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¿Quién es responsable del tratamiento de tus datos personales?
• CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS, CORREDURÍA DE SEGUROS, S.A., GRUPO DE SEGUROS EL CORTE INGLÉS (Sociedad Unipersonal) Inscrita en la DGSyFP con Nº J0200 / Concertado Seguro de Responsabilidad Civil y Capacidad Financiera, según legislación vigente. Existencia de vínculo estrecho con Seguros El Corte Inglés, Vida, Pensiones y Reaseguros, S.A.U.
• N.I.F.: A-28128189
• Domicilio social: C/ Hermosilla 112, 28009 - Madrid
• Domicilio oficina principal: C/ Princesa 47, 28008 - Madrid
• Datos registrales: Registro Mercantil de Madrid: Tomo 945, Folio 1, Inscripción 32, Hoja M – 18707.
Representante de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS: delegado.protecciondatos@seguroseci.es
¿Con qué finalidad recabamos tus datos personales?
Facilitarte un presupuesto del seguro o servicio solicitado según los datos que has indicado, así como, en su caso, llevar a cabo la contratación del seguro o servicio solicitado.
¿Por cuánto tiempo almacenamos tu información personal?
Tus datos serán conservados mientras dure la actividad y una vez finalizada se conservarán durante el tiempo legalmente establecido.
¿Cuál es la legitimación que tenemos para realizar su tratamiento?
La legitimación para el tratamiento viene determinada por tu consentimiento, que ha sido prestado y recabado a través de la solicitud que has realizado en nuestra web. En caso de que realices una contratación, la legitimación para el tratamiento de tus datos será la ejecución del contrato.
¿A quién podemos comunicar tu información personal?
Se podrán comunicar los datos facilitados por el cliente para realizar la tarificación o contratación del seguro o servicio, así como a las Administraciones Públicas que lo requieran en virtud de disposición legal.
¿Cómo puedes ejercer tus derechos?
Tienes derecho a obtener el acceso a tu información personal, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar la supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos.
En determinadas circunstancias, y por motivos relacionados con tu situación particular, podrás oponerte al tratamiento de tus datos. Tu información personal dejará de tratarse para aquellas finalidades respecto de las que hayas manifestado tu oposición. De igual forma puedes ejercer el derecho de limitación del tratamiento de tu información personal, solicitándonos la conservación de la misma.
En determinadas circunstancias, podrás solicitar la portabilidad de tus datos a otro responsable de tratamiento.
Podrás ejercer tus derechos sin coste alguno, recibiendo una respuesta en los plazos establecidos por la legislación vigente en materia de protección de datos. Puedes elegir entre los siguientes medios:
Solicitud escrita y firmada dirigida a Centro de Seguros y Servicios, Correduría de Seguros, S.A.U., Grupo de Seguros El Corte Inglés en la C/ Princesa, nº 47, 28008 - Madrid (Servicio de Atención al Cliente), debiendo adjuntar copia del documento que acredite tu identidad, así como su dirección de correo electrónico, si dispones de ella.
Solicitud a la dirección de correo electrónico: atcliente@cess.elcorteingles.com, adjuntando fotocopia y/o copia escaneada del documento que acredite tu identidad.
- Llamando al teléfono 91 266 87 56, Servicio de Atención al Cliente de CENTRO DE SEGUROS Y SERVICIOS.
Puedes presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, especialmente cuando no estés satisfecho con la respuesta al ejercicio de sus derechos. Para más detalle, puedes consultar la web www.agpd.es
Son aquellas pólizas de seguros en las que, tras haberse suspendido las garantías, se restablecen de nuevo hasta el fin de la vigencia de la póliza. Las causas más comunes que pueden motivar la suspensión de las garantías pueden ser dos, por voluntad de las partes o por una causa legal o contractual prevista:
En el caso de la suspensión de las garantías de una póliza de seguro por voluntad de las partes, tiene que ver con la desaparición de un riesgo y la falta de necesidad de la utilización de esas garantías. El asegurado se pone en contacto con la aseguradora para comunicar la disminución del riesgo que cubre su póliza, y así pactar con la compañía una suspensión temporal de las garantías de su póliza y retomarlas cuando esa situación temporal desaparezca. Cuando esta situación se revierta y se retome la vigencia de la póliza, ésta pasará a llamarse póliza rehabilitada y conservará las mismas características que antes; las primas abonadas durante este periodo de suspensión se aplicarán al seguro tras la rehabilitación de este. Un ejemplo muy común de este tipo de suspensión de garantías se puede observar en los seguros de coche, cuando algún conductor pierde todos sus puntos del carnet y éste le es retirado. Al no poder conducir, el asegurado hablará con su compañía de seguros para suspender temporalmente la póliza y rehabilitarla cuando pueda conducir de nuevo.
La causa más común legal o contractual prevista en el contrato y que conlleva a la suspensión de las garantías de una póliza por parte de una aseguradora suele ser el impago de la prima. De manera habitual, los contratos de seguros tienen una duración anual y después se renuevan automáticamente (generalmente todos los tipos de seguros: vida, hogar, accidentes, salud…), con el aviso de renovación de la compañía dos meses antes del vencimiento y, tras analizar este aviso de renovación, el asegurado tiene un mes para avisar a la compañía de cualquier cambio que desee realizar o de la anulación de la póliza. Esto debe hacerse por escrito y guardando el acuse de recibo para poder demostrar esa comunicación con la compañía si surgieran problemas legales en el futuro. De manera habitual, cuando un asegurado quiere cancelar un seguro lo que suele hacer es dejar de pagar la prima, devolviendo el recibo bancario. Al hacer esto las compañías suelen dar un mes de margen para que el asegurado se ponga al corriente de pago, ya que puede haber sido un error bancario o que ocurra un cambio de opinión en el asegurado. Cuando pasa el mes de cortesía las aseguradoras suspenden las garantías de esa póliza, dejando así desprovisto de su protección al asegurado. Esto no quiere decir que el contrato no tenga vigencia, ya que hasta los seis meses no se considerará extinto y además podrá ser objeto de reclamaciones legales por parte de la compañía. Sí tras unos meses de impago el asegurado decide que le interesa continuar con la póliza y retomar las garantías tal y como las tenía, deberá contactar con la aseguradora y generar una póliza rehabilitada.