Tormentas y granizo, ¿el seguro se hace cargo?
Aunque el otoño de 2017 está siendo un tanto seco y con previsiones de que siga así una temporada, debemos anticiparnos para prevenir las inclemencias con las que el invierno puede sorprendernos. Además, el clima de España se está extremando cada vez más y pasamos en muy poco tiempo de la sequía más absoluta a grandes riadas y tormentas, sobre todo en determinadas zonas.
Algunos de los productos básicos que la mayoría de españoles contratamos tanto para nuestros coches como nuestros hogares y negocios, es un seguro que nos respalde económicamente ante cualquier tipo de inclemencia.
Hoy nos preguntamos por las tormentas de viento y granizo, ¿se hace cargo el seguro de los daños causados por fenómenos naturales de este tipo?
Antes que nada, es conveniente señalar que no todos los seguros son iguales y que, dependiendo de la parte contratante, se incluyen unas coberturas u otras ya que no todas las personas tenemos las mismas necesidades vitales. Tu seguro no tiene porqué ser igual al del vecino, ¡existen muchas variaciones!
En este sentido, cuando hablamos de catástrofes naturales como huracanes e inundaciones e incluso sociales, como el terrorismo, la mayoría de aseguradoras los consideran como riesgos extraordinarios y no asumen los gastos económicos causados. Quien se encarga en este caso es el Consorcio de Compensación de Seguros.
Se trata de un organismo público creado, entre otras cosas, para afrontar y dar apoyo a las aseguradoras ante este tipo de hechos extraordinarios. ¡Mucho ojo! El organismo solo responde si tienes contratado previamente un seguro, aunque solo sea con la Responsabilidad Civil.
Si te encuentras ante una situación de este tipo (esperemos que no) has de revisar en primer lugar tu seguro para ver a quién has de reclamar pero, si lo ves claro, no dudes en hacerlo en consorcioseguros.es, aquí descubrirás toda la información necesaria. Además, es conveniente que recopiles todas las pruebas que puedas para demostrar el suceso (fotos, testigos, bomberos…).