¿Me indemniza el seguro de la comunidad si sufro una caída?

Seguros

En este artículo podrás informarte acerca de

Si sufres una caída en las zonas comunes de tu edificio o urbanización, debes saber que se considerarán varias circunstancias para decidir quién se responsabiliza de ello. 

Y es que la comunidad de vecinos puede considerarse responsable de una caída en pasillos, portal o escaleras, por ejemplo, si nos atenemos al artículo 1902 del Código Civil, que dice que “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. Si tu caída puede ser atribuible a falta de cuidado o mantenimiento, responsabilidades ambas de la comunidad de propietarios, puedes estar seguro de que eres candidato para recibir una indemnización del seguro de la comunidad.

Es el clásico caso de las escaleras o suelo mojado sin un aviso que así lo indique o si te has tropezado en una zona mal iluminada porque no han repuesto las bombillas.

En cambio, si te caes porque se te tuerce un tobillo, porque tropiezas con un bordillo o con un escalón, no tiene sentido una reclamación a la comunidad porque no ha tenido que ver con ninguna negligencia o dejadez.

En caso de que la comunidad tenga que hacerse cargo, el seguro de responsabilidad civil es el que se encarga de la indemnización del seguro de la comunidad por tu caída, si queda acreditado que la comunidad de propietarios es responsable.

El seguro de comunidad

Este seguro está concebido para compensar los daños que se puedan ocasionar a terceros o a un vecino, siempre que quede debidamente acreditado que la comunidad es responsable del hecho sucedido. Las garantías que dispensan estos seguros de responsabilidad civil están reguladas por la Ley de Propiedad Horizontal.

La responsabilidad civil engloba diferentes tipos de coberturas, dependiendo del objeto a asegurar y los límites o condiciones de cada póliza.

En una comunidad, los más frecuentes son el de RC inmobiliaria para el propietario del edificio que se asegura, que cubren daños a terceros en o por el propio inmueble, como que una teja o canalón caiga sobre un peatón y le cause heridas u otras lesiones. La RC derivada de los daños por aguas es de las más requeridas y utilizadas, y cubre los daños causados por reventones, filtraciones o roturas de tuberías comunitarias. Si una tubería de la comunidad se rompe y esa rotura afecta a tu casa causando daños, tú, propietario, te conviertes en “un tercero” para la comunidad, por lo que el seguro de la comunidad te protege y te repara todo lo estropeado en tu vivienda.

También los garajes cuentan con sus coberturas, recogidas por el seguro de RC para vehículos en garaje. Cualquier incidente que suceda en el garaje comunitario y afecte a un vehículo correctamente aparcado quedará cubierto por este seguro, utilizable en caso de incendios, explosiones, coches rayados y a veces puedes encontrar incluido en la póliza el robo o hurto.

Respecto de los empleados que puedan trabajar en la finca, como el conserje, jardineros, personal de mantenimiento… serán indemnizados en caso de sufrir algún accidente laboral por el seguro de RC patronal. Los trabajadores no tendrán que cubrir ningún tipo de gasto.

Uno poco utilizado es el que cubre a los miembros de la junta rectora de la comunidad, y su cometido no es otro que cubrir los posibles daños que se hagan a la propia comunidad por descuidos en el desempeño de su labor como administradores de la comunidad o porque se incumpla la normativa diseñada por la junta general de propietarios.

Si te ha tocado ser presidente, has de estar bien informado de los seguros que tiene tu comunidad por lo que pueda pasar, que nunca se sabe. Lo mejor es que en junta se decida el tipo de seguridad que queráis tener para la comunidad y una vez elegido, ponerte en contacto con El Corte Inglés Seguros para que un agente te explique las ventajas que ofrece cada póliza de nuestras compañías colaboradoras y podáis tramitar el alta en la que más se adapte a vuestras necesidades como comunidad de propietarios.