas y gastos legales.

¿Me cubre el seguro los gastos de peluquería y estética del animal?

No, el seguro no cubre los gastos de peluquería, estética ni otros cuidados de carácter preventivo o higiénico. Estas prestaciones se consideran servicios de mantenimiento habitual y no forman parte de las coberturas del seguro, que están orientadas a cubrir imprevistos, asistencia veterinaria y otras situaciones accidentales o de necesidad.

Sin embargo, a través del servicio de asistencia telefónica (cobertura sí incluida en el seguro), puedes acceder a información y recomendaciones sobre peluquerías, cuidadores y otros servicios para tu mascota.

¿Me cubre el seguro de mascotas si salgo de viaje con ella?

Sí, el seguro puede cubrir a tu mascota cuando viajes con ella, dependiendo de la cobertura concreta. Por ejemplo, incluye la Responsabilidad Civil en gran parte del mundo (con algunas excepciones), así como la asistencia veterinaria en caso de accidente o enfermedad.

También contempla situaciones como el extravío del animal o la estancia en residencia si eres hospitalizado. Además, el servicio de asistencia telefónica puede orientarte antes de viajar sobre requisitos sanitarios o administrativos.

Es importante revisar las condiciones de cada cobertura para conocer su alcance y posibles limitaciones.

¿Los medicamentos administrados o las pruebas diagnósticas en consulta están cubiertos?

En accidente: sí, los medicamentos necesarios forman parte de la asistencia veterinaria cubierta (incluye medicación, curas, pruebas diagnósticas, intervenciones y anestesia).

En enfermedad: se cubren la anestesia o medicamentos inyectables administrados en la primera actuación clínica, así como las pruebas diagnósticas durante la intervención o mientras el animal esté hospitalizado.

Información sobre seguros de vida - FAQ

¿Qué documentación necesito para contratar el seguro de mascotas?

Para contratar el seguro de mascotas es necesario facilitar los datos básicos del titular y del animal, así como completar la declaración de salud, que permite a la aseguradora valorar el riesgo. En determinados casos, puede ser necesario aportar documentación adicional, por ejemplo para acreditar el valor del animal.

¿Hay que pasar un control veterinario antes de hacer el seguro de mascotas?

No, en general no es necesario realizar un control veterinario previo para contratar el seguro. Para la contratación, se solicita completar una declaración de salud del animal, que permite a la aseguradora valorar el estado de la mascota en el momento de la contratación.

Es importante que la información facilitada sea veraz, ya que puede influir en la aceptación del seguro y en las coberturas aplicables.

¿Tiene alguna carencia el seguro de mascotas?

Sí, el seguro de mascotas cuenta con plazos de carencia, es decir, periodos desde la contratación durante los cuales algunas coberturas aún no están activas.

Los principales plazos son:

  • 15 días para coberturas como accidentes, robo, extravío o responsabilidad civil
  • 30 días para la asistencia veterinaria por enfermedad
  • 4 meses para coberturas relacionadas con fallecimiento o sacrificio por enfermedad o vejez

Es importante tener en cuenta estos plazos, ya que durante ese periodo no se podrán utilizar las coberturas correspondientes.

¿Puedo contratar el seguro si mi mascota está enferma?

Depende del estado de salud del animal. Para contratar el seguro es necesario completar una declaración de salud, que permite a la aseguradora valorar el riesgo y determinar si es posible aceptar la contratación.

En cualquier caso, es importante tener en cuenta que el seguro no cubre enfermedades preexistentes ni aquellas que no hayan sido declaradas en el momento de la contratación.

Información sobre seguros de vida - FAQ

¿Puedo dar de baja el seguro de mi mascota en cualquier momento?

La baja del seguro debe realizarse conforme a los plazos establecidos en la póliza. Con carácter general, los seguros tienen una duración anual y se renuevan automáticamente, por lo que, si deseas cancelarlo, es necesario comunicarlo a la aseguradora con la antelación indicada en el contrato antes de la fecha de renovación.

Te recomendamos revisar las condiciones de tu póliza o contactar con nosotros para conocer los plazos exactos.

¿El seguro se renueva automáticamente?

Sí, el seguro de mascotas tiene una duración anual y se renueva automáticamente al vencimiento, salvo que se indique lo contrario. Si no deseas renovarlo, es necesario comunicar la baja a la aseguradora dentro del plazo establecido en la póliza antes de la fecha de renovación.

¿Cómo dar de baja el seguro?

Para dar de baja el seguro, debes comunicarlo a la aseguradora antes de la fecha de renovación, dentro del plazo establecido en la póliza. Puedes hacerlo a través de los canales habituales de atención al cliente, indicando tus datos y los de la póliza.

Te recomendamos revisar las condiciones de tu contrato para conocer el plazo exacto de preaviso y asegurarte de que la baja se realiza correctamente.