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Seguros de mascotas
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Nueva Ley de Bienestar Animal
Tu mascota protegida con el seguro de hogar
En El Corte Inglés Seguros actualmente no disponemos de seguros de mascotas pero tenemos otra solución que te puede resultar interesante. Con la entrada en vigor en septiembre de 2023 de la nueva Ley de Bienestar Animal, los dueños de perros están obligados a disponer de un Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros. Pues bien, te informamos que con los seguros de hogar de El Corte Inglés Seguros, tu mascota estará protegida sin coste adicional.
Esta opción está disponible en los seguros Hogar Esencial ECI, Hogar Óptima ECI, Hogar Supra ECI y Hogar Inquilino ECI, siempre y cuando se contrate el contenido. Estas son algunas de las ventajas que incluye la póliza de hogar:
- Distintas opciones de capital de Responsabilidad Civil, en función de tus necesidades
- Cobertura para todo tipo de perros de compañía
- Certificado disponible de tu seguro obligatorio
Si quieres ampliar la información te animamos a dejar tu teléfono y te llamaremos lo antes posible o, si lo prefieres, puedes ponerte en contacto directamente con alguno de nuestros expertos.
SEGUROS PARA MASCOTAS
Ventajas de tener un seguro para tu mascota
Si prefieres tener un seguro específico para tu mascota (no disponible actualmente en El Corte Inglés Seguros), una forma de poder ofrecerles toda la atención que se merecen es tener una póliza de mascotas que cubra diferentes supuestos.
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Asistencia veterinaria
Para tener acceso a diferentes tipos de pruebas y tener cubiertos gastos asociados con el veterinario
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Cobertura de accidentes
En caso de que tu mascota sufra un robo o un accidente
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Responsabilidad civil
Cobertura de los daños que tu mascota pueda causar a terceros
Protección para tu mascota
¿Por qué contratar un seguro para tu mascota?
Como decimos, en El Corte Inglés Seguros no tenemos disponible actualmente seguros para mascotas (aunque puedes obtener protección con tu seguro de hogar). Estas son algunas de las ventajas de contratar alguno de los seguros específicos para mascotas que existen en el mercado.
- Amplio abanico de coberturas para estar protegido ante diferentes supuestos
- Tú y tu mascota tendréis todo el apoyo necesario ante un percance
- Asistencia telefónica diaria para garantizar la tranquilidad
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Seguros de Macotas
Preguntas frecuentes
¿Qué es un seguro de mascotas?
La presencia de mascotas en los hogares españoles se ha incrementado enormemente en las últimas dos décadas; en la mayoría de las ocasiones, son considerados como un miembro más de la familia. Por lo tanto, cuidar de la mejor manera posible a sus animales de compañía, así como estar protegidos frente a los posibles daños que estos puedan provocar a terceros, se ha convertido en una de las principales prioridades para sus propietarios. En ese sentido, los seguros para mascotas son una de las soluciones preferidas por sus dueños.
Por norma general, la responsabilidad civil suele estar entre las coberturas básicas que ofrecen este tipo de pólizas; no en vano, es la más demandada. Pero, hoy en día, los propietarios de mascotas tienen la posibilidad de añadir a este tipo de seguros otras, como pueden ser la asistencia veterinaria a causa de un accidente o de una enfermedad, el robo, la estancia en residencias de animales debido a la incapacidad del dueño…
¿Es obligatorio el seguro de mascotas?
Los perros y los gatos son las dos familias de animales domésticos más aseguradas por sus propietarios en España. Las coberturas que incluyen estas pólizas van desde la responsabilidad civil, pasando por la asistencia veterinaria debida a diferentes causas, hasta el robo. Pues bien, con base en la normativa jurídica española, los propietarios de mascotas, en principio, no se encuentran obligados legalmente a suscribir un seguro para sus animales de compañía, excepto en el caso de que se trate de perros catalogados como potencialmente peligrosos (aquellos que presentan un tipo de mordida que puede ser grave o muy grave), donde su dueño estará obligado como mínimo a contratar un seguro de responsabilidad civil para el animal.
Además, en comunidades autónomas como Madrid y el País Vasco, se exige a los propietarios de perros, sean o no potencialmente peligrosos, contar con un seguro de responsabilidad civil para los mismos.
¿A qué animales se les considera mascotas?
Las diferentes razas de perros (incluidos los potencialmente peligrosos) y gatos son, sin duda, los animales domésticos preferidos por los ciudadanos españoles; su número va en aumento año tras año. Pero perros y gatos no son los únicos animales de compañía presentes hoy en día en los hogares españoles. Existe una extensa lista de aves, distintos tipos de peces, numerosos insectos o incluso algunos reptiles que conviven en nuestro hogar, a nuestro lado.
Aunque, al respecto, en España existe un catálogo de especies exóticas prohibidas por ser potencialmente invasoras, al estar consideradas como una amenaza para diversidad biológica del país, además de otras calificadas como peligrosas o muy peligrosas, que en muchos casos pueden llegar a ser letales, como algunos reptiles (serpientes venenosas), felinos…
¿Por qué contratar un seguro de mascotas?
Los seguros para mascotas son uno de los segmentos aseguradores que mejor evolución han presentado, sobre todo, en la última década. Este comportamiento tiene su explicación en el paulatino aumento de la presencia de este tipo de animales en nuestros hogares y en el creciente interés de sus propietarios por prestarles las mejores protecciones; servicios veterinarios como consecuencia de un accidente o una enfermedad, hospitalizaciones, estancias en residencias para animales domésticos a causa de la incapacidad de su dueño, etc.
Pero, también radica en el hecho de estar protegido frente a los daños a terceros de los que pueda ser responsable nuestra mascota (en algunas ocasiones pueden llegar a convertirse en un problema de nefastas consecuencias para su propietario). Por lo que, la cobertura de responsabilidad civil para mascotas (en Madrid y el País Vasco, de carácter obligatorio para todos los perros) que incluyen estás pólizas garantiza la tranquilidad del propietario ante acontecimientos inesperados y de consecuencias negativas.
¿Por cuánto puedo valorar un animal?
Los animales de compañía, popularmente conocidos como mascotas, han incrementado de manera exponencial su presencia en los hogares españoles –sobre todo durante la última década–. De hecho, en la mayoría de las ocasiones las mascotas son consideradas como un miembro más de la familia, por lo que sus propietarios no suelen escatimar recursos económicos para todo lo que tenga que ver con su cuidado y bienestar (en algunas ocasiones pueden llegar a ser muy elevados como consecuencia de una enfermedad o un accidente).
Ahora bien, a la hora de suscribir un seguro para una mascota (perros y gatos son los más asegurados), su propietario debe de tener presente que el valor por el que podrá asegurarla será el precio de mercado de cada animal en particular, atendiendo a los estándares de raza de un cachorro de similares características a la mascota que se quiere asegurar.
¿Me cubre el seguro de mascotas el robo del animal?
El conjunto de seguros para mascotas es uno de los ramos aseguradores que más ha evolucionado a lo largo de los últimos años. Un desarrollo que responde a su cada vez mayor presencia en nuestros hogares, así como al creciente interés de sus propietarios por su cuidado y bienestar. Unas pólizas que han pasado de ofrecer, en sus inicios, únicamente la cobertura de responsabilidad civil a, en estos momentos, poner a disposición del propietario una extensa lista de coberturas para su mascota.
Entre estas garantías, aunque esta es una cuestión que finalmente dependerá de cada entidad aseguradora en particular, se encuentra el robo. Normalmente, se indemnizará al tomador por el valor que se haya fijado para el mismo en caso de robo.
¿Debe tener un chip mi mascota?
Perros y gatos son las mascotas preferidas por los españoles; no en vano, entre ambas familias de animales superan los nueve millones de ejemplares censados en nuestro país. Al respecto, con el objetivo de que tanto perros y gatos se encuentren registrados de manera correcta, sus propietarios cuentan con la obligación de colocarles un chip a partir de los tres meses de edad.
Este dispositivo de identificación del animal debe de tener la información actualizada en todo momento para que en caso de extravío de la mascota su búsqueda pueda tener más probabilidades de éxito. Por ejemplo, si el domicilio de la mascota cambia, pero sigue estando en la misma comunidad autónoma, con notificarlo al registro autonómico sería suficiente. Por el contrario, si el domicilio se encuentra en otra comunidad autónoma, el propietario debe dar de baja a su mascota en su anterior comunidad y registrarla en la actual.
¿Cómo obtener la licencia obligatoria PPP?
En España, con arreglo a su ordenamiento jurídico, toda aquella persona que quiera ser propietaria de una mascota (perros en su gran mayoría) cuya raza esté catalogada como potencialmente peligrosa, deberá contar con una licencia específica para ello. Al respecto, conviene tener en cuenta que la relación de perros potencialmente peligrosos no es igual en todas las comunidades autónomas.
En concreto, esta licencia es un documento personal e intransferible que deben tener los dueños de este tipo de animales de compañía, así como las personas que se encarguen de sacarlos a la calle. Para su obtención, son necesarios una serie de requisitos. Este documento tiene que ser solicitado al ayuntamiento de la localidad de residencia, antes de tener al animal. Una vez concedido, tiene una vigencia de cinco años, renovable por idénticos periodos de tiempo.
El solicitante ha de ser mayor de edad, estar en posesión del certificado de capacidad física y aptitud psicológica (expedido por un médico especialista) para tener este tipo de animales, así como del certificado de antecedentes penales (expedido por el Ministerio de Justicia) y el seguro de responsabilidad civil para la mascota.
¿Puedo elegir veterinario?
Las compañías que comercializan seguros para mascotas en España ofrecen a sus propietarios un amplio abanico de coberturas aseguradoras con las que protegerlas. Entre estas garantías se encuentra la asistencia veterinaria, ya sea como consecuencia de una enfermedad o de un accidente. Por norma general, las entidades aseguradoras que distribuyen este tipo de seguros suelen tener concertado un cuadro de profesionales veterinarios a los que pueden asistir sus clientes con descuentos en sus servicios. De todas formas, dependerá en última instancia del tipo de producto y de la política de cada compañía en particular con respecto a esta cuestión; pero, cada vez más entidades aseguradoras incluyen en sus productos de asistencia para mascotas la libre elección del veterinario.
Asimismo, en el caso de que el asegurado vaya a viajar con su mascota, las compañías ponen a disposición del cliente un listado de profesionales y centros veterinarios a los que acudir en el lugar al que se desplaza.
¿Se puede transferir el seguro si mi mascota cambia de dueño?
Pueden ser de diversa índole los motivos por los que el propietario de una mascota decida que ya no puede convivir con ella. En ese caso, deberá estar al corriente de la legislación al respecto en su comunidad autónoma, ya que por ejemplo en muchas no se permite la venta de animales entre particulares. Además, una vez que su propietario haya encontrado de manera legal un nuevo dueño, el siguiente paso será cambiar la titularidad de la mascota, conforme a las normas de cada comunidad autónoma.
En el caso de que la mascota se encuentre asegurada, las compañías no suelen ofrecer la posibilidad de transferir la póliza de seguro cambiando el tomador del mismo; lo normal es que el nuevo propietario tenga que suscribir una nueva póliza a su nombre para el animal.
¿Existe un seguro de mascotas temporal para animales en acogida?
En principio, las entidades aseguradoras que distribuyen seguros para mascotas en España no incluyen en su portfolio de productos pólizas de carácter temporal para animales en acogida. Aunque, esta es una decisión que dependerá finalmente de cada compañía en particular. Por norma general, los refugios o casas de acogida cuentan, como mínimo, con un seguro de responsabilidad civil para los animales que albergan; unas mascotas que, cada vez más, pasan temporadas en viviendas particulares o que son sacados a pasear por cuidadores voluntarios.
En definitiva, no es habitual que las entidades aseguradoras ofrezcan seguros temporales para animales en acogida. Eso sí, en alguna ocasión y ligado a campañas de adopción de animales, ofrecen un año de seguro gratis a quien decida hacerse cargo de uno de ellos.
¿Qué animales no cubre el seguro de mascotas?
Sin duda alguna, perros y gatos son las mascotas que mayor presencia tienen en los hogares españoles. Aunque, cada vez más, los ciudadanos españoles se decantan por tener en su vivienda otro tipo de animales de compañía como, por ejemplo: diferentes tipos de aves, roedores o reptiles, que también necesitan atenciones y cuidados.
En ese sentido, si una persona decide hacerse con una de estas mascotas, primero ha de cerciorarse de si se trata de un animal permitido por la legislación; en España existe un catálogo de especies exóticas prohibidas por ser potencialmente invasoras, al estar consideradas como una amenaza para la diversidad biológica del país, además de otras calificadas como peligrosas o muy peligrosas, que en muchos casos pueden llegar a ser letales, como algunos reptiles (serpientes venenosas), felinos… Motivo, por el que las compañías no consideran a estos animales susceptibles de ser asegurados. Aunque, también hay especies de animales exóticos que sí son legales, por lo que cada vez más entidades aseguradoras están contemplando su aseguramiento con pólizas específicas para este tipo de mascotas.
¿Hay una edad límite del animal para contratar un seguro de mascotas?
En lo referente a la cobertura de responsabilidad civil, de suscripción obligatoria para perros potencialmente peligrosos en todo el territorio nacional o para todo tipo de razas en las comunidades del País Vasco y Madrid, las entidades aseguradoras no suelen contemplar una edad límite para contratarlo.
Ahora bien, si lo que queremos es contar con la cobertura de asistencia veterinaria para nuestra mascota (perros y gatos, en su mayoría), las compañías que distribuyen este tipo de seguros suelen establecer en los tres meses la edad mínima de la mascota para permitir su contratación.
Con respecto a la edad máxima del animal, es habitual que la edad máxima sea hasta los 10 años. Aquí, conviene apuntar que se refiere a la edad de contratación; por ejemplo, si suscribimos un seguro para una mascota cuando tiene cinco años, no nos anularán la póliza cuando cumpla la edad límite de contratación.
¿Puedo asegurar más de un animal?
No son pocos los hogares españoles en los que vive más de una mascota: dos perros, dos gatos, un perro y un gato… Para sus propietarios, el cuidado de sus animales de compañía es una cuestión de creciente importancia. Por lo que, contar con un seguro para las mascotas que conviven con nosotros es una solución idónea para protegerlos y estar cubiertos ante cualquier daño que puedan causar a terceros.
Ahora bien, ¿se puede incluir en una misma póliza de seguro a más de un animal de compañía? La respuesta a esta pregunta dependerá en última instancia de cada entidad aseguradora en particular, así como del producto asegurador en concreto. Aunque, por norma general, las compañías que comercializan este tipo de productos no suelen permitir esta circunstancia en seguros que incluyan coberturas como asistencia veterinaria por enfermedad o accidente, hospitalización o robo, entre otras. Pero, también hay que decir que otras entidades aseguradoras incluso hacen descuentos por cada animal de compañía incluido en la póliza.
¿Qué coberturas incluye el seguro de mascotas?
En los últimos años, motivado por el incremento de mascotas en los hogares españoles así como por el creciente interés en su cuidado de sus propietarios, el desarrollo del segmento de los seguros para animales de compañía ha sido uno de los que mejor evolución ha presentado. Estos seguros han pasado de ofrecer solo la garantía responsabilidad civil (en el caso de los perros potencialmente peligrosos es obligatoria a nivel nacional) a poner al alcance del dueño de la mascota una extensa lista de coberturas.
Entre éstas, las más demandadas por los propietarios de mascotas son las de accidentes (suele contemplar una indemnización en caso de muerte), robo, extravío, defensa jurídica, sacrificio e incineración o, sobre todo, asistencia veterinaria, como lo demuestra la continua incorporación en este tipo de pólizas de nuevos servicios o tratamientos destinados a cuidar la salud de nuestros animales de compañía.
¿Si mi animal rompe algo en casa está cubierto?
Es evidente que el número de mascotas que viven en los hogares españoles se ha incrementado de manera exponencial en los últimos años (las registradas, superan los trece millones), circunstancia que sin duda ha motivado el aumento del interés de sus dueños por su cuidado. Pero, además de cuidar de la salud y el bienestar de sus animales de compañía, sus propietarios también son responsables de los daños que estos puedan ocasionar a terceras personas, ya sean tanto de carácter corporal como material (en sus posesiones).
Daños que estarán cubiertos por el seguro siempre que esté cuente con la garantía de responsabilidad civil, que en el caso de las razas de perros catalogadas como potencialmente peligrosas se convierte en una obligación legal a nivel nacional (en Madrid y en el País Vasco se trata de una obligación para todas las razas).
Pero si es en nuestra propia vivienda donde la mascota causa los daños, estos no estarán cubiertos por la garantía de responsabilidad civil. Son situaciones que, por norma general, no se encuentran contempladas en las pólizas de seguro, aunque pueden estarlo en el caso de que la vivienda sea alquilada y el inquilino cuente con un seguro de responsabilidad civil para su perro.
¿Me cubre el seguro de mascotas la pérdida del animal?
Que el seguro de mascotas cubra o no la pérdida o extravío de un animal de compañía, en última instancia, dependerá de lo establecido en cada póliza en particular. Un escenario, la pérdida o extravío de una mascota, frente al que cada vez más entidades aseguradoras ofrecen al propietario del animal su protección. Se trata de una cobertura que las compañías suelen contemplar conjuntamente con la de robo.
Una garantía que, en caso de tenerla contratada y de darse la mencionada situación, suele traducirse en una indemnización económica que tiene como objetivo que el dueño pueda adquirir una nueva mascota (esta cantidad suele fijarse conforme al precio de mercado de un cachorro de la misma raza del animal extraviado). Coberturas como esta son las responsables de la buena evolución de los seguros para mascotas.
¿El seguro de hogar cubre también a mi mascota?
Con respecto a la protección de una mascota, aunque cada vez cuentan con más garantías, lo habitual es que los seguros de hogar se limiten a incluir la cobertura de responsabilidad civil para animales de compañía (de obligada suscripción para perros en Madrid y el País Vasco, así como a nivel nacional para las razas de perros catalogadas como potencialmente peligrosas).
En definitiva, un seguro que protege al propietario frente a los posibles daños a terceros que pueda provocar su mascota. Otras garantías, que en la actualidad ya se contemplan en las pólizas de seguro para mascotas, como el robo o extravío del animal, la defensa jurídica o la asistencia veterinaria como consecuencia de una accidente o una enfermedad, no se encuentran cubiertas por los seguros de hogar. Por lo tanto, si se quiere ofrecer una protección completa a una mascota resulta más apropiado suscribir un seguro específico para ello.
¿Cubre el seguro de mascotas los gastos de veterinario?
Cada vez son más las aseguradoras que en sus pólizas para mascotas incluyen la posibilidad de contratar la cobertura de asistencia veterinaria; una garantía que algunas compañías incluso incorporan en sus paquetes básicos. Existen seguros que cubren los gastos ocasionados por eventualidades como un accidente, por ejemplo.
¿Incluyen los seguros de mascotas la responsabilidad civil?
En la actualidad, los seguros para mascotas ofrecen a sus propietarios un amplio abanico de coberturas con las que proteger al animal. Entre estas, destacan garantías como el robo o extravío, la estancia en una residencia para animales debido a la hospitalización del asegurado o la asistencia veterinaria como consecuencia de un accidente o una enfermedad. Pero, de igual forma, el dueño de una mascota también es responsable de los daños que el animal pueda ocasionar a terceras personas, ya sean tanto de carácter corporal como material (en sus bienes).
Este tipo de daños estarán cubiertos por el seguro de mascotas siempre y cuando la póliza cuente con la garantía de responsabilidad civil; algunas compañías incluyen esta cobertura en sus productos básicos, mientras que otras entidades aseguradoras la ofrecen de manera opcional. Se trata de una garantía de obligada suscripción para perros en Madrid y el País Vasco, así como a nivel nacional para las razas caninas catalogadas como potencialmente peligrosas.
¿Cubre el seguro los perros declarados potencialmente peligrosos?
Según se establece en el ordenamiento jurídico español, los propietarios de perros de razas catalogadas como potencialmente peligrosas están obligados a contar con un seguro de responsabilidad civil para el animal, como mínimo de 120.000 euros, con el objetivo de cubrir los posibles daños que el perro pueda ocasionar a terceras personas. Para contratar uno de estos seguros, además de que el perro esté registrado, correctamente vacunado y cuente con el chip de identificación, las entidades aseguradoras exigirán al propietario del animal que esté en posesión de la licencia obligatoria para perros potencialmente peligrosos; un documento personal e intransferible que deben tener los dueños de estos perros, así como las personas que se encarguen de sacarlos a la calle.
En España, desde 2002, se consideran perros especialmente peligrosos los pertenecientes a las siguientes razas (también los cruces): Rottweiler, Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Akita Inu y Tosa Inu. Aunque, conviene tener en cuenta que la relación de perros potencialmente peligrosos no es igual en todas las comunidades autónomas.
¿Cubre el seguro los daños a terceros que cause mi animal?
Una de las principales garantías que los seguros para mascotas ponen a disposición de sus propietarios es la responsabilidad civil; una cobertura que está especialmente diseñada para hacer frente a los posibles daños que el animal pueda causar a terceras personas, ya sean tanto de carácter corporal como material (en sus bienes).
Por lo tanto, si el seguro de nuestra mascota incluye la garantía de responsabilidad civil (de obligada suscripción para perros en Madrid y el País Vasco, así como para perros potencialmente peligrosos en todo el país), los daños que pueda ocasionar a terceros estarán cubiertos, siempre dentro del límite máximo establecido en cada póliza en particular. Una garantía, la responsabilidad civil, que algunas aseguradoras incorporan en sus pólizas básicas, pero que otras ofrecen como una cobertura opcional.
¿Me cubre el seguro los gastos de peluquería y estética del animal?
Aunque cada vez son más las garantías que los seguros para mascotas ponen a disposición de sus propietarios, las entidades aseguradoras que distribuyen este tipo de productos en España, de momento, no incluyen los gatos de peluquería y estética del animal de compañía entre sus coberturas. Como mucho, en algunos casos, las compañías facilitan información acerca de este tipo de servicios para mascotas.
Pero, en el mercado de los servicios para mascotas también presentan sus productos otro tipo de entidades, que ofrecen descuentos en una gran cantidad de servicios orientados al cuidado y bienestar de las mascotas, siempre que sean prestados en los centros concertados por la empresa. Servicios que van desde los relacionados con la asistencia veterinaria (consultas veterinarias, pruebas diagnósticas…) hasta los de carácter estético (peluquerías para mascotas).
¿Me cubre el seguro de mascotas si salgo de viaje con ella?
Por norma general, los seguros para mascotas suelen ofrecer sus coberturas a nivel nacional, por lo que si nos encontramos de viaje con nuestra mascota por España, tendremos acceso a los servicios contratados para nuestro animal en los centros concertados por la entidad aseguradora. No obstante, para la cobertura internacional, recomendamos revisar las condiciones particulares de cada póliza.
¿Qué documentación necesito para contratar el seguro de mascotas?
Aunque en última instancia dependerá de cada entidad aseguradora en particular, por norma general, a la hora de contratar un seguro de responsabilidad civil para nuestra mascota (perros y gatos son las preferidas por los españoles), las compañías suelen requerir el DNI del tomador, la cartilla que acredita la titularidad de la misma, así como que se encuentra vacunada conforme a lo establecido por la normativa de cada comunidad, además de que tenga colocado su chip personal de identificación, que en caso de extravío puede ser decisivo a la hora de tratar de localizarlo; además, en el caso de las razas calificadas como potencialmente peligrosas, sus propietarios deberán estar en posesión de la licencia obligatoria que les faculta para ello.
Pero si, además de la responsabilidad civil, se desea añadir la cobertura de asistencia veterinaria, algunas compañías pueden obligar al propietario de la mascota a cumplimentar un cuestionario relacionado con su estado de salud, por ejemplo, con el objetivo de no dar cobertura a enfermedades preexistentes.
¿Hay que pasar un control veterinario antes de hacer el seguro de mascotas?
Normalmente, no es necesario pasar un control veterinario para contratar un seguro de mascotas. Solamente, el titular debe realizar una declaración firmada de que el animal se encuentra en perfecto estado de salud, y que no padezca ninguna secuela o defecto físico que le impida realizar actividades físicas normales por sus propios medios –como correr o saltar–.
¿Tiene alguna carencia el seguro de mascotas?
En lo referente a la cobertura de responsabilidad civil, los seguros para mascotas no contemplan plazos de carencia; es decir, desde el momento de su suscripción, ofrecen cobertura frente a los daños a terceros de los que pueda ser responsable el animal asegurado.
Pero, por el contrario, en el caso de otras garantías como la de asistencia veterinaria como consecuencia de un accidente o una enfermedad, la mayoría de compañías contemplan periodos de carencia para que la mascota tenga acceso a determinados servicios asistenciales, aunque cada vez hay más entidades que contemplan la asistencia veterinaria desde el primer día de contrato.
Del mismo modo, este tipo de pólizas también pueden incluir franquicias para según qué tipo de servicios, circunstancia que sin duda debemos tener en cuenta a la hora de decidirnos por uno u otro seguro.
¿Puedo anular el contrato en caso de muerte del animal?
Al igual que ocurre con el resto de seguros en España, la Ley de Contrato de Seguro establece que para anular una póliza para mascotas el tomador del seguro deberá comunicarlo a la entidad aseguradora por lo menos 30 días antes de la fecha de vencimiento del contrato.
¿Puedo contratar el seguro si mi mascota está enferma?
Al igual que ocurre con el resto de seguros, las compañías que comercializan seguros para mascotas en España establecen una serie de normas o requisitos para acceder a la suscripción de la póliza, que para la mayoría de las entidades aseguradoras suelen ser comunes o similares.
El estado de salud de la mascota es otro factor determinante, ya que las compañías solicitan a su propietario, a través de un formulario, datos acerca del historial y estado de salud del animal. Por lo general, para acceder a la suscripción de la póliza, las entidades aseguradoras suelen exigir que la mascota esté sana.
Pero, en el caso de no estarlo o padecer una enfermedad crónica, hay compañías que permiten la contratación de seguros veterinarios aunque considerando los problemas previos del animal como preexistentes y por lo tanto no cubiertos por la póliza.
Cómo contratar un seguro daños por mascotas en pisos alquiler
Contar con un seguro que cubra los posibles daños que pueda causar nuestra mascota es fundamental. En ese sentido, muchas pólizas de hogar ofrecen garantías para cubrir este tipo de riesgos, tanto para el arrendador como para el inquilino (cobertura de responsabilidad civil para mascotas), con lo que los casos mencionados daños estarían cubiertos.
Además, en las pólizas específicas para mascotas también se ofrece la posibilidad de contar con la cobertura de responsabilidad civil que se haga cargo de los daños provocados a terceros, que en el caso de los perros potencialmente peligrosos se convierte en una obligación a nivel nacional.
¿Puedo dar de baja el seguro de mi mascota en cualquier momento?
Los seguros para mascotas, al igual que ocurre en la mayoría de contratos aseguradores, tienen carácter anual. Se trata de una circunstancia que debemos tener muy en cuenta si estamos pensado en dar de baja el seguro de nuestra mascota, ya que sí que podemos dar de baja la mencionada póliza en cualquier momento (comunicándolo a la compañía por lo menos 30 días antes de la fecha de vencimiento del contrato), pero no tendremos derecho a la devolución de la parte del seguro que no hayamos consumido.
¿Las pólizas de animales se renuevan automáticamente?
Por norma general, al igual que ocurre con la mayoría de contratos de seguro, las pólizas para mascotas se suscriben con carácter anual y se renuevan automáticamente a la fecha de vencimiento del contrato, según se establece en la Ley de Contrato de Seguro.
La normativa también estipula que la mencionada renovación no surtirá efecto si alguna de las partes se opone: el tomador de seguro deberá comunicar tal decisión por escrito (se recomienda un burofax o una carta certificada, en la que se incluya el DNI del tomador y el número de póliza del seguro junto a la decisión de no renovar el contrato) a la entidad aseguradora con al menos 30 días de antelación a la fecha de vencimiento del contrato; mientras que la compañía está obligada a hacerlo como mínimo con 60 días.
¿Puedo desgravar el seguro de mascotas?
A diferencia de lo que ocurre con otros seguros, los de mascotas no se encuentran contemplados por la agencia tributaria española entre los gastos desgravables en la declaración de la renta (IRPF).
¿Qué sucede si no pago una prima?
En el caso de que, una vez contratado un seguro de mascotas, el tomador decida no abonar la primera cuota de la prima, la entidad aseguradora reclamará su pago a la vez que dejará en suspenso las coberturas de la póliza que, por lo tanto, no asistirán a la mascota, aunque también podría resolver el contrato y seguir solicitando al tomador el pago de la prima por vía judicial.
Del mismo modo, si el pago de la prima se efectúa a plazos, en el caso de que el tomador no abone una de las cuotas, la compañía también puede dar por finalizado el contrato y exigir el pago del importe restante judicialmente, ya que la prima es solo una y no pagar una de sus partes es sinónimo de no haberla abonado.
¿Cómo dar de baja el seguro?
Antes de dar de baja el seguro de una mascota conviene que su propietario esté al corriente de una serie de circunstancias. En primer lugar, debe saber que puede dar de baja el seguro de su mascota en cualquier momento. Para ello, tendrá que comunicar por escrito su decisión a la entidad aseguradora con la que tiene suscrito el seguro, según se establece en la Ley de Contrato de Seguro, por lo menos 30 días antes de la fecha de vencimiento de la póliza, puesto que si no se hace así ésta se renovará automáticamente. Al respecto, se recomienda hacerlo mediante un burofax o una carta certificada, en la que se incluya el DNI del tomador y el número de póliza del seguro, junto a la decisión de no renovar el seguro para la mascota.
Del mimo modo, también conviene saber que, al tratarse de seguros de carácter anual, la entidad aseguradora no está obligada a reintegrar al asegurado la parte no consumida en el caso de que el tomador del seguro decida darlo de baja antes del plazo estipulado en la póliza.
Tengo el seguro en otra compañía, ¿puedo cambiarlo?
Pueden ser de diversa índole los motivos que pueden hacer que el propietario de una mascota piense en cambiar su seguro de entidad aseguradora (el precio, las coberturas, la calidad en los servicios prestados…). Lo primero que debe saber es que puede hacerlo, estando recogidos los pasos a seguir para llevarlo a cabo en la Ley de Contrato de Seguro.
A continuación, el propietario de la mascota deberá comunicar por escrito a su compañía la decisión de no renovar el seguro, por lo menos, 30 días antes de la fecha de vencimiento de la póliza, ya que en el caso de no comunicarlo o hacerlo fuera del plazo previsto en la ley, la entidad aseguradora puede reclamar judicialmente el pago del seguro al entender que este se ha renovado de manera automática. Pero si el propietario de la mascota asegurada ha actuado conforme a establecido en la ley, una vez vencido el contrato será libre de asegurar a su mascota en la compañía que desee.
¿Qué es un siniestro producido por una mascota?
En el terreno asegurador, se entiende por siniestro cualquier acontecimiento no intencionado que provoca una serie de daños o consecuencias cubiertas en la póliza de seguro. En el caso de los seguros para mascotas, sus propietarios son responsables de los daños que puedan ocasionar a terceras personas.
Por ejemplo, son numerosos los accidentes de tráfico provocados por perros que se han escapado de sus dueños y vagan por calles y carreteras, por no hablar de las lesiones ocasionadas como consecuencia de los ataques a terceras personas; ambas situaciones, de graves consecuencias económicas, incluso penales, para sus dueños en caso de no tener aseguradas a sus mascotas. Para estar protegidos frente a este tipo de riesgos, tener contratada la garantía de responsabilidad civil es la mejor solución; un seguro de obligada suscripción para perros en Madrid y el País Vasco, así como para perros potencialmente peligrosos en todo el país.
Además, al igual que ocurre con los seguros de asistencia sanitaria, para las entidades que distribuyen seguros de asistencia veterinaria para mascotas las visitas al veterinario, las pruebas diagnósticas, o las intervenciones quirúrgicas, entre otras circunstancias, son consideradas como siniestros por las compañías.
¿Qué hacer en caso de siniestro?
En el caso de que una mascota se encuentre involucrada en un siniestro, en primer lugar, su dueño deberá comprobar, en el caso de que haya terceras personas implicadas en el incidente, si alguien ha sufrido algún tipo de daño físico y necesita asistencia médica, por ejemplo, cuando se trata del ataque de un perro.
A continuación, el propietario del animal tendrá que comunicar todo lo sucedido a la entidad aseguradora, en un plazo máximo de siete días, siendo lo más preciso posible a la hora de ofrecer datos como la fecha del siniestro, el lugar en el que se produjo, la hora, sus causas…
En el caso de que el siniestro pueda dar origen a reclamaciones de responsabilidad civil, el propietario está también obligado a trasladar, en un plazo máximo de 48 horas, a la entidad aseguradora cualquier tipo de notificación judicial o administrativa relativa al siniestro.
¿Cuanto se tarda en cobrar la indemnización en caso de siniestro?
Son varias las garantías asociadas a los seguros para mascotas que, en caso de producirse un siniestro, pueden dar origen a indemnizaciones. Por ejemplo, siempre que estén contempladas en la póliza de seguro, la muerte, el robo o el extravío de una mascota son circunstancias frente a las que las aseguradoras ofrecen una indemnización económica (la cantidad suele fijarse conforme al precio de mercado de un cachorro de la misma raza del animal siniestrado).
Pues bien, al igual que ocurre con el resto de seguros, la Ley de Contrato de Seguro fija que la entidad aseguradora deberá efectuar, “dentro de los cuarenta días a partir de la recepción de la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber, según las circunstancias por él conocidas”.
¿Qué procedimiento seguir si mi mascota muerde a una persona?
En el caso de que una mascota (los perros son los principales responsables) haya atacado y mordido a una persona o a otro animal, el dueño de la mascota debe informar de lo sucedido a las autoridades competentes en la materia. Del mismo modo, si el propietario cuenta con un seguro de responsabilidad civil para el animal (de obligada suscripción para perros en Madrid y el País Vasco, así como para perros potencialmente peligrosos en todo el país), tendrá que informar de los hechos a la compañía, siendo lo más preciso posible, en un plazo máximo de siete días desde la fecha de ocurrencia del incidente.
Además, aunque desde el Centro de Protección Animal no se requiera al dueño, mediante notificación, que se presente con el animal para proceder a su evaluación, éste estará obligado a hacerlo, para lo que dispondrá de 72 horas como máximo. A partir de ese momento, el animal permanecerá en cuarentena catorce días, periodo tras el que se dictaminará, en el caso de los perros, si es potencialmente peligroso o no.
¿Ofrece el seguro atención jurídica si mi animal muerde a una persona?
El número de incidentes que llegan a los tribunales como consecuencia del ataque de una mascota a otra persona aumenta año tras año. Por lo que, para el dueño de un animal de compañía, el hecho de contratar un seguro que incluya la cobertura de defensa jurídica puede ser la solución apropiada para estar protegidos ante este tipo de situaciones –sobre todo, si se trata de una raza de perro de las catalogadas como potencialmente peligrosas–. Garantía, que además de la defensa jurídica propiamente dicha, por lo general, incluye también las fianzas ante denuncias o juicios en los que intervenga el tomador del seguro en calidad de propietario del animal.
Pero, al igual que ocurre con muchas otras garantías, que la defensa jurídica para mascotas esté incluida o no dependerá de cada póliza en particular.
¿Qué documentación necesito para dar parte de un siniestro?
Al igual que sucede en gran parte de los ramos aseguradores, para comunicar un parte de siniestro en un seguro de mascotas, las entidades aseguradoras ponen a disposición de sus clientes varios canales a través de los que poder hacerlo (internet, Apps, teléfono…). Por lo que, una vez elegido el camino para dar parte del siniestro, es fundamental facilitar a la compañía la documentación (DNI) del propietario del animal, así como el número de póliza al que está asociado el seguro. Además, según el tipo de siniestro, la aseguradora puede solicitar a su dueño otros documentos. Por ejemplo, en el caso de solicitar una indemnización debido a la muerte de la mascota, la aseguradora exigirá su certificado de defunción, junto a un informe médico en el que se indiquen las causas.
También, en el caso de que el siniestro haya sido ocasionado como consecuencia del ataque de un perro de los catalogados como potencialmente peligrosos, la compañía solicitará a su dueño la licencia obligatoria para poder estar en posesión de un animal de estas características.
¿A qué número llamar en caso de urgencia?
El propietario de una mascota se encuentra expuesto a verse envuelto en una serie de situaciones que, en algún momento, puedan llegar a necesitar una intervención de urgencia. Por ejemplo, cuando un animal se encuentra enfermo o ha sufrido un accidente, los seguros para mascotas ponen a disposición de su dueño garantías y servicios para revertir la situación.
Entre los mencionados servicios, se encuentran los de asistencia telefónica veterinaria (detallados en las pólizas y accesibles por internet), dirigidos a atender las consultas de los propietarios de las mascotas, así como para orientarles acerca de cómo tratar de poner solución al problema que plantean.
Otro tipo de situaciones que pueden requerir ayuda urgente son las que se generan a raíz del ataque de una mascota a una persona o a otro animal, escenario en el que lo más apropiado será llamar a los servicios de emergencia (112).
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08/01/2024
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29/12/2023
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28/12/2023
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