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Es la cobertura de un riesgo que concede la aseguradora al asegurado durante un periodo de tiempo y mientras se formaliza de manera definitiva el contrato del seguro, proporcionando al tomador la seguridad de la cobertura desde un primer momento, sin quedar al descubierto durante el plazo que dure la gestión del contrato del seguro (que en algunas ocasiones puede tardar varios días).
Dicho de otra manera, en el ámbito de la contratación de seguros, la garantía provisional es también llamada seguro provisional, y es el documento que la aseguradora envía al asegurado detallando el contenido del contrato hasta que llegue el documento final de la póliza.
En el caso de los seguros de coche, en los que suele emplearse alrededor de 48 horas para la emisión de la póliza, se usa de manera habitual esta garantía provisional, a través de la cual el asegurado puede conducir su vehículo de manera inmediata, ya que la compañía lo cubre desde el momento de la contratación.
Otra modalidad disponible de seguro de coche sería contratarlo por días, sobre todo al viajar por vacaciones o trabajo, ya sea en el ámbito nacional o también en algunos países de la Unión Europea. Estos seguros funcionan de la misma manera que los contratados de manera anual, lo único que cambia es su duración. Existen algunos matices en este tipo de contrataciones:
Al recibir una propuesta de seguro y esta ser aceptada (por el cliente que se convertirá en tomador de la póliza), la garantía provisional es emitida por la compañía aseguradora a través de la Carta de Garantía y el Documento de Cobertura Provisional.
La garantía provisional es muy útil en los seguros de coche, permitiendo conducir inmediatamente después de contratar el seguro, aunque no esté formalizado
Aunque existan las propuestas de seguro para todos los tipos de pólizas, de manera habitual se emplean en caso de los seguros para vehículos, donde es obligatorio tener al menos un seguro de Responsabilidad Civil para terceros.
Al estar regulado por ley y ser necesario, la infracción por conducir un vehículo sin seguro podría estar castigada con una multa de 600 a 3.000 euros, pudiendo dar lugar también a la inmovilización y depósito del vehículo en cuestión.
Ante esta situación, si un conductor sin seguro (en su vehículo) ocasiona un accidente, tendrá que hacerse cargo con su patrimonio de la cuantía económica derivada del mismo. Aproximadamente la mitad del dinero recaudado en estas multas va a parar al Consorcio de Compensación de Seguros.
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