¿Desgrava el seguro de hogar?

En este artículo podrás informarte acerca de
Con la llegada de la fecha en la que se abre la campaña de presentación de la declaración de la Renta, que este año ha sido el 7 de abril, todos los contribuyentes nos hacemos la misma pregunta: ¿qué tengo yo contratado que pueda desgravar en mis impuestos? Pues bien, entre las respuestas que podemos nombrar se encuentra nuestro seguro de hogar, pero solo en determinadas condiciones.
Si estás entre aquellos que firmaron su hipoteca antes del 1 de enero de 2013, aún es de aplicación la desgravación por inversión en vivienda habitual, por lo que este artículo es particularmente interesante para tí.
Desgrava, pero no a todos
Así es, los gastos asociados al seguro de hogar pueden presentarse en la declaración de la Renta, pero siempre que se cumplan unas condiciones. La primera de ellas es la que nombrábamos antes; que la hipoteca fuera contratada antes del 1 de enero de 2013, ya que en esa fecha se suprimió la posibilidad de desgravarse la inversión en la vivienda habitual, es decir, la compra de nuestra casa.
Si compramos la casa antes de esa fecha y todavía nos podemos desgravar, entonces debe cumplirse la segunda condición: que la contratación de un seguro de hogar fuese uno de los requisitos para que se nos concediera la hipoteca, o, incluso, que con dicha contratación pudiéramos acceder a la hipoteca en unos términos más favorables que si no lo hubiéramos contratado.
De hecho, en el caso de que además del seguro de hogar completásemos la operación con la contratación de un seguro de vida, y esté asociado a la concesión de la hipoteca, entonces se trata de otro gasto que podemos presentar en el mismo epígrafe de inversión en vivienda habitual.
En el supuestode que la contratación del seguro de hogar fuese una condición optativa, aún así podremos desgravarnos la parte de dicho seguro que resulta obligatoria a todo contrato. Nos referimos a la parte del seguro de hogar destinada a la cobertura contra incendios. En ese caso, la entidad con la que tengamos contratado el seguro podrá emitir un certificado que consigne la parte de la póliza de seguro de hogar que se destina a esta cobertura, para poder incluirla en la declaración.
En caso contrario, si la contratación del seguro de hogar se hizo con la misma entidad que concede la hipoteca y se añadieron cláusulas optativas aparte de la cobertura de incendios, entonces sí que podrán ser incluidas como gasto completo en la declaración.
Desgrava, pero con límites
Además, se debe tener en cuenta la cantidad límite que podemos presentar para desgravar en la declaración de la renta en este apartado de inversión en la vivienda habitual.
Dicha cantidad límite se encuentra en los 9.040 euros de gasto total. Esto quiere decir que si hemos gastado 7.000 euros en nuestra hipoteca el año pasado, aún quedarán 2.040 euros que podremos sumar añadiendo los diferentes gastos asociados. Por ejemplo, 250 euros anuales en seguro de hogar, más 150 euros en concepto de seguro de vida, aplicando el 15% de desgravación ya son 60 euros más que nos podremos ahorrar. Y es que, cuando hablamos de ahorro, todo suma.
Pero si, además, hemos decidido alquilar esa vivienda de la que aún pagamos la hipoteca, es posible que tengamos contratados otros seguros, como el de protección de pagos o impago de alquileres, asociados al alquiler de esta vivienda. El gasto en estos seguros también podremos presentarlo como gasto asociado a la vivienda, por lo que ya podremos ir sumando más cantidades a esta desgravación.
A modo de resumen, podemos indicar que nuestro seguro de hogar desgrava en la declaración de la Renta, siempre que se encuentre asociado a la concesión de la hipoteca, y suscribiésemos dicha hipoteca en una fecha anterior al 1 de enero de 2013.