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Diccionario de seguros

Notificación del siniestro

Es la comunicación a través de la cual el asegurado notifica a su compañía de seguros un siniestro. El asegurado deberá realizar esta comunicación dentro de los límites del plazo estipulado en las condiciones generales de su póliza, incluyendo en esta notificación los datos más relevantes para la aseguradora:

  • Lugar exacto del siniestro
  • Fecha y hora en la que tuvo lugar
  • Circunstancias del siniestro
  • Consecuencias derivadas del mismo

Según la Ley de Contrato de Seguro, en el artículo dieciséis, el tomador o beneficiario del seguro deberá informar a la compañía de un siniestro en un plazo de tiempo máximo de siete días desde que tenga conocimiento de este, exceptuando que se haya consensuado en la póliza un plazo más amplio.

Aunque la ley no lo exige, la manera más habitual de notificar un siniestro es por escrito. Las aseguradoras suelen disponer de un documento llamado parte de siniestro, donde la información viene cumplimentada a falta de que el asegurado rellene los campos de interés.

Cuando ocurre un siniestro, debe ser comunicado a la compañía aseguradora en el plazo establecido en la póliza

En caso de no comunicar un siniestro, el asegurado podrá perder el derecho a la indemnización por parte de la compañía, e incluso la aseguradora podrá pedir daños y perjuicios por la falta de declaración del asegurado.

¿Qué es un siniestro y cómo se clasifican?

Para entender mejor qué es un siniestro, veamos algunos ejemplos según el tipo de póliza al que nos refiramos:

  • En los seguros de vida, un siniestro sería el fallecimiento del asegurado
  • En los seguros de coche, un siniestro ocurre cuando el asegurado tiene un accidente de tráfico
  • En los seguros de salud, el siniestro tiene lugar cuando el asegurado enferma y necesita recibir algún tipo de asistencia médica
  • En un seguro de hogar, ocurre un siniestro cuando hay un incendio, por ejemplo, en una vivienda asegurada
  • En un seguro para la protección de pagos, el siniestro ocurriría cuando el asegurado perdiese su empleo por un despido improcedente

Los siniestros se podrían clasificar de la siguiente manera:

Según el grado de fuerza o intensidad del daño provocado:

  • Siniestro total: ocurre en aquellos casos en los que la intensidad del daño es tal, que el bien asegurado queda totalmente destruido
  • Siniestro parcial: se da en las situaciones en las que el bien sufre una cierta cantidad de daños, pero sin acabar destruido totalmente (en la mayoría de los casos los siniestros suelen ser parciales)

Según la periodicidad estadística con la que se producen:

  • Siniestro ordinario: es el tipo de siniestro derivado de causas normales, por ejemplo, un golpe a un coche.
  • Siniestro catastrófico o extraordinario: son los siniestros producidos en condiciones excepcionales, cuya probabilidad es remota. Cuando surge un siniestro de este tipo (terremotos, inundaciones…) suele ocasionar daños muy cuantiosos de los que no suelen hacerse cargo las aseguradoras, sino que recaerán en el Consorcio de Compensación de Seguros.

Una manera que tienen las aseguradoras de hacer balance de su eficiencia en la gestión técnica de la compañía es el índice de siniestralidad, que revela el porcentaje existente entre el coste de los siniestros producidos, con el volumen total de las primas percibido en el mismo periodo de tiempo.

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