Mi inquilino no paga el alquiler, ¿qué puedo hacer?

Si tienes una casa en alquiler, y tu inquilino no cumple con el pago de la renta, echa un vistazo para saber qué hacer. Alquiler

Tener un inquilino que no cumple con el pago del alquiler es sin duda un problema para el dueño de la casa y todo un desafío al que se enfrentan muchos propietarios de viviendas. Este escenario afecta tanto a pequeños propietarios como a empresas inmobiliarias y es que la falta de pago puede deberse a razones de lo más variopintas, desde dificultades económicas personales hasta decisiones conscientes de no cumplir con las obligaciones contraídas al alquilar una vivienda. 

En estos casos, tener un seguro de alquiler puede ayudar a las partes, ya que, cuando no se cumple con el pago del arrendamiento, además de afectar al nivel de ingresos esperados por el propietario, puede acabar en conflictos legales si la cosa llega demasiado lejos, ya que de alguna manera habrá que trabajar para llegar a un acuerdo con ese inquilino que no paga el alquiler o dar algunos pasos más allá si la situación no se reconduce. En cualquier caso, no es un plato de gusto para el propietario que pone en alquiler una vivienda esperando recibir unos ingresos que le ayuden a cumplir con el pago de la hipoteca, si la tiene, o que se sumen a los que percibe cada mes con su trabajo, en caso de alquilar una vivienda libre de cargas, que cada treinta días se encuentre con el impago de la renta.

¿Cómo actuar cuando un inquilino no paga el alquiler?

Si te encuentras con un inquilino que no paga el alquiler, hay varios pasos que puedes seguir para intentar resolver la situación. Comunicarse con él de manera amistosa para conocer la razón por la que no te paga cuando debe hacerlo puede abrir una vía por la que ambos lleguéis a un acuerdo que os beneficie a los dos. Puede suceder que haya tenido que enfrentarse a algún problema económico tras sufrir algún siniestro que se hubiera resuelto de forma relativamente rápida en caso de tener un seguro de vivienda para inquilinos… Si esto no funciona, conviene que le recuerdes por escrito que debe satisfacer los importes pendientes, indicando cantidades y fechas de manera clara. Puedes echar mano del contrato de alquiler que hayas firmado con tu inquilino, si en él se establecían los términos de aplicación en caso de que existieran retrasos con el pago del alquiler o directamente no te fuese abonado. 

En caso de que ninguna de estas opciones te conduzca a una solución, busca asesoramiento legal. Un abogado especializado en derecho inmobiliario puede guiarte en el proceso y aconsejarte qué hacer. Quizá buscar los servicios de un mediador ayude a propietario e inquilino a llegar a un acuerdo sin tener que entrar más a fondo en cuestiones legales y si no, tendrás que iniciar un proceso de desahucio.

Recuerda que cada situación es única y es conveniente adaptarte a las circunstancias que envuelven la tuya en particular. Busca ayuda e infórmate acerca de la legislación vigente respecto a los alquileres y desahucios para asegurarte de que estás siguiendo los cauces correctos.

¿Cuánto tiempo debo esperar para actuar?

De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, el impago de simplemente un mes de alquiler te legitimaría para rescindir el contrato con tu inquilino, así que si te encuentras en este caso, tendrás que encontrar un abogado que interponga una demanda de desalojo. Cuando la correspondiente demanda sea admitida a trámite, el inquilino será notificado, tendrá un plazo de diez días para oponerse y contestar a esa demanda, y se le informará de la fecha prevista para su desahucio, que será cuando deba entregar las llaves de la vivienda e irse de ella. 

También podrás reclamarle los meses de alquiler que tenga pendientes hasta la fecha, con sus intereses de demora, aunque debes contar con que tu inquilino no tenga propiedades que se puedan embargar para satisfacer su deuda contigo.
 

Los procesos de desahucio pueden alargarse hasta un año

En nuestro país, conseguir que un inquilino moroso salga de tu casa es un proceso largo. Aunque se necesitan seis meses como mínimo para hacer efectivo el desahucio, lo habitual es que se alargue un mes o dos más, pudiendo incluso llegar al año de espera para recuperar tu vivienda. Todo depende de lo esquivo que sea tu inquilino a la hora de recibir las notificaciones del juzgado y lo que éste tarde en encontrar otras viviendas o lugares donde pueda enviarle esta documentación. Por eso, tener un buen abogado que te asesore es fundamental a la hora de agilizar estos procesos.

Protégete con tu seguro de hogar de El Corte Inglés Seguros

Si aún no tienes un seguro de hogar para propietarios, no esperes más para contratar uno si tienes pisos que quieres alquilar o ya tienes alquilados; aunque no hayas tenido problemas hasta ahora, siempre es mejor prevenir…

Con un seguro como Hogar Arrendador El Corte Inglés tendrás múltiples ventajas, y con la cobertura de protección legal por desahucio y reclamación de rentas, tendrás incluida la reclamación por la vía que corresponda (amistosa, arbitral o judicial) de esas rentas impagadas si tu inquilino no cumple durante, al menos, cuatro meses seguidos, siempre que no tengas intención de iniciar un proceso de desahucio. Eso sí, recuerda que esta garantía presenta una carencia de tres meses y debes como condición indispensable notificar a tu aseguradora la situación en la que te encuentras desde el primer mes de impago. 

Si necesitas pasar a mayores y debes dar un paso más, tienes cubierto el proceso de desahuciar a tu inquilino por falta de pago hasta un máximo de 3000 euros por anualidad, del mismo modo que si hubiera hecho obras en tu casa no autorizadas por ti, como propietario.

Si la cosa se complica y debes llegar a juicio o emprender otras acciones legales, tendrás cubierta la defensa jurídica ilimitada o con un tope de 3.000 euros si prefieres utilizar la opción de la libre elección de abogado, así como las fianzas judiciales por el mismo importe.

Además, dentro de las garantías opcionales que puedes contratar, cuentas con la cobertura de impago de alquileres, por el que se abonarán las rentas impagadas (hasta los límites fijados en la póliza), que también incluye el adelanto del importe de rentas impagadas. 

Por supuesto, contarás con otras coberturas muy útiles como la de actos vandálicos del inquilino, daños estéticos, pérdida de alquileres y muchas más que conseguirán que el hecho de alquilar tu casa no te quite el sueño y estés tranquilo sabiendo que si algo inesperado ocurre, tu seguro puede ayudarte.