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Diccionario de seguros

Tercero perjudicado

Hablamos de tercero perjudicado cuando existe una persona ya sea física o jurídica que haya sufrido un daño en sus bienes o en sus derechos o incluso si ha sufrido un perjuicio en sus intereses

Desde el punto de vista de un seguro de Responsabilidad Civil, con el que normalmente contamos dentro del seguro de hogar multirriesgo, no cualquier persona puede tener la consideración de “tercero”; por norma general sólo las personas que no sean aseguradas y que no mantengan con el asegurado una relación de convivencia, parentesco o sociedad.

Se entiende por tercero perjudicado a aquella persona que sin tener relación con el asegurado, se ve afectado a causa de un siniestro sufrido por este

Un ejemplo de tercero perjudicado en el seguro del hogar es aquel vecino que se ha visto afectado por una avería que ha sucedido en nuestra casa, pero ha tenido consecuencias también en la suya. Los gastos ocasionados para la reparación o sustitución de los bienes afectados siempre tendrán que ser cubiertos por la parte culpable, que responderá ante estos hechos con su garantía de Responsabilidad Civil.

Sin embargo, si una de las personas que viven en una casa o que pertenecen a un núcleo familiar estropea debido a un accidente algo que pertenece únicamente a otro conviviente o miembro de la familia, esta cobertura no cubrirá dichos daños. El afectado tiene que ser un tercero para que sea la aseguradora quien costee dicho suceso.

Cualquier acción que sea derivada del contrato de seguro, prescribirá a los dos años desde que suceda en el caso de tratarse de un seguro de daños, y a los cinco años en el caso de que el seguro sea sobre personas.

¿Qué seguros cubren a terceros perjudicados?

Para diferenciar qué seguros cubren los daños que sean causados sobre terceras personas y los que únicamente cubren daños propios es importante comprender sus diferencias.

  • En los seguros de daños propios se brindará la prestación al cliente, al asegurado. Dentro de esta categoría encontraríamos los seguros de daños en el hogar (incendio, robo, daños eléctricos…), seguros de vida, la parte de daños propios en un seguro de coche como pueden ser las lunas o el robo en el caso de un seguro a terceros ampliado, o incluso los daños propios de otro tipo en el caso de tener una cobertura contratada a todo riesgo con o sin franquicia.

En estos seguros la compañía aseguradora indemniza a su propio cliente dentro de los límites y acuerdos establecidos en el contrato.

  • Por el contrario, en los seguros de Responsabilidad Civil, la parte aseguradora se encargará de cubrir en nuestro nombre los desperfectos, daños materiales, lesiones, pérdidas económicas o perjuicios que hayamos ocasionado a un tercero. Estos actos pueden deberse a un accidente, una negligencia o imprudencia del tomador del seguro de Responsabilidad Civil.

Aunque existe la opción de contratar un seguro solo para este fin, normalmente se incluye como cobertura adicional dentro de seguros de hogar, de locales y negocios, de mascotas, etc… 

Dentro de esta categoría, existe un seguro para terceras personas más importante que los demás, uno para cubrir a terceros que es de contratación obligatoria y no opcional.  Se trata del seguro de vehículos de suscripción obligatoria.

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