¿Qué es un seguro de dependencia?

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Nos encontramos hoy ante uno de los temas que más dificultades puede traer asociadas cuando ocurre, y es la pérdida de la independencia personal y la posibilidad de perder nuestra autonomía para realizar las actividades más normales de nuestra vida. Las dificultades no son sólo físicas, que pueden ser las que provoquen la pérdida de la autonomía, sino también psicológicas, por el estado de depresión en el que las personas dependientes pueden caer. En este sentido, es interesante acudir a la película Intocable, que cuenta la historia entre Philippe, una persona dependiente, y su cuidador Driss, que nos muestra hasta qué punto son necesarios el apoyo emocional y el acompañamiento para lograr devolver la felicidad a esta persona.
Por supuesto, se producen también dificultades económicas, ya que estas personas necesitarán la contratación de una persona que les preste el apoyo del que dependen en cada momento. Para estas situaciones están previstos los seguros de dependencia, íntimamente ligados a los seguros de vida.
¿Qué es la dependencia?
Desde el punto de vista legal, se considera que una persona es dependiente cuando se da una limitación física, psíquica o intelectual por la que la persona es incapaz de realizar las labores cotidianas por sí mismo, y necesita que una tercera persona le asista en estas tareas. Ahondando más en las definiciones, y de acuerdo a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (conocida como Ley De Dependencia), puede dividirse la situación de dependencia en tres grados, que extraemos del texto de la Ley:
- Dependencia moderada. cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal
- Dependencia severa. cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
- Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.
Como vemos, la Ley contempla la pérdida de autonomía de forma total o parcial, y por supuesto, la medida en que se requiere la ayuda de una tercera persona cambia de acuerdo con este grado de dependencia.
El seguro de dependencia
Para protegernos de forma personal ante un accidente o una enfermedad que pudiera llevarnos a sufrir una dependencia en alguno de los dos grados más graves descritos anteriormente, existen los seguros de dependencia. Estos seguros se pueden contratar de manera externa a los seguros de vida, pero es cierto que también existen seguros de vida que contemplan coberturas en el caso de llegar a un estado de dependencia.
El seguro de dependencia contempla varias coberturas, aunque la principal se trata de la percepción de una indemnización cuando, legalmente, se obtiene la declaración del grado de dependencia que se aplique a la persona. Esta indemnización se contempla que se cobre en forma de renta, es decir, en un pago dividido de manera mensual o trimestral, o en forma de capital, recibiendo la cantidad completa. Lo habitual es que se contemple una cantidad para la persona que tiene reconocido el grado dos de dependencia, y que dicha cantidad se duplique directamente cuando se trata de una dependencia de grado tres.
Los seguros de dependencia contemplan también coberturas en forma de prestación de servicios, entre los que se pueden observar la necesidad de contratación de una persona de ayuda a domicilio, el coste de las estancias en centros de residencia o asistenciales, así como servicios de teleasistencia que pueden complementar la ayuda domiciliaria. Otras coberturas adicionales pueden ser la de asistencia familiar, la formación de los cuidadores, o la estancia en el extranjero por un periodo de tiempo no superior a un rango de meses que establezca la póliza contratada.
Debemos saber que el seguro de dependencia no está pensado para su contratación por personas de edad avanzada; de hecho las compañías aseguradoras establecen un límite de edad para poder contratar uno de estos seguros. Asimismo, será necesario que aportemos algunos datos sobre nuestra salud, cumplimentar un formulario médico, e informar de las enfermedades que se han sufrido con anterioridad a la contratación. Por otra parte, nos pedirán también datos de nuestras actividades profesionales o de nuestros hobbies, ya que hay determinados deportes de riesgo que quedan fuera de la cobertura de estos seguros de dependencia.
Si contratamos un seguro de dependencia debemos fijarnos tanto en las exclusiones como en los periodos de carencia. Las compañías aseguradoras suelen contemplar periodos de carencia de un año para las situaciones que no se consideren excepcionales, así como aquellas situaciones que se dan como consecuencia de una enfermedad neuronal, psiquiátrica o mental. Y en cuanto a las exclusiones, es habitual que la práctica de deportes de riesgo se encuentre excluida de estas pólizas, así como las consecuencias que puedan deberse al consumo de alcohol o de drogas.
El seguro de dependencia constituye, en sí mismo, un aporte de tranquilidad, ya que sabremos que estaremos protegidos ante un giro brusco de la vida. En el caso de tener familia, se trata de una tranquilidad aún mayor, ya que evitaremos que nuestros cónyuges o hijos se vean en la necesidad de desembolsar una cantidad importante de dinero si se diese una de las situaciones descritas anteriormente.