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¿Quién es responsable del tratamiento de tus datos personales?
• CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A., GRUPO DE SEGUROS EL CORTE INGLÉS (Sociedad Unipersonal) Inscrita en la DGSyFP con Nº J0200 / Concertado Seguro de Responsabilidad Civil y Capacidad Financiera, según legislación vigente. Existencia de vínculo estrecho con Seguros El Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, S.A.U.
• N.I.F.: A-28128189
• Domicilio social: C/ Hermosilla 112, 28009 - Madrid
• Domicilio oficina principal: C/ Princesa 47, 28008 - Madrid
• Datos registrales: Registro Mercantil de Madrid: Tomo 945, Folio 1, Inscripción 32, Hoja M – 18707.
Representante de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS: delegado.protecciondatos@seguroseci.es
¿Con qué finalidad recabamos tus datos personales?
Facilitarte un presupuesto del seguro o servicio solicitado según los datos que has indicado, así como, en su caso, llevar a cabo la contratación del seguro o servicio solicitado.
¿Por cuánto tiempo almacenamos tu información personal?
Tus datos serán conservados mientras dure la actividad y una vez finalizada se conservarán durante el tiempo legalmente establecido.
¿Cuál es la legitimación que tenemos para realizar su tratamiento?
La legitimación para el tratamiento viene determinada por tu consentimiento, que ha sido prestado y recabado a través de la solicitud que has realizado en nuestra web. En caso de que realices una contratación, la legitimación para el tratamiento de tus datos será la ejecución del contrato.
¿A quién podemos comunicar tu información personal?
Se podrán comunicar los datos facilitados por el cliente para realizar la tarificación o contratación del seguro o servicio, así como a las Administraciones Públicas que lo requieran en virtud de disposición legal.
¿Cómo puedes ejercer tus derechos?
Tienes derecho a obtener el acceso a tu información personal, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos.
En determinadas circunstancias, y por motivos relacionados con tu situación particular, podrás oponerte al tratamiento de tus datos. Tu información personal dejará de tratarse para aquellas finalidades respecto de las que hayas manifestado tu oposición. De igual forma puedes ejercer el derecho de limitación del tratamiento de tu información personal, solicitándonos la conservación de la misma.
En determinadas circunstancias, podrás solicitar la portabilidad de tus datos a otro responsable de tratamiento.
Podrás ejercer tus derechos sin coste alguno, recibiendo una respuesta en los plazos establecidos por la legislación vigente en materia de protección de datos. Puedes elegir entre los siguientes medios:
Solicitud escrita y firmada dirigida a Centro de Seguros y Servicios, Correduría de Seguros, S.A.U., Grupo de Seguros El Corte Inglés en la C/ Princesa, nº 47, 28008 - Madrid (Servicio de Atención al Cliente), debiendo adjuntar copia del documento que acredite tu identidad, así como su dirección de correo electrónico, si dispones de ella.
Solicitud a la dirección de correo electrónico: atcliente@cess.elcorteingles.com, adjuntando fotocopia y/o copia escaneada del documento que acredite tu identidad.
- Llamando al teléfono 91 266 87 56, Servicio de Atención al Cliente de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS.
Puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, especialmente cuando no estés satisfecho con la respuesta al ejercicio de sus derechos. Para más detalle, puedes consultar la web www.agpd.es
El daño indemnizable es el tipo de daño que, por estar cubierto por una póliza de seguros, se puede indemnizar. Por lo general la entidad aseguradora tendrá que indemnizar al asegurado o a los beneficiarios del seguro por el daño o siniestro producido, siempre teniendo en cuenta el valor asegurado en el momento anterior a producirse el daño o siniestro.
Las entidades aseguradoras pueden determinar cierto límite para el pago de las indemnizaciones. Uno de los límites más conocidos que las entidades aseguradoras utilizan para determinar estos límites es el sistema de franquicias, por el que la entidad aseguradora se hará responsable de los daños que haya causado el siniestro siempre y cuando estos superen cierta cantidad pactada previamente entre el asegurado o tomador del seguro y la entidad aseguradora. Por lo tanto, si la cuantía de los daños producidos por el siniestro es inferior a la pactada previamente con la entidad aseguradora, será el asegurado quien tenga que hacerse cargo de los costes, mientras que si la cuantía de los daños producidos por el siniestro es superior a la pactada previamente con la entidad aseguradora, el asegurado tendrá que hacerse cargo del importe pactado (franquicia) y la entidad aseguradora del importe que lo exceda.
En los seguros de coche es muy habitual contratar con una franquicia: por ejemplo, el tomador del seguro asegura su vehículo a todo riesgo con un importe de franquicia de 150 euros por lo que esta cantidad sería lo que el tomador del seguro tendría que abonar en caso de siniestro
Hay otras formas en las que las entidades aseguradoras determinan el límite a la hora de hacer efectiva una indemnización; en este caso tenemos lo que se conoce como “sobreseguro” (la entidad aseguradora asegura por un importe superior al que tienen los bienes asegurados); en este caso, si ocurriera un siniestro, la aseguradora no indemniza al asegurado por el valor de los bienes que constan en la póliza, la indemnización que la entidad aseguradora establezca se limitará al valor de venta de dichos bienes antes de que ocurriera el siniestro.
Otro de los métodos en que las entidades aseguradoras utilizan para determinar el límite a la hora de abonar una indemnización sería el “infraseguro” para los casos en los que los bienes son asegurados por un importe menor al valor de los mismos; en caso de siniestro la entidad aseguradora solo indemnizará por una parte proporcional del importe asegurado, independientemente del valor de mercado de los bienes. Es decir, si tenemos un bien asegurado por un importe de 1500 euros y su valor de mercado es de 2000 euros, si dicho bien sufre un daño del 25% como consecuencia del siniestro, la entidad aseguradora solo estará obligada a pagar una indemnización del 25% sobre 1500 euros, aunque el valor de mercado del bien sea de 2000 euros.
Estos dos últimos métodos que utilizan las entidades aseguradoras para limitar las indemnizaciones (sobreseguro e infraseguro) son más comunes, por ejemplo, en los seguros de hogar.
Estos límites siempre se acordarán entre el asegurado y la entidad aseguradora y quedarán reflejados en la póliza.