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Diccionario de seguros

Prima inicial

La prima inicial de seguro es el primer periodo de vigencia de la póliza, lo que normalmente corresponde al primer año. Lo que la diferencia es que, en algunos casos, tiene un importe superior a la que se pagaría en años sucesivos, al incluirse en la misma recargos por derechos de emisión o formalización del seguro. Por ejemplo, si se contrata un seguro de salud, imaginemos que los recargos derivados de la contratación eleven la cuota de la prima el primer año a unos 180 euros mensuales, mientras que en los años sucesivos el pago pueda bajar hasta los 160 euros al mes. Según el tipo de seguro que contratemos, de accidentes o de hogar, por ejemplo, esa prima inicial puede ser mayor o bastante mayor que el resto de los pagos del seguro. 

La prima inicial suele ser mayor que el resto de primas que deberá pagar el asegurado durante su contrato

Hay que recordar que la prima del seguro es el precio que pagamos por nuestro seguro, es decir, el que todo asegurado paga por tener cubierto el riesgo que le asegura una compañía de seguros. Así, la aseguradora, por el hecho de cobrar la prima, tiene la obligación de cumplir con todas las coberturas estipuladas en la póliza del seguro contratado. La cantidad que se debe abonar dependerá de lo que aseguramos y del tipo de riesgo asegurado, y se fija siempre antes de la firma del contrato. No es lo mismo firmar un seguro de coche por un vehículo de gama baja que, por un coche de lujo, por ejemplo. Esa cantidad depende de aspectos como la duración del contrato o la indemnización pactada, según lo estipulado a la hora de la firma de este entre la compañía aseguradora y el asegurado. 

Diferencia entre prima inicial y la primera prima

No hay que confundir la prima inicial con la primera prima, siendo la segunda el pago que hay que hacer una vez firmado el contrato y sin cuyo pago, este no entraría en vigor y el asegurado no quedaría cubierto por el seguro. Tenemos que recordar que la prima del seguro se paga a vencimiento de la póliza, y en caso de que no se pague, el asegurado contaría con un mes de gracia para efectuar este pago. Pero a los cinco meses de no pagar la prima de ese seguro, la cobertura quedará suspendida temporalmente y la compañía de seguros, en caso de ocurrir un siniestro, no indemnizará. Y a partir del sexto mes desde el vencimiento del seguro, puede dar éste por rescindido. Pero si se efectúa el pago, la cobertura comienza a tener efecto en veinticuatro horas.

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